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y argentino de no proliferación
Marcelo F. Valle Fonrouge Instituto de las Naciones Unidas para la Investigación sobre el Desarme Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras mayúsculas y cifras. La mención de una de estas signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.
Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, de parte de la Secretaría de las Naciones Unidas, juicio alguno sobre la condición jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites.
Copyright Naciones Unidas, 2003 Reservados todos los derechos PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS Número de venta: GV.S.03.0.24 ISBN 92-9045-153-X El Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) —organización intergubernamental del sistema de las Naciones Unidas— realiza investigaciones sobre desarme y seguridad. El UNIDIR tiene su sede en Ginebra (Suiza), centro de negociaciones bilaterales y multilaterales sobre el desarme y la no proliferación, y sede de la Conferencia de Desarme. El Instituto estudia cuestiones de actualidad relativas a la variedad de armamentos existentes y futuros, así como a la diplomacia mundial y las tensiones y conflictos localmente arraigados.
Desde 1980, el UNIDIR, en colaboración con los investigadores, diplomáticos, funcionarios gubernamentales, ONG y otras instituciones, actúa como puente entre la comunidad investigadora y los gobiernos. Las actividades del UNIDIR se financian mediante contribuciones de los gobiernos y de fundaciones donantes. El sitio web del Instituto puede encontrarse en su dirección URL: Diseño de la tapa: Diego Oyarzún-Reyes (UNCTAD) Desarme: Conferencia de Desarme . . . . . . . . . . . Armas de destrucción masiva (ADM). . . . . . . . . . . Tecnología o equipamiento de uso dual . . . . . . . . . 10 Medidas de Fomento de Confianza. . . . . . . . . . . 11 Regímenes internacionales . . . . . . . . . . . . . . 14 Regímenes de desarme y no proliferación de ADM . . . . 16 Seguridad regional: Latinoamérica . . . . . . . . . . 21 Seguridad nacional: Argentina . . . . . . . . . . . . 22 Desarme y no proliferación de armas nucleares . . . . . . Reseña histórica de las Armas Nucleares y Medidas de No Proliferación Nuclear . . . . . . . . 25 Antecedentes de la bomba atómica . . . . . . . . . . 25 Origen de las Medidas de No Proliferación Nuclear. . . . 27 Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). . . . . 31 Características principales . . . . . . . . . . . . . 31 Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares. . . . . . 37 Objetivos y características . . . . . . . . . . . . . 38 Garantías negativas de seguridad. . . . . . . . . . . . 50 Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares . . . 53 Organización para el Desarrollo de la Energía Nuclear Zonas libres de armas nucleares . . . . . . . . . . . . 57 Regímenes de control de exportaciones nucleares. . . . . . 58 Grupo de Proveedores Nucleares. . . . . . . . . . . 58 Régimen de control de exportaciones en la Argentina . . . . 63 El Régimen de Control del Decreto 603/92 . . . . . . . 64 No proliferación regional: América Latina . . . . . . . . Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL) . . . . . . . 71 Régimen de no proliferación subregional . . . . . . . . . 73 Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) . . . . . . . 79 Verificación regional: EURATOM y ABACC . . . . . . . . 82 Política exterior Argentina de no proliferación nuclear. . . . 84 Ámbito nacional: política externa Argentina . . . . . . . . 96 Publicaciones recientes del UNIDIR . . . . . . . . . . . . . 133 Existe una desafortunada tendencia, a pesar de natural, de que las preocupaciones, peligros y fracasos, atraigan más atención que las historias de éxito, y así como los trenes que llegan en hora, la confiabilidad del cumplimiento de los compromisos libremente asumidos referidos al control de armamentos, a la no proliferación y al desarme muy a menudo parecen darse por sentado y parecerían no merecer demasiada atención.
En momentos en que el control multilateral de armamentos, la no proliferación y el desarme parecen estar enfrentando desafíos particularmente difíciles, es demasiado simple pasar por alto los sólidos logros que sí existen. A pesar de todas sus imperfecciones, el actual espectro de acuerdos internacionales sobre armamentos y sobre seguridad internacional se deben analizar tomando como referencia la más desoladora de las alternativas: aquella que habla de un mundo que carece de dichos instrumentos y restricciones.
Hoy, año 2003, parece difícil de creer que tan sólo en la década de 1980, la Argentina se encontraba entre las primeras naciones consideradas por expertos gubernamentales y no gubernamentales con ambiciones y capacidades significativas en el ámbito nuclear militar, así como también en el área de los misiles balísticos. Es teniendo en cuenta estos antecedentes históricos que se deben ponderar los efectos de largo alcance y verdaderamente ejemplares del posterior compromiso de la Argentina con la no proliferación, el control de armamentos y el desarme. En particular, las etapas bilaterales iniciales de este compromiso con Brasil a principios de la década de 1990 que continúan siendo fuente de profunda inspiración para un gran número de cuestiones relacionadas con el tema nuclear, principalmente, aunque no exclusivamente, entre India y Pakistán.
El lúcido informe y análisis del Dr. Marcelo F. Valle Fonrouge sobre la amplia gama de regímenes, de los cuales la Argentina es participante comprometida, tanto en el ámbito global como en el regional, sirve como contrapartida ante los argumentos de que estos mismos están perdiendo Por lo tanto estoy muy agradecido al autor por haber ofrecido a UNIDIR la oportunidad de publicar este importante trabajo, cuya lectura recomiendo al Instituto, con la esperanza que resulte una contribución para ilustrar el valor permanente que las bril antes obligaciones autolimitantes y negociadas representan para la seguridad global, especialmente en el ámbito de las armas nucleares.
Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares Armas de Destrucción Masiva Convención sobre la Prohibición de las Armas Convención sobre la Prohibición de las Armas Conferencia de Desarme Comisión Nacional de Energía Atómica Grupo de Proveedores Nucleares Organización para el desarrollo energético de la Península de Corea MERCOSUR Mercado Común del Sur (América del Sur) Medidas de Fomento de la Confianza Organismo Internacional de Energía Atómica Organización de las Naciones Unidas Organización para la Prohibición de las Medidas de Prevención de la carrera de armamentos en el Espacio Comité Preparatorio (v. gr.: Prepcom del Régimen de Control de Transferencias de Tecnología Misilística Tratado de No Proliferación de Armas Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Tratado sobre la Prohibición de la Producción de Material Fisionable para Armas Nucleares Zona Libre de Armas Nucleares El fin de la Guerra Fría llevó a un reordenamiento en diversos planos de la realidad internacional, empezando por la seguridad.
Desvanecido el esquema estratégico bipolar, la humanidad emerge de la angustia del equilibrio de políticas de seguridad basadas en la "Destrucción Mutua Asegurada".
Del enfrentamiento global que lo acosó durante la Guerra Fría, el mundo confrontaría una plétora de nuevas amenazas invertebradas y difícilmente previsibles: los conflictos étnicos comenzaron a estallar en Europa, las tensiones crecientes en Asia septentrional y en la península coreana, las crónicas pérdidas humanas de algunas regiones africanas y el estado de crisis permanente del Oriente Medio. A este cuadro se sumaron las amenazas y el empleo efectivo de armas de destrucción masiva (ADM), como ocurriera durante el conflicto Irán-Irak y en el atentado terrorista con Gas Sarín realizado por la secta Verdad Suprema dentro del subterráneo en Tokio, la producción y ensayos con Armas Nucleares y Misiles en India y Pakistán y la proliferación sin control en Corea del Norte e Irak.
Sea el que fuera el enfoque que demos a la configuración actual del sistema mundial, la posibilidad del uso de ADM (nuclear, química o bacteriológica) por un país o actores no estatales (grupos terroristas) aparece como una fuerza amenazadora que alcanza, indiscriminadamente, a la seguridad de las grandes potencias, de regiones enteras y de los países La realidad histórica del último medio siglo ha demostrado el papel clave que cumple la tecnología cuando un país pretende alcanzar su desarrollo integral, especialmente en el ámbito económico y militar. Esta situación pudo percibirse claramente durante la Guerra Fría, período en el cual los dos megabloques en pugna transformaron la competencia tecnológica en un aspecto central de su relación. En la última etapa de la era soviética, numerosos países comenzaron a ver con creciente preocupación que la dualidad Este-Oeste había enmascarado, al menos parcialmente, la difusión horizontal o geográfica de ADM y el tráfico de sus tecnologías asociadas, situación que generaba mayores niveles de inestabilidad regional e incluso ponía en serio riesgo la Por otro lado, la adquisición de tecnología en el mercado internacional es una necesidad para los países en desarrollo que tienden a impulsar el desarrollo científico-tecnológico doméstico. En tal sentido, se procuran bienes y servicios de los países exportadores de conocimiento y de equipamientos tecnológicos y, para ello, resulta de todo punto de vista conveniente contar con una política de transparencia que responda al requerimiento de ofrecer confianza sobre la finalidad pacífica de emprendimientos científico-tecnológicos que conlleven el empleo de equipamiento de uso dual (vg.: material y tecnología nuclear).
Este trabajo sostiene que la implementación de los regímenes tendientes a la proscripción y no proliferación de ADM y de control de las transferencias de equipamientos de uso dual con el fin de evitar la proliferación de armas nucleares, químicas y biológicas, combinados con medidas de fomento de la confianza y mecanismos de verificación, ofrece una base de sustentación de un contexto de seguridad internacional y, consecuentemente, brinda una posibilidad para la concentración de esfuerzos en el progreso pacífico y seguro basado en el desarrollo tecnológico en áreas que requieren del uso de la energía nuclear, los planes espaciales y los adelantos de la biotecnología.
La política de los países latinoamericanos a favor del desarme y la no proliferación de ADM ha quedado patentizada en una adhesión generalizada al Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP), al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT), al Tratado de Tlatelolco, a la Convención sobre la Prohibición de las Armas Químicas (CWC), a la Declaración de Mendoza de 1991 sobre la proscripción de armas químicas y biológicas, a la Convención sobre la Prohibición de las Armas bacteriológicas y Toxínicas (BWC) así como a otros acuerdos vigentes en la región.
No dudames del papel de vanguardia y liderazgo que caracteriza a Argentina y Brasil en materia del uso pacífico de la energía nuclear en Latinoamérica. Los Acuerdos celebrados entre Argentina y Brasil en este campo, la implementación del Sistema de Contabilidad y Control del material nuclear de ambos países y la creación de la Agencia Brasileño- Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) han sido factores convergentes en favor del proceso de integración "MERCOSUR" y han contribuido a generar un clima de confianza y transparencia proyectable a toda la región.
Este trabajo consignará evidencias de la Argentina de los años 90 comprometida con la autolimitación de cualquier ambición de poseer ADM y con una activa participación en gran variedad de regímenes de desarme, no proliferación y control de armamentos regionales e inter- Este estudio desenvuelve como temática central un análisis de los Regímenes de Desarme y No Proliferación de Armas Nucleares y Control de Exportaciones de material y tecnologías relacionadas.
En el primer capítulo identificamos y describimos los elementos comprendidos en los regímenes en cuestión y los factores que llevaron a su implementación en el ámbito global, regional y nacional para comprender el fenómeno en su máxima expansión.
Si bien el fenómeno bajo estudio es complejo y multivariado, enfatizamos la variable contexto internacional postguerra Fría como fuente de validación central de los Regímenes en cuestión. Los regímenes, empleados como categorías, son descriptos en la segunda parte del trabajo. El estudio de estas unidades de análisis se realiza, tanto en su unidimensión como en sus interrelaciones (acuerdos vinculantes), para identificar modalidades y atributos, sin perder de vista que el fenómeno investigado tiene vocación universal y es de aplicación global, regional y nacional. En tal sentido, hemos operado sobre tres marcos ambientales: uno global, otro referido a Latinoamérica, enfatizando el vínculo Brasil-Argentina en materia nuclear, y un análisis singular respecto del caso argentino.
Los recursos metodológicos se centran en el análisis de los regímenes según diferentes tratamientos y cortes realizados teniendo en cuenta las siguientes categorías conceptuales: globalización, desarme, seguridad, no proliferación, control de exportaciones, verificación e inspecciones in situ, etc., e ítems como equipamiento de uso dual, material sensitivo, sustancia nuclear y material radioactivo.
Las fuentes empleadas han sido, entre otras, los documentos y publicaciones gubernamentales, las publicaciones de Organizaciones No Gubernamentales especializadas, artículos científicos, normas nacionales, tratados, acuerdos, memorándum de entendimiento entre países, declaraciones internacionales y documentos de organismos inter- nacionales. Dichas fuentes han sido articuladas con bibliografía científica presentada en seminarios, congresos, entrevistas con especialistas y autoridades responsables a fin de verificar el estado del arte de los regímenes y su implementación en la Argentina.
Finalmente, este ensayo intenta acercar al lector un manual básico sobre regímenes de desarme, no proliferación de armas nucleares y de control de transferencias de material y equipamiento nuclear.
Este trabajo ha sido realizado con la esperanza de abrir un debate sobre costos y beneficios de los regímenes en cuestión, en función de su contribución al objetivo de reducir las amenazas a la seguridad. Se analiza el modelo de inserción argentino en dichos regímenes a efectos de evaluar si resultó en beneficio de la estabilidad y la seguridad de dicho país y si la situación actual cubre plenamente sus intereses nacionales en esta materia, con la motivación de que la República Argentina no pierda el ritmo histórico y quede reducida al papel de espectador pasivo de tendencias internacionales. En la esperanza de que consolide una participación progresista en la dinámica global que tiene el fenómeno nuclear, tendiendo presente la defensa del interés nacional fundada en una prolongada y fructífera trayectoria en favor del desarrollo nuclear y el papel que le corresponde en el concierto de las naciones y en beneficio de la CAPÍTULO 1
DESARME: CONFERENCIA DE DESARME
Desde la Primera Guerra Mundial el término desarme surgió en la literatura y viene siendo empleado desde entonces. En principio, desarme puede ser descripto como una limitación de la capacidad militar con el propósito de prevenir la guerra y de crear condiciones para el mante- nimiento de la paz internacional.
En términos políticos, el desarme se refiere a las medidas deseadas para la reducción o eliminación de los armamentos, fuerzas armadas y de la capacidad tecnológica e industrial que habilitan el desarrollo de la producción bélica. El desarme puede ser unilateral o multilateral, universal, regional o local. Puede ser completo o parcial y puede ser controlado o sin El desarme, la no proliferación y el control de armamentos son medidas que indiscutiblemente acompañan el proceso hacia la conso- lidación de la estabilidad internacional.
Dentro del esquema institucional que enmarca las negociaciones sobre desarme existe una dimensión multilateral que se ve encarnada fundamentalmente por la Conferencia de Desarme (CD).
La Conferencia de Desarme (CD) es el organismo heredero de una tradición de más de cuarenta años a lo largo de los cuales fue creciendo en cuanto a las temáticas de su agenda y a su cantidad de miembros.
Ambas cosas tienen una explicación clara. La agenda de la CD fue receptando, quizá no siempre de manera ordenada, aquellos temas que la comunidad internacional ha juzgado que debían superar el umbral retórico para ingresar en una negociación efectiva de instrumentos internacionales vinculantes para regular una reducción y eventualmente alcanzar la eliminación definitiva de cierto tipo y sistema de armamentos.
La Agenda de la CD contiene actualmente los siguientes temas susceptibles de negociación: cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear; prevención de la guerra nuclear, incluidas todas las cuestiones conexas; prevención de la carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre; Acuerdos internacionales eficaces que den garantías a los Estados no poseedores de armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de esas armas; nuevos tipos de armas de destrucción en masa y nuevos sistemas de tales armas, armas radiológicas; programa comprensivo de desarme; y Transparencia en materia de La Conferencia de Desarme ha dado pruebas de su capacidad para concluir exitosamente tratados multilaterales jurídicamente vinculantes referidos a las armas de destrucción masiva. Nos referimos a la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de las Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAC) y al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT). Estos acuerdos multilaterales son, con nitidez, claros ejemplos de una labor multilateral efectiva y responsable, en la que todos los Estados se han encontrado implicados desde perspectivas diferentes. Unos porque poseían efectivamente estas armas, otros porque estaban en capacidad de desarrollarlas y producirlas. Por supuesto, muchos más podían adquirirlas y todos, en última instancia, podían ser blancos circunstanciales de un ataque con un Arma Química.
La Conferencia de Desarme es el único foro en los que participan países de Latinoamérica, África, Asia y Oceanía. Así, representantes de todos los continentes y sistemas políticos participan de un intenso proceso negociador fundamental para su propia seguridad y la del conjunto de las naciones. Esta representación geográfica de todos los continentes confiere a la Conferencia una naturaleza única y representa una ventaja — demostrada por la negociación de una prohibición global de las armas químicas y los Ensayos Nucleares— que no ha sido hasta hoy aprovechada adecuadamente. Sin entrar a analizar los motivos de ello resulta evidente que ha habido una renuencia de parte de algunos países a debatir multilateralmente asuntos que, de un modo o de otro, conciernen a todos En la actualidad, por ejemplo, hay una clara mayoría de Estados Partes de la CD que favorece un pronto inicio de negociaciones para concluir una Convención sobre la Prohibición de la Producción de Material Fisionable para Armas Nucleares (conocida por sus siglas en inglés: FMCT o "Cut-Off La comunidad internacional, al menos en lo que al material fisionable se refiere, tiene en la Conferencia de Desarme la herramienta indispensable para atacar el problema con el grado de amplitud y participación que este Existen otros temas que pueblan la agenda permanente y el programa de trabajo anual de la Conferencia y aún otros que la natural evolución del panorama geoestratégico mundial va cargando de significación política y militar y que, tarde o temprano, llegarán a la mesa de la negociación multilateral, no ya como consecuencia de aperturas generosas o reclamaciones airadas, sino porque será la manera efectiva, la manera indispensable, de encararlos.3 El sentido último de estas reflexiones es de reiterar que a nuestro juicio la dimensión multilateral del desarme en la década del 2000 no se desprende de criterios de participación altruista, o de la aplicación de principios de justicia distributiva totalmente fuera de lugar en materia de seguridad internacional. Simplemente parten de la constatación cruda de que existen ciertas amenazas a la paz que sólo desaparecerán, o al menos se verán mitigadas, por la acción conjunta y concertada de todos los actores de la escena internacional. La marginalización, en este caso, equivale a una apuesta muy riesgosa.
Los órganos deliberativos y de negociación de la organización desempeñan funciones insustituibles puesto que facilitan los foros donde los Estados pueden expresar y debatir las preocupaciones que surgen de su interés más elemental: la supervivencia. Las múltiples interacciones que facilitan estos órganos permiten comprender las posiciones de las partes, contribuyendo así a encontrar puntos de coincidencia.
En materia de armas nucleares, las Naciones Unidas, en particular los órganos dedicados a los temas de desarme, deben estar informadas oportuna y apropiadamente del desarrollo de las negociaciones en curso, de los resultados alcanzados y de las medidas adoptadas en el ámbito del Desarme y la No Proliferación Nuclear hasta alcanzar una completa eliminación de los arsenales de armas de destrucción masiva.4 No obstante, cuando las conversaciones bilaterales y las negociaciones multilaterales en materia de desarme se interconectan cada vez más estrechamente, sus límites comienzan a ser difusos y las experiencias en un campo son extrapolables a otro resulta de utilidad para los negociadores que participan en unas tener un mejor conocimiento de lo que sucede en las otras. Esto tiene particular utilidad para los países que no pertenecen a las alianzas militares, cuya adhesión a acuerdos de desarme es considerada a menudo indispensable.
No obstante lo expuesto, si se hace un balance del esfuerzo y el producto de la negociación en el marco de la CD en los últimos tiempos el resultado no es satisfactorio. Con frecuencia los debates desembocaron en posiciones contrapuestas o se demoraron en discusiones sobre detalles.
Dada la indispensable voluntad política requerida para encontrar las soluciones a los problemas pendientes de toda negociación.
La Conferencia de Desarme no puede permanecer al margen de los progresos registrados en la política internacional en los últimos años como si fuese un cuerpo que rota en el vacío sin tomar contacto con lo que sucede en la Tierra y que se limita a encomiar la mejoría en la atmósfera internacional. Debe participar en este proceso fortaleciéndolo y realimentándolo como un actor dinámico de estos tiempos. Para ello debe evitar las estériles discusiones procesales o de detalle abocándose a la sustancia de los temas. También se requiere una intervención más activa por parte de todos los miembros de la Conferencia así como de los Estados no miembros.
CONTROL DE ARMAMENTOS
El término, oriundo de los Estados Unidos en la década de 1950, apuntaba a medidas para contener las guerras que podrían ser causadas por accidente, error de cálculo o por ataque sorpresa.
El control de armas procura limitar la cantidad o tipo de armamento y de Fuerzas armadas estableciendo techos numéricos, reducciones a la capacidad de destrucción de la guerra y fijando límites al potencial destructivo de los armamentos en tiempo de paz debido a los conceptos de guerra por accidente, error de cálculo y ataque sorpresa.
En el sistema de las Naciones Unidas el concepto de control de armas es visto como una subcategoría del concepto de desarme. Fuera de dicho sistema se argumenta que si bien hay áreas compartidas entre los dos conceptos, ninguno de estos abarca al otro. Puede decirse que habría desarme que no está controlado y control de armamento que no involucra En tal sentido, la declaración y la contabilidad del material fisionable almacenado para la producción de armas nucleares, el fortalecimiento del sistema de salvaguardias del OIEA, el establecimiento de nuevas zonas libres de armas nucleares, la consolidación de las existentes, el fomento de vínculos entre ellas y avances en materia de garantías negativas de seguridad, son algunos de los elementos que constituyen un programa que establecerá normas de comportamiento, obligaciones legales y mecanismos de control internacionales que servirán como el marco esencial para el control internacional de las armas nucleares.
ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA (ADM)
Normalmente este tema se refiere al armamento nuclear, químico y biológico y a los misiles que los transportan. La Resolución de las Naciones Unidas 32/84B, del 12.12.1977, reafirmó la definición de las armas de destrucción masiva adoptada el 12.08.1948 por la Comisión de Armamento Convencional de las Naciones Unidas, la cual las definió como armas explosivas atómicas, armas de material radioactivo, armas letales, químicas o biológicas o cualquier arma que se desarrollara en el futuro que posea las características comparables en los efectos de destrucción a las bombas atómicas o las armas El 31 de enero de 1992, el Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas hizo un histórico pronunciamiento en el que reconoció el carácter de amenaza a la paz y la seguridad internacionales que reviste la proliferación de las armas de destrucción masiva. Desde entonces se ha reforzado la determinación de la comunidad internacional respecto de la lucha contra la proliferación de este tipo de armamentos.
Sin embargo, el arma nuclear existe y es poseída por un reducido número de países frente a una inmensa mayoría desarmada. Las armas de destrucción masiva son los principales enemigos del siglo XXI porque de su prohibición y control internacionales dependerá como nunca la continuación de la vida civilizada en el planeta. Estas armas emergen como uno de los mayores problemas estratégicos de la comunidad internacional, alcanzando, indiscriminadamente, la seguridad de las grandes potencias, de regiones y de los países periféricos que verán obstaculizada su capacidad de dedicar todos los medios con que cuenten a las tareas vinculadas con el desarrollo y el crecimiento.
A partir de estas percepciones se adoptaron una serie de instrumentos nacionales e internacionales de desarme, no proliferación y control de las transferencias de precursores de ADM y material de uso dual que intentaron responder vigorosamente a la proliferación de las ADM con mecanismos cuya eficacia analizamos en el presente trabajo.
El término No Proliferación se refiere a la restricción sobre la transferencia de armas, su tecnología, equipamientos y material para producirlas por aquellos Estados que están fabricando tales armas, equipamiento o posean la tecnología para tal fin.
TECNOLOGÍA O EQUIPAMIENTO DE USO DUAL
Este término, en la terminología del ámbito del desarme, se refiere a las tecnologías o equipamientos que tienen un empleo militar o no militar.
Tales tecnologías y equipamientos son frecuentemente sujetos a control de transferencia, debido a razones económicas y militares de no proliferación. En el caso de tecnología y equipamientos de uso dual relacionados con la producción o adquisición de armas de destrucción masiva, la no proliferación y el control de las transferencias de dichos elementos son frecuentemente tratados dentro de un contexto multilateral. En general dichos mecanismos de control son gestados por los Estados que son los principales proveedores de tales tecnologías y equipamientos.
La Argentina es miembro de los regímenes más importantes de control de transferencias de tecnologías duales, a saber: el Grupo de Países Proveedores Nucleares (GPPN) o "club de Londres", direccionado a los componentes y tecnologías afines a las armas nucleares; el Régimen de Control de Tecnología Misilística (MTCR), sobre tecnología misilística; el Grupo Australia, que cubre los precursores de armas químicas y biológicas, y el régimen de Wassenaar, orientado a la transferencia de bienes y tecnologías de uso militar convencional y de uso dual para armas de MEDIDAS DE FOMENTO DE CONFIANZA
Este término fue al principio empleado por Eisenhower en los años cincuenta y ha sido motivo de extensas interacciones diplomáticas, particularmente desde los años setenta.
Se refiere a una noción de que las medidas de desarme y de control de armas pueden ser eficazmente implementadas solamente si cada participante de tal medida está convencido de que los otros involucrados estén cumpliendo sus obligaciones previstas en el acuerdo. Este proceso engloba algunas formas de verificación del acatamiento en cuestión, generalmente por medio de declaraciones e inspecciones.
El concepto de Medidas de Fomento de la Confianza nace en el contexto político y militar europeo durante el periodo 1973-1990. Se ideó como un mecanismo para reducir los elementos de temor, desconfianza y especulación entre los Estados divididos por la Guerra Fría, a fin de alcanzar una evaluación recíproca más clara y fidedigna con seguridad y evitar así las malas interpretaciones que pudieran provocar un conflicto.
La primera generación de Medidas de Fomento de la Confianza fue acordada en el Acta Final de la Conferencia de Helsinki en 1975. Las medidas que aquí se adoptaron fueron la notificación mutua de maniobras militares que excedieran 21.000 hombres con 21 días de anticipación. Los Estados fueron incentivados pero no obligados a invitar observadores militares a tales maniobras.5 El principal problema de las Medidas de Fomento de la Confianza de primera generación era justamente la falta de capacidad de verificación del cumplimiento de los acuerdos. En las medidas de segunda generación se amplió el campo de notificación de maniobras militares incluyendo la obligación de informar la realización de maniobras a realizarse en el año siguiente y de notificar con dos años de anticipación cualquier actividad que envolviera a más de Pero lo más significativo fue la regulación de la verificación. La invitación de observadores militares de la otra parte a dichas maniobras se hizo obligatoria en ciertos casos. Cada Estado participante tenía derecho a conducir una inspección en el territorio de otro Estado participante cuando tuviera dudas sobre el cumplimiento de la Medidas de Fomento de la Confianza acordadas. El punto más importante fue que no se reconoció el derecho de los Estados a negarse a estas inspecciones.6 La siguiente fase de discusión sobre Medidas de Fomento de la Confianza tuvo lugar en Viena, comenzando en marzo de 1989 y finalizando en noviembre de 1990. En esta reunión el cuerpo central del documento de Estocolmo tuvo solo variaciones leves. La diferencia destacable fue en los mecanismos de cumplimiento y verificación, aspecto que se amplió, especialmente respecto a la evaluación del cumplimiento.
Mucho se ha discutido sobre las razones del éxito de las Medidas de Fomento de la Confianza en Europa. Resulta claro que su implementación no hubiera sido posible sin la inclusión de medidas de verificación y que la naturaleza de las relaciones hace imposible generar la confianza por decreto o asegurar el retiro instantáneo de sospechas que se han acumulado por muchos años. Por esta razón, conforme se hagan progresos hacia una reducción y eliminación de cierta clase de armamento y una limitación del potencial militar a un nivel de suficiencia razonable, la verificación evolucionará para ser el factor más importante en el logro de la Respecto de las Medidas de Fomento de la Confianza exitosas fuera de Europa, la verificación ha sido un punto central para su implementación. El caso del Sinaí es una mezcla de Medidas de Fomento de la Confianza con sistemas de verificación. El objeto era asegurar la transferencia ordenada de la Península del Sinaí de manos israelíes a manos egipcias. Por ejemplo, el sistema altamente sofisticado de verificación fue diseñado no sólo para proveer alerta temprana de un posible ataque por sorpresa, lo que constituye un objetivo de las Medidas de Fomento de la Confianza así como también de fuerzas para fortalecer el proceso de paz entre las partes.7 A la experiencia del Sinaí se puede añadir la experiencia de Centro- américa Contadora/Arias/Esquipulas. En ella la verificación jugó también un papel central para el funcionamiento de las Medidas de Fomento de la Confianza. Aquí un contingente de una tercera parte neutra verificaba que las condiciones de un tratado de paz se estuvieran cumpliendo.
En Latinoamérica y en el marco de la OEA se ha realizado desde 1991 un profundo proceso de reflexión sobre la seguridad regional que dio frutos en las Medidas de Fomento de la Confianza adoptadas en la conferencia de Santiago de Chile de 1995 y de San Salvador en 1998.
En el Cono Sur ocupa un lugar sustantivo el Acuerdo para el Uso Exclusivamente Pacífico de la Energía Nuclear (1991), llamado "Acuerdo de Guadalajara", por el cual Brasil y Argentina deciden abrir las instalaciones nucleares de los firmantes a inspecciones de verificación de la otra parte.
Con dicho propósito se creó la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) y se institucionalizó un Sistema Común de Contabilidad Y Control (SCCC). Ese mismo año se firmó un acuerdo de salvaguardias amplias entre Brasil, la Argentina, la ABACC y la OIEA, ratificado en 1992 y que abrió dichas instalaciones a las inspecciones de ABACC y de OIEA. La adopción de dichas medidas por los dos países de mayor desarrol o tecnológico nuclear de Latinoamérica ha contribuido substantivamente a la estabilidad regional y ha sido un factor favorable para el proceso de integración del MERCOSUR y ha recibido el reconocimiento de la comunidad internacional como un modelo útil de medidas de confianza mutua que eventualmente podría ser aplicado en otras regiones.8 En el contexto del presente trabajo entendemos por Regímenes internacionales el conjunto de reglas explícitas consensuadas por los gobiernos que afectan temas específicos de las relaciones internacionales y sirven de guía de comportamiento de los Estados y actores internacionales.9 Pope Atkins define el régimen como un conjunto de reglas y procedimientos aceptados mutuamente por los actores internacionales con la finalidad de tratar problemas de interés mutuo en ausencia de una autoridad superior. Estos regímenes pueden dar origen y, eventualmente, sustentar la formación de foros informales donde los Estados cuentan con un ámbito de negociación sin un estatuto formal y estático con el fin de alcanzar propósitos y objetivos comunes.
Keohane y Stein estiman que el cálculo racional de sus intereses lleva a los actores, jurídicamente iguales, a abandonar las decisiones independientes para coordinar sus comportamientos a través de los regímenes con el objetivo de alcanzar resultados deseados sobre temas específicos. En tal sentido, los regímenes resultarían valiosos para los gobiernos cuando, en su ausencia, fuera imposible consumar ciertos acuerdos mutuamente beneficiosos. A su vez, Keohane sostiene que los regímenes internacionales tienen la utilidad de facilitar la comunicación entre actores internacionales, pues siendo más accesible el intercambio de información, generan marcos de trabajo entre ellos (frameworks) y reducen costos operativos. Y concluye afirmando que el estudio de los regímenes internacionales nos acerca a entender el orden en la política mundial.
Los actores son los Estados que sufren de fragmentación del poder del Estado-Nación que debilita las posiciones autónomas y promueve acciones de coordinación para resolver cuestiones que pueden afectar fronteras comunes y superar autonomías estatales. Son los Estados que bajo ciertas condiciones, caracterizadas por la falta de procesos decisorios individuales que aseguren resultados deseados, generan un régimen como marco (framework) dentro del cual se establecen reglas, procedimientos y responsabilidades, se brinda información y se reducen costos de las transacciones (v. gr.: costos de una organización, laboratorios y compra de equipamientos sofisticados para las inspecciones en los regímenes de control nuclear, químico o biológico, etc.).10 La participación de actores hegemónicos garantiza la provisión de recursos para la propia existencia de los regímenes, los que a su vez aportan incentivos por medio de la asistencia y la cooperación entre sus miembros y, eventualmente, implementan sanciones sobre la conducta de otros Las variables causales o razones básicas que podrían llevar a la creación o a la aceptación de un régimen tienen muchas respuestas: el poder, la coerción, el interés propio y beneficios recíprocos, la existencia de un sentido de comunidad, la legitimidad del propio proceso de creación de reglas o la persuasión moral que se deriva de un sentido compartido de justicia. Finalmente, los usos, las costumbres internacionales contribuyen al desarrollo de los regímenes internacionales.11 Los beneficios funcionales de los regímenes derivan por su efecto en la superación del problema de la confianza, reducen la incertidumbre, facilitan la comunicación, propician el conocimiento y el aprendizaje y transmiten el conocimiento y la información. Sin negar la importancia de los beneficios funcionales y del proceso de aprendizaje, las sanciones continúan desempeñando un papel primordial para el acatamiento de los regímenes en cuestión: el premio es recibir tecnología y asistencia técnica en el marco de la Convención sobre la Prohibición de las Armas Químicas y el castigo es no ser recipiendario del comercio de determinados precursores químicos por no ser Estado parte de dicha Convención o incluso ser pasible de sanciones comerciales, como en el caso del régimen del ozono.
Los Estados débiles que se incorporan al régimen se benefician con la cuota de prestigio de pertenencia a una comunidad legal que les ofrece reciprocidad, socialización internacional y refuerza su afirmación como Estados responsables en el concierto de las naciones. A los Estados con recursos limitados les otorga la posibilidad de influenciar comportamientos de otros Estados partes del régimen de conformidad con los principios, normas, reglas y procedimientos de cada régimen en particular.
Por último, cabe señalar que los Estados no miembros también resultan afectados dado que decisiones adoptadas en el marco de los regímenes producen efectos en temas y espacios que cubren áreas regionales y globales. Regímenes de desarme y no proliferación de ADM
Los regímenes existentes aplicables a los distintos campos (nuclear, químico, biológico, misilístico y convencional) son un primer eslabón en la no proliferación de armamentos y sus medios de transporte.
En este sentido es posible clasificarlos en: Regímenes Internacionales: comprende los acuerdos de alcance
universal, tales como el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP), la Convención de Armas Químicas (CAC) y la Convención de Armas Biológicas (CAB).
Regímenes Multilaterales: comprende los regímenes informales para
el control de exportaciones sensitivas e intercambio de información sobre la evolución de la proliferación internacional. Dentro de este marco encontramos al Grupo Australia, MTCR (Régimen de Control de Tecnologías Misilísticas), Grupo de Proveedores Nucleares ("Nuclear Suppliers Group") y el Acuerdo Wassenaar.
Estos regímenes de No Proliferación son particularmente contro- vertidos cuando sus actividades recaen en tecnologías, equipos o materiales Hay países del Grupo de los No Alineados que cuestionan estos regímenes porque estiman que las restricciones y medidas de control que estos adoptan no contribuyen a una reducción de la amenaza de las armas de destrucción masiva sino que concentran tales armamentos en las manos de unos pocos.
Los poseedores de estos materiales, equipamientos y tecnologías de uso dual afirman que las medidas de no proliferación no crean un tener y un no tener sino que reconocen una realidad inherente que refleja el hecho de que limitando la proliferación de armas de destrucción masiva, ellos contribuyen a la paz y estabilidad del sistema internacional.
Regímenes Regionales: son circunscriptos a áreas geográficas
definidas. La creación de Zonas Libres de Armas Nucleares (Tlatelolco, Rarotonga, Pelindaba, entre otros), como los acuerdos alcanzados por Brasil y Argentina en materia de usos pacíficos de material nuclear a principio de los 90, son considerados instrumentos idóneos para desalentar la proliferación e inicio de carreras armamentistas pues incrementan la transparencia y generan condiciones de confianza entre las partes.
Regímenes Nacionales: se refieren a autorestricciones impuestas
internamente por el Estado en materia de desarrollo y transferencia de tecnología sensitiva. Por ejemplo: el Régimen de Control Nacional de Exportaciones de material bélico y de uso dual establecido por el Decreto 603 y la creación de la Autoridad Nacional de Aplicación de la Convención sobre la Prohibición de las Armas Químicas (Decreto 920).
La adhesión a tratados, convenciones y regímenes internacionales de Desarme y No proliferación de ADM; las medidas de implementación nacional que se adopten en función de los mismos, junto con las restricciones al control de exportaciones sumado a la existencia de una estructura jurídico-institucional idónea, y el funcionamiento eficaz de dichos mecanismos de control reflejan la voluntad política y la capacidad concreta de los países para sumarse a los esfuerzos de la Comunidad Internacional en la lucha contra el flagelo de la difusión de Armas QBN (químicas, biológicas y nucleares).
El desarme, la no proliferación y el control de armamentos son elementos centrales de la Agenda para la Paz. Los objetivos sobre Desarme de la Comunidad Internacional están fijados en las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Los esfuerzos multilaterales en esta esfera constituyen un desafío mayor a enfrentar en el fin de la guerra El final del siglo XX ha sido testigo de profundas sacudidas en las relaciones internacionales: el final de la guerra fría y del mundo bipolar, la revolución de las comunicaciones globales, el incremento de la globalización, el crecimiento de conflictos interestatales, el surgimiento de la "intervención humanitaria" y la erosión del sistema westfaliano de Los cambios en la distribución del poder y las reglas de juego de un mundo bipolar hacia un unipolarismo global, relacionada con la caída del muro de Berlín, modificaron las concepciones de seguridad de las grandes En 1989, cuando el comunismo soviético se derrumbó, el Occidente salió con la victoria de la Guerra Fría y los Estados Unidos, con su capacidad militar inigualada, emergieron como el gran árbitro de la seguridad en cada región estratégica.12 Bajo el concepto de Seguridad como la entienden las Naciones Unidas, es decir, una condición exenta de peligros, presión o coerción al desarrollo de los pueblos, la Organización instó a los Estados a desarrol ar una agenda con objetivos precisos, tales como una drástica reducción de los presupuestos militares y, concomitantemente, un avance de las iniciativas de desarme, de control de armamentos y de no proliferación de las armas de destrucción masiva.13 El Secretario General de las Naciones Unidas preparó su "Agenda para la Paz", por la cual la Organización asumiría plenamente el capítulo VII de la Carta y hasta la constitución del Comité de Estado Mayor, pese a la oposición tradicional de los Estados Unidos a esa estructura prevista en la Carta. Se comenzaron a desarrollar actividades denominadas "Peace Enforcement" (imposición de la paz), lo que implica el uso de la fuerza en el marco del capítulo VII de la Carta. La operación de las Naciones Unidas en Somalia constituye un ejemplo de estas operaciones que combinan aspectos del capítulo VI con los del capítulo VII de la Carta.
Sin embargo, la arena internacional trajo una serie cruenta de desastres: Yugoslavia, Chechenia, Albania y Argelia y ya el esquema no parece tan grato ni ordenado. Luego el programa nuclear de Corea del Norte trajo a la primera plana de los medios de prensa las dificultades para asegurar la no proliferación de las armas de destrucción masiva e instaló en la agenda de los regímenes de desarme y no proliferación la evaluación de la efectividad de los mecanismos de verificación que aseguran el cumplimiento de la política de no proliferación, como también quedó reflejado en el caso de Irak.
A estos ecos se sumó el atentado terrorista en el metropolitano de Tokio perpetrado con Gas Sarín por la secta religiosa nipona Verdad Suprema, que instaló en la agenda internacional cuestiones relativas a la prevención y la defensa ante actos terroristas efectuados con ADM. Y a este hubo que sumar los trágicos acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York y los actos terroristas en Bali de septiembre del 2002 y octubre del 2002 en Moscú.14 En síntesis, el presupuesto básico para el análisis de los temas de seguridad internacional debe tomar en cuenta que el mecanismo de seguridad previsto en la Carta de las NU ha tenido aplicaciones parciales — en coaliciones Ad Hoc como el Golfo-Irak — y disímiles experiencias en fuerzas de paz; por lo tanto, la posibilidad de conflictos internacionales continúa. Esta posibilidad, sumada a los riesgos emergentes de la proliferación de ADM, y, consecuentemente, la amenaza de empleo de ADM en conflictos bélicos o atentados terroristas hacen imprescindible otorgar preeminencia a los temas de seguridad con el ingrediente de la Es decir que, a diferencia de las amenazas tradicionales a la seguridad, que eran esencialmente militares, estas nuevas amenazas son de distinta naturaleza y tienen diferente alcance según sea el país o la región que se La proliferación de ADM, el contrabando de material de uso dual, la procura y eventual empleo de ADM por grupos terroristas, el transporte de material nuclear, la destrucción de arsenales de armas de destrucción masiva, las transferencias de precursores de armas químicas y biológicas, de material y equipamiento de uso dual, producen consecuencias sobre el concepto tradicional de Estado-Nación y constituyen innegables situaciones de riesgo que, en ciertos casos, afectan la seguridad e inclusive la subsistencia de los Estados. La vulnerabilidad mutua, que solía estar confinada a las potencias nucleares, se extiende a los Estados modernos intermedios que en gran medida abandonan sus obsesiones en materia de soberanía absoluta. La proliferación de las Armas de Destrucción Masiva (ADM) ha expandido el problema estratégico que representa para todos los actores de la Los Estados han dejado de ser autosuficientes en cuanto a su propia seguridad, su vulnerabilidad afecta sus relaciones con otros actores internacionales y los ha puesto en alerta sobre la necesidad de reforzar las normas de aplicación de dichos regímenes, las medidas de control de las transferencias en cuestión y la adopción de mecanismos más intrusivos de verificación del acatamiento de los compromisos asumidos en materia de desarme y no proliferación de ADM, que lejos de ser percibidos como un medio de injerencia en los asuntos internos de un Estado, se analizan en el contexto más amplio del fomento a la confianza y la transparencia en el plano de las relaciones internacionales de un mundo globalizado que exige de los Estados-Naciones comportamientos basados en un enfoque interdependiente que propicie la cooperación, la confianza mutua y la transparencia por sobre la confrontación, la desconfianza y el armamentismo. La verificación es reconocida como un ingrediente que fortalece la soberanía al incrementar la seguridad.
De acuerdo a este marco, el papel del desarme se vincula con las medidas de prevención y protección en materia de seguridad — instrumentos propios de la diplomacia preventiva— integradas por consultas regulares sobre seguridad y defensa, cooperación en la aplicación de mecanismos operativos, transparencia y fortalecimiento de las medidas de confianza mutua que hacen previsible el accionar de los otros países disminuyendo las posibilidades de confrontación y potenciando las de Los Estados articulan nuevas modalidades para operar dentro de un esquema internacional que requiere de la participación mutua: se imponen límites al poder y se da vía libre a las inspecciones más escrupulosas para asegurarse de que sean respetados los límites propios y compartidos. En otras palabras, la distinción entre asuntos internos y externos se diluye en aras de la confianza mutua, producto de una franqueza compartida. La franqueza lo es todo, porque con la franqueza sobreviene la confianza. Sobre dicha base ha sido posible dar grandes pasos en el ámbito del desarme y el control de armamentos: se puso fin a la carrera nuclear entre las dos superpotencias; entró en vigor la Convención sobre la Prohibición de las Armas Químicas, que vedó una categoría de Arma de Destrucción Masiva, y se acordó extender indefinidamente el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP). También, como resultado del esfuerzo de la Comunidad Internacional en favor del fortalecimiento de los regímenes de desarme y no proliferación de armas de destrucción masiva, se acordaron el Protocolo Adicional sobre Salvaguardias de la OIEA, el Grupo de Proveedores Nucleares, el Régimen de Control de tecnologías Misilísticas (MTCR), la Convención sobre la Prohibición de las Armas Biológicas (BWC), el Grupo Australia, la expansión del desarme regional, los mecanismos de control como las Zonas Libres de Armas Nucleares (ZLAN) y el Código de Conducta Internacional contra la Proliferación misilística Sin embargo, no debemos perder de vista que esta tendencia hacia la eliminación gradual de las armas nucleares no resultaría armoniosa si no se integran los actores regionales con desarrol os nucleares relevantes en este proceso de aumento de la seguridad a escala mundial. Al renunciar a la opción nuclear o al dar garantías inequívocas de que esa capacidad es utilizada exclusivamente con fines pacíficos, Sudáfrica y Ucrania en el primer supuesto y la Argentina y Brasil en el segundo promovieron la causa general del desarme ya que para los Estados poseedores de armas nucleares sería cada vez más difícil conservar sus arsenales en ausencia de amenazas reales de proliferación.
Seguridad regional: Latinoamérica
Desde la remodelación del orden internacional diseñado por EE.UU.
y la Unión Soviética durante los años de postguerra, América Latina fue una región que se colocó bajo la esfera de influencia norteamericana.16 Frente a los desafíos externos que se derivan de una nueva situación de seguridad postguerra Fría, el continente americano inicia un proceso de reflexión ante la comprobación de que un nuevo sistema de seguridad global se hal a en pleno proceso de elaboración y que resulta necesario reformular las relaciones de seguridad en la región y establecer un nuevo sistema de seguridad hemisférico.17 La intensificación de los procesos de integración abrió espacios de cooperación, acentuando la interdependencia entre los Estados de la región a través de procesos integracionistas, dados en parte a la relativa estabilidad política; como ejemplos podemos citar el MERCOSUR, ALADI, CARICOM, NAFTA, ALCA. Mientras subsisten, paralelamente, casos de extrema violencia y pobreza (Perú), países que se debaten entre la droga y la corrupción v/s el desarrol o (Colombia) o casos como el de Venezuela, que enfrenta un creciente deterioro institucional.
En el campo de las armas de destrucción masiva, cada uno de estos pasos no fue dado sin vencer alguna resistencia, más fuerte o más débil, de ciertos sectores militares. Así sucedió con los "planes nucleares paralelos" de las fuerzas armadas brasileñas y el desmantelamiento del Proyecto misilístico Cóndor II de las Fuerzas Armadas Argentinas. En tal sentido, merece ser destacado que los gobiernos democráticos del Cono Sur han dado pasos sustanciales en este largo proceso de desmontar aparatos y concepciones que fueron creados en otro momento histórico.
La cooperación, iniciada por la Argentina y Brasil, fue ampliándose al marco regional, abarcando poco a poco a todos los países integrantes del MERCOSUR y percibiéndose una tendencia a buscar soluciones regionales para la seguridad regional.18 Seguridad nacional: Argentina
La Argentina tiene una tradicional política de defensa nacional fundada en un concepto de disuasión de carácter defensivo estructurada en un sistema de seguridad sustentado en tres niveles. El primero corresponde al Estado, el segundo tiene como marco a la región y el tercero a la seguridad global. En el primer nivel requiere de la defensa, o sea, la preservación de los intereses nacionales frente a perturbaciones que puedan impedir el camino hacia el desarrollo. Consecuentemente, la Argentina produjo una serie de actos de política y legislación interna en esa dirección, promovió fuertemente en lo externo el diálogo bilateral y multilateral en materia de paz y seguridad y adhirió a numerosos mecanismos de control internacional En el plano regional, la Argentina trabaja en dirección al establecimiento de un sistema de seguridad cooperativa, con énfasis en la prevención de los conflictos, el equilibrio, el abandono de cualquier carrera de armamentos y la transparencia. Si bien no se posee una definición común sobre la seguridad entre los diversos actores de la región y existen acercamientos y ritmos distintos al tema en el Cono Sur y las Américas, la perspectiva común, enfatizada por la Argentina, es impulsar políticas asociativas y de cooperación.
Estas medidas coinciden con el deseo de contribuir al desarrollo de una nueva arquitectura de seguridad internacional. Esta actitud obedece a una clara percepción de que es en el mejor interés del país el funcionamiento de un sistema internacional estable, en el que la paz y la seguridad no se vean amenazadas.
El tercer nivel es el sistema de seguridad global, que tiene como referencia a la ONU. En este nivel, la Argentina busca contribuir a la seguridad a través de un activo apoyo a las Naciones Unidas. Es así que sobre el particular ofrece un fuerte respaldo al Consejo de Seguridad por considerar que su eficacia constituye el marco dentro del cual sus intereses nacionales pueden alcanzar su pleno desarrollo y expansión a la vez que resulta esencial para la estabilidad del orden internacional en un sistema Sobre esta base la Argentina ha asumido responsabilidades en este esquema, aumentando su participación en las operaciones de paz y participado en coaliciones que llevaron a resolver crisis internacionales, como las del Golfo o Haití, en tareas de ayuda humanitaria —Cascos Blancos— y en el Kosovo.20 En los tres círculos señalados, la seguridad, hoy, significa crear mecanismos de confianza mutua que hagan previsible el accionar de los otros países disminuyendo las posibilidades de confrontación y potenciando las de cooperación. En suma, el énfasis de la Argentina en los temas de seguridad global, hemisférica y regional apunta a la prevención.
En los 90, el modelo de inserción argentino en el escenario internacional fue realizado basándose en el desafío de constituirse —al mismo tiempo— en económicamente competitivo y políticamente confiable a través del compromiso de la paz y su contribución al fortalecimiento de la seguridad internacional, la promoción de la integración regional y la liberalización del comercio internacional. Sobre esta base se trazaron los objetivos de contribuir al crecimiento económico y social del país, proyectando al exterior una imagen de previsibilidad y Esta dirección exigió una estrategia de reinserción internacional en que la reformulación de la política exterior en materia de seguridad internacional se estructuró a través del establecimiento de acuerdos confiables y transparentes en el ámbito regional y global en procura de contribuir a la seguridad internacional a través de un fuerte y activo respaldo a los regímenes de desarme y no proliferación de ADM y la universalización de controles sobre transferencias de precursores de La Argentina ingresa entre 1990 y 1998 a 13 regímenes de no proliferación, desarme y control de transferencias de ADM: el Acuerdo Bilateral con Brasil (1990), el Cuatripartito entre Brasil, Argentina, ABACC y OIEA (91), la Declaración de Mendoza sobre Armas Químicas y Biológicas (1991), el Grupo Australia sobre control de trasferencias de precursores químicos y biológicos (1992), el Régimen de control de tecnología misilísitica "MTCR" (1992), el Grupo de Proveedores Nucleares "NSG" (1993), el Tlatelolco (1994), la Convención sobre la Prohibición de las Armas Químicas (CAQ) (1995), el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares "TNP" (1995), los regímenes de control del Comité Zanngger (1995) y Acuerdos Wassenaar (1996), el KEDO (1996), el Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares "CTBT" (1998). Cabría consignar también la participación argentina en el Grupo de Tareas sobre India y Pakistán "South Asia Task Force" (1998), el ingreso al Grupo Occidental de la Conferencia de Desarme (1995) y los regímenes sobre Minas Antipersonales (Ottawa) y Armas Convencionales que causan daño La decisión argentina de eliminar cualquier tipo de riesgo que pueda plantear la proliferación de armas de destrucción masiva se sustenta en que si algo puede amenazar hoy la seguridad nacional y poner en riesgo la situación de paz global y regional es sin duda la posibilidad de proliferación de armas de destrucción masiva.23 Como consecuencia de lo expuesto precedentemente, la Argentina durante el período 1991-1998 se sumó a la mayoría de dichos regímenes internacionales inscriptos en la voluntad de responder a una equilibrada pretensión de armonizar su legítimo interés, la vocación por la legalidad como constante de la política exterior, las nuevas modalidades y amenazas a la seguridad y el nuevo orden internacional postguerra fría.24 CAPÍTULO 2
DESARME Y NO PROLIFERACIÓN DE ARMAS NUCLEARES
RESEÑA HISTÓRICA DE LAS ARMAS NUCLEARES Y MEDIDAS DE NO
PROLIFERACIÓN NUCLEAR

Antecedentes de la bomba atómica
La era atómica se inicia con el primer ensayo nuclear en Álamo Gordo, Nuevo México, el 16 de julio de 1945. La primera arma nuclear utilizada en un enfrentamiento bélico fue la tristemente recordada bomba de Hiroshima, en agosto de 1945, a la que se le sumó, días después, la de Nagasaki, llevando a Japón a firmar la rendición incondicional ante los Estados Unidos.
Las implicancias del uso de la bomba hacia fines de la guerra del 39 no eran puramente militares. Que los Estados Unidos tuviesen esta bomba alteraba drásticamente el equilibrio del poder de la postguerra, porque ahora se veía como mucho más factible el hecho de que los Estados Unidos pudieran imponer su voluntad sobre el resto del mundo.25 Cuatro años después, la entonces Unión Soviética pone fin al monopolio estadounidense con un ensayo (13 kilotones). Efectivamente, el monopolio estadounidense dejó de ser tal cuando en 1949 el líder soviético J. Stalin declaró que su país estaba en condiciones de fabricar una bomba similar a las de Hiroshima y Nagasaki. Siempre hubo sospechas de que se construyeron en su totalidad con la información obtenida por los Estos acontecimientos indican el origen y el motor de lo que el mundo conoció como la "Carrera de armamentos nucleares". Asimismo, representan el patrón de poder que rigió toda una época, la de la "Guerra Fría". Se podría decir que, a partir de entonces, ya se apreciaba lo que unos años más tarde sucedería: una puja por superarse entre ambas super- potencias, llevando a la política internacional a sumergirse en una carrera armamentista nuclear de magnitudes desconocidas. La Guerra de Corea en 1950 hizo que las fuerzas nucleares contaran con presupuestos más elevados, con lo que se logró una expansión acelerada de armas atómicas.
Las Armas Nucleares han contribuido, paradójicamente, a la estabilidad estratégica mundial, pero con un enorme costo, tanto en términos de dinero como de inquietud humana. El temor generado por esas armas ha llevado a que no vuelvan a usarse. Sin embargo, no ha impedido la propagación de las armas nucleares a otros países.27 Luego seguirían el mismo rumbo otros tres países, que paradójicamente, junto a los anteriores, serían los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: en 1952, el Reino Unido efectúa su primer ensayo, Francia en 1960 y China en El Reino Unido se vio "beneficiado" por su estrecha relación con los Estados Unidos, al punto que para los ensayos que efectuaba utilizaba las instalaciones en Nevada, las mismas que utilizaba el gobierno de los Estados Unidos para sus ensayos. En Francia, De Gaul e había llegado al poder a fines de los 50, luego del golpe militar en Argelia y la posterior crisis de la 4.a República.
Washington intenta impedir que París desarrol e su poder nuclear independiente. La línea de conflicto mas fuerte se da por la decisión francesa de seguir su propio desarrol o nuclear. El desarrol o de la fuerza nuclear francesa, la "Force de Frappe", se convirtió en el símbolo de la política exterior independiente. Con De Gaulle, Francia no abandona la alianza con los EE.UU., sino que la política exterior independiente de Francia representa un aumento de las diferencias con respecto a lo que podríamos llamar la cabeza de bloque. En China en enero de 1955, Mao Zedong aprueba el desarrollo de armas nucleares después de una presentación de Qian Sanqiang —el "padre" de la bomba atómica china—, formándose posteriormente el Ministerio de la Industria nuclear. La URSS acuerda asistir en el desarrollo de armas nucleares y en la formación de científicos y técnicos en abril del mismo año. En octubre de 1957, la ex URSS y China firman un "Pacto de Tecnología para la Defensa", junto con lo cual Rusia le entrega una bomba atómica a China y la información necesaria para su producción. El acuerdo incluye la transferencia de dos misiles R-2, brindándose igualmente los planos para la producción de los mismos en enero de 1958. Del empeoramiento de las relaciones entre ambas potencias comunistas resulta el retiro del apoyo técnico soviético en junio de 1959. China decide desarrollar sus propias armas nucleares. El 16 de octubre de 1964, China se convierte en potencia nuclear con la detonación de una bomba atómica en Lop Nor (Provincia de Xinjiang), en el nordeste del país.29 En cuanto a China y Francia, cabe recordar que durante aquellos años se "enfrentaron" a sus respectivas cabezas de bloque en razón del desarrollo nuclear autónomo, negándose ambos a aceptar la política de No Proliferación que querían imponer EE.UU. y la URSS a fin de restringir el desarrollo nuclear en el resto de los países para evitar el nacimiento de otros polos de poder que compitiesen con el os e impedir la dispersión del poder atómico. En tal sentido, tanto Francia como China se negaron en un principio a firmar el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP); no obstante, luego de la finalización del enfrentamiento bipolar en 1989, se adhirieron al TNP, constituyéndose en uno de los hitos más importantes en esta materia.
Origen de las Medidas de No Proliferación Nuclear
Centrando nuevamente la atención en los principales actores, los Estados Unidos, en 1945, preveían que la Unión Soviética tardaría entre 4 y 7 años en obtener la bomba (y así sucedió). El objetivo primordial para los norteamericanos era evitar una carrera armamentista que pudiera dar origen a futuras guerras y garantizar su supremacía. La solución consistía en configurar acuerdos de tal manera que la Unión Soviética debiera cumplirlos, por resultarle de vital interés.
El 7 de noviembre de 1945, el Presidente de los EE.UU., el Primer Ministro de Canadá y del Reino Unido firmaron un acuerdo que proponía la creación de una Comisión bajo la órbita de las Naciones Unidas que tendría, entre otros, los siguientes objetivos: propender al intercambio entre todas las naciones de información científica básica con fines pacíficos; controlar el desarrollo nuclear todo lo que fuera necesario para garantizar que su empleo fuera destinado exclusivamente a fines pacíficos; eliminar de los armamentos de cada una de las naciones las armas atómicas y todas aquel as que pudieran ser utilizadas para la destrucción masiva; y salvaguardar efectivamente y a través de la inspección las violaciones de este mismo tratado.30 Desde que se comenzó a hablar de la necesidad de desarme se han utilizado dos conceptos: la proliferación horizontal y la proliferación vertical. Esta última es un aumento constante de la potencia explosiva nuclear de las grandes potencias mientras que la proliferación horizontal es el aumento del número de países poseedores de armas nucleares.
La opinión pública, los gobiernos y el público en general comprendieron relativamente temprano el peligro de la proliferación horizontal: si el número de países poseedores de armas nucleares aumentaba, la posibilidad de una guerra nuclear también aumentaría.
Comenzaron entonces los esfuerzos por frenar ese desarrollo y se estableció gradualmente un régimen de no proliferación nuclear.
A mediados de la década de los 50, con la creación del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), se dio un paso fundamental en el marco de los esfuerzos orientados a evitar la proliferación de estas armas de destrucción masiva (ADM) y permitir la utilización de la energía atómica con fines pacíficos. Sin embargo, por aquel os años sucedieron hechos graves que presagiaron el uso de las armas nucleares: la Crisis de Berlín de 1961 y la Crisis por los Misiles en Cuba de octubre de 1962. La primera no llegó a mayores consecuencias en cuanto a la posibilidad del uso de armas nucleares, pero demostró la necesidad de encontrar alternativas respecto de ataques a gran escala, amén de involucrar a civiles en la planificación de la guerra. Con la segunda, en cambio, la tensión generada por la guerra fría l egó a uno de sus puntos más álgidos. La introducción de misiles soviéticos portadores de cargas nucleares en la isla caribeña puso al mundo al borde de un enfrentamiento nuclear.31 La historia de la no proliferación ha estado estrechamente entremezclada con la historia de eventos como los mencionados precedentemente, que acicatearon las conciencia de los Estados, principalmente de los líderes en materia nuclear, a fin de sumar esfuerzos en la formulación de acuerdos y concluir negociaciones, con variados resultados, tendientes a buscarle una solución a este flagelo mundial. En tal sentido, han podido concertar acuerdos de carácter limitado como: el Tratado de Prohibición Parcial de Ensayos de 1963, en el que se prohibían los ensayos nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y debajo del mar; el Tratado sobre limitación de los ensayos subterráneos de armas nucleares de 1974, denominado Tratado del Umbral, en el que se prohibían los ensayos de más de 150 kilotones; y el Tratado sobre las explosiones nucleares con fines pacíficos de 1976. Asimismo, cabe consignar las muy prometedoras (al menos así se consideraban en aquella época) conversaciones tripartitas entre los Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Soviética de 1977-80, iniciadas bajo la presidencia de James Carter, luego suspendidas por su sucesor (Ronald Reagan). Fueron 14 años de fracasos en los esfuerzos por negociar un tratado completo de prohibición de los ensayos nucleares.
En 1965, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Resolución que pide a la Comisión de Desarme del mismo organismo internacional la negociación de un tratado internacional contra la proliferación de las armas nucleares que se cristalizó en el llamado Tratado de No Proliferación Nuclear —TNP—, que entró en vigor el 5 de mayo de 1970, cuando EE.UU. y la ex Unión Soviética depositaron sus instrumentos de ratificación.32 En 1974, luego de realizarse la detonación de la primera bomba atómica hindú, Canadá y EE.UU. procuraron establecer mayor rigidez en las salvaguardias y en la transferencia de tecnología. En 1975, los Estados Proveedores de Material Nuclear se agruparon y conformaron el club de Londres (v. gr.: "NSG": Nuclear Suppliers Group) con el propósito de establecer un cúmulo de normas comunes sobre salvaguardias y controles conexos para las exportaciones de materiales nucleares. En 1977, el NSG aceptó directrices para la política de exportaciones relativa a la llamada "tecnología sensitiva", que daría lugar a la aplicación de las salvaguardias El 26 de enero de 1994 en sesión Plenaria de la Conferencia de Desarme se adoptó formalmente el mandato del Comité Ad Hoc encargado de la negociación de un Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, comúnmente conocido por su sigla en inglés, CTBT. Hoy este tratado cuenta con 160 Estados signatarios, 90 ratificaciones y entre ellos a los 31 de los 44 Estados necesarios para su entrada en vigor. La desaparición del mecanismo político impulsor de la carrera de armamentos —la confrontación Este-Oeste— ha impulsado la adopción de nuevas medidas unilaterales y bilaterales entre las potencias nucleares en favor del desarme y la no proliferación. En 1991, los Estados Unidos, la entonces Unión Soviética y Gran Bretaña anunciaron que eliminarían sus armas nucleares tácticas con base terrestre y retirarían todas las armas no estratégicas de sus buques de superficie. El Reino Unido anunció en 1997 que reduciría el arsenal nuclear instalado en los submarinos Trident. Cada uno de dichos países resolvió reducir al menos en un 50 % sus armas con base aérea. A su vez, EE.UU. y la Federación de Rusia anunciaron en diciembre del 2001 que ambos países han completado reducciones de sus arsenales nucleares sobre la base de los requerimientos del START I.
Por su parte, el Presidente Bush (EE.UU.) anunció, en el año 2002, una reducción de ojivas nucleares estratégicas —entre 1.700 y 2.000— en los próximos 10 años. "EE.UU. recientemente ha realizado una revisión de su
posición nuclear y ha concluido que Rusia y EE.UU. no son adversarios y la destrucción mutua asegurada no es más una definición estratégica apropiada a la relación estratégica actual."33 La Federación de Rusia ha dado pasos bilaterales con EE.UU. y unilaterales en favor del cumplimiento del Art. 6.a del TNP, ratificó el CTBT, el acuerdo SART II y está adoptando una serie de medidas tendientes a cubrir el vacío legal producto de la denuncia de EE.UU. al ABM. Reuniones de expertos entre Rusia y EE.UU. se han l evado a cabo en el 2001/02 a fin de acordar nuevas reducciones de armas estratégicas ofensivas y elaborar un nuevo marco para la relación estratégica entre ambos países. A su vez, Rusia ha propuesto a los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad mantener consultas de expertos sobre no proliferación a efectos de fortalecer la seguridad estratégica.34 En general, el Régimen de No Proliferación Nuclear ha ido evolucionando a medida que se han ido produciendo acontecimientos en el campo del desarrollo nuclear y se adoptaron instrumentos tendientes a restringir la proliferación nuclear. El compromiso de la comunidad internacional en favor de la eliminación total de las armas nucleares ha sido un factor que impulsa las negociaciones multilaterales en dicha dirección a través del fortalecimiento del régimen de no proliferación. Sin embargo, el Régimen de No Proliferación Nuclear adolece de evidentes debilidades si tomamos en cuenta la denuncia del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) por la República Popular Democrática de Corea, las sospechas que pesan sobre Irak, desarrollos del programa nuclear iraní que no habían sido declarados desde su iniciación a la OIEA, tensión existente entre India y Pakistán países que cuentan con armamento nuclear, falta de entrada en vigor del CTBT por carecer de la ratificación de los 13 Estados necesarios, falta de iniciación de negociaciones sobre una Convención de Prohibición de material fisionable para la producción de armas nucleares (FMCT), ausencia de consenso sobre la creación de un cuerpo subsidiario en la Conferencia de Desarme para dar tratamiento al desarme nuclear, problemas en el área de la estabilidad estratégica, seguidos luego de la denuncia de EE.UU. del ABM, y la preocupación por las transformaciones que se podrían estar produciendo en la política nuclear de EE.UU., que comprendería el uso de armas nucleares en conflictos regionales incluso contra países no nucleares que debilitan seriamente las bases del régimen de no proliferación nuclear.35 Es por ello que resulta indispensable y urgente sumar esfuerzos para fortalecer y reforzar el régimen multilateral de desarme y no proliferación nuclear si sumamos a los hechos expuestos la actual preocupación por los arsenales nucleares, las nuevas doctrinas sobre el uso de armas nucleares, la posibilidad de nuevos desarrollos de una nueva generación de armas nucleares y la eventualidad de que grupos terroristas accedan a las armas nucleares con la consecuente probabilidad de desencadenar una nueva carrera de armamentos, dado que dicha amenaza despierta ansiedad y una percepción de vulnerabilidad en las grandes potencias nucleares.
ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (OIEA)
El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) es un órgano del sistema de las Naciones Unidas que tiene la particularidad de estar directamente vinculado con el Consejo de Seguridad en virtud de su directa relación con la paz y la seguridad internacionales. En efecto, uno de los objetivos fundamentales del OIEA es evitar la proliferación de armas nucleares a través de la implementación del sistema de salvaguardias. La fuerza del Organismo reside en el reconocimiento de los usos beneficiosos de la tecnología nuclear. El OIEA sirve de foro mundial intergubernamental para la cooperación científica y técnica en el campo de los usos pacíficos de la energía nuclear.
Es una organización establecida en 1957, tiene su sede en Viena y se reúne anualmente en una Conferencia General con el propósito de establecer políticas y organizar programas vinculados al intercambio de información, a la promoción de los usos pacíficos de la energía nuclear, al empleo de dicha energía de forma segura y de manera que no contribuya a la proliferación de armas nucleares Su estructura cuenta con dos órganos que delinean su política: la Junta de Gobernadores y la Conferencia General. El primero está compuesto por 35 miembros —los países más adelantados en la tecnología de energía atómica y otros que representan a las distintas regiones geográficas—, mientras que el segundo está integrado por todos los miembros. El tercer órgano es la Secretaría, presidida por el Director General, que tiene la responsabilidad de implementar los programas del OIEA una vez aprobados por la Junta y la Conferencia General.
Objetivos y funciones
El Estatuto del OIEA tiene los siguientes objetivos principales: 1) ampliar las contribuciones de la energía atómica para el desarrollo de la salud, la economía y el bienestar de la humanidad, y 2) garantizar que la transferencia tecnológica no sea utilizada con fines militares.
Refiriéndose a la labor que ha venido efectuando el Organismo desde su creación, el académico John Simpson nos dice: ". ha basado sus actividades en la hipótesis de que los Estados se atengan a sus declaraciones de los usos de los materiales nucleares sometidos a su jurisdicción. El papel del OIEA ha sido garantizar a la comunidad internacional que esas declaraciones se cumplan y advertirla prontamente en caso contrario. Al hacerlo, ha proporcionado una base esencial para el comercio internacional de materiales nucleares y ha legitimado la propuesta de que puede trazarse una distinción entre los usos militares y los usos civiles de la energía atómica.".36 El Organismo es la principal organización internacional con mandato para brindar asistencia técnica en materia nuclear a las necesidades de los países en desarrollo, algunos de los cuales forman parte de activos programas bilaterales y multilaterales.
El OIEA está autorizado a comprar y vender material fisionable y proveer asistencia técnica a los Estados Partes, con relación al uso de esta energía en campos de la vida social como la agricultura, la medicina y otras aplicaciones de carácter no militar.
El OIEA provee asistencia técnica y entrenamiento para aquellos países interesados en el desarrollo de la energía nuclear, cooperando, también, con otras agencias de las Naciones Unidas en cuanto a la utilización, para el desarrollo científico, de la energía nuclear. El Organismo también establece estándares de seguridad para la protección de la salud y para la minimización de riesgos que pudieran derivarse del uso de la energía nuclear. La seguridad de las instalaciones de generación de energía nuclear ha constituido una esfera de alta prioridad, particularmente desde el desastre de Chernobyl en 1986.
Otra de las principales funciones de este Organismo es la de administrar las salvaguardias previstas en el Tratado de No Proliferación (TNP). Los Estados no poseedores de armas nucleares —aquellos países que no poseían armas nucleares antes de 1967— están obligados a aceptar ciertas "salvaguardias" a fin de recibir asistencia en los planes y desarrol o de su propia industria nuclear.
La denuncia del Director del OIEA de un incumplimiento de un Estado parte se traslada al Consejo de Seguridad y a la Asamblea General de las Naciones Unidas para su tratamiento. En tal sentido, resulta que el Consejo de Seguridad es el órgano que adopta las acciones contra el Estado en caso de verificarse una violación a los postulados del TNP. Uno de los aspectos más importantes en la estructura del Organismo Internacional de Energía Atómica es el "sistema de salvaguardias". Las salvaguardias constituyen un sistema de medidas establecidas para monitorear y controlar que los flujos de material nuclear no sean utilizados con fines militares.
Las salvaguardias son el instrumento de verificación del régimen de no proliferación (constituyen un pilar fundamental del régimen de no proliferación nuclear) y el OIEA es el órgano encargado de implementarlas.
Con la aplicación de las salvaguardias, los Estados cumplen las obligaciones asumidas al firmar o adherir al TNP. Los riesgos de proliferación disminuyen mediante la efectiva utilización de las salvaguardias nucleares. La aplicación de salvaguardias por parte del OIEA es decisiva a fin de garantizar que los materiales nucleares destinados a actividades pacíficas no sean desviados a Las salvaguardias constituyen, esencialmente, un sistema de auditoría que entraña la verificación independiente mediante la medición y la observación. Por ello las salvaguardias establecidas en virtud del TNP se centran en los inventarios declarados de materiales nucleares. Su característica básica es la contabilización de materiales, complementada por "la vigilancia directa de materiales nucleares dentro de zonas supervisadas y confinadas".37 Gracias a la confianza que genera una verificación eficaz, contribuyen a eliminar inquietudes en materia de seguridad que podrían, en otro caso, surgir respecto a los Estados vecinos u otros Estados a los que se percibe como posibles adversarios (.).
Un nuevo aspecto importante del sistema de salvaguardias es su capacidad de detección de actividades no declaradas. Tiene como finalidad última la detección de algún desvío de las denominadas "cantidades significativas" de material nuclear —cantidades que permitirán construir armas nucleares—: unos 8 kilogramos de plutonio o 25 kilogramos de uranio muy enriquecido. El elemento crucial para detectar las actividades nucleares secretas es el acceso a la información (entendida esta como el funcionamiento de los sistemas de inteligencia). Los inspectores del OIEA , bajo las salvaguardias tradicionales, no pueden recorrer territorios extensos ni inspeccionar zonas al azar en búsqueda de materiales o información oculta.
El OIEA ha tenido que recurrir a sistemas de inteligencia de sus diferentes Estados miembros, como es el caso de la utilización de satélites, a efectos de detección de actividades nucleares en diversas regiones. Es por ello que los países que no permiten inspecciones a sus instalaciones o no se someten al régimen de salvaguardias de la OIEA tienen dificultad en obtener tanto el combustible como la tecnología nucleares.38 Luego de la experiencia con los desarrollos nucleares en Irak y Corea del Norte, violatorios de las obligaciones contraídas en el marco del TNP, el OIEA ha tenido que fortalecer el régimen de salvaguardias existente a través del establecimiento de un nuevo marco conceptual de salvaguardias integradas, que está conformado por el contenido de los acuerdos de salvaguardias tradicionales más el Protocolo Adicional a dichos acuerdos de La Argentina participó activamente del proceso de fortalecimiento de las salvaguardias del OIEA que culminaron con la adopción del Protocolo Modelo Adicional a los acuerdos de salvaguardias en 1997 y está comprometida con el nuevo concepto de salvaguardias que apunta a mejorar la eficiencia y aumentar la eficacia de las mismas. Hasta marzo del 2002 solo 61 Estados habían firmado el Protocolo de Salvaguardias Adicionales con el OIEA y solo 24 Estados lo han implementado. La falta de universalidad en la implementación de dichos Protocolos Adicionales provoca un vacío en la capacidad del OIEA para poder detectar la existencia de programas clandestinos de armas nucleares o para poder asegurar la inexistencia de dichos programas. El sistema de salvaguardias del OIEA tiene un costo anual de aproximadamente US$ 65.000.000 y emplea a 500 personas, de las cuales aproximadamente 200 son inspectores.
Cabe consignar que las salvaguardias bilaterales o regionales pueden cumplir un papel complementario en materia de garantías de no proliferación nuclear y ayudan a la profundización de la confianza y la transparencia entre vecinos. Esquemas regionales de salvaguardias similares al aplicado por la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) en Argentina y Brasil podrían cumplir funciones beneficiosas en otras regiones del mundo.
En marzo del 2002 la Junta de Gobernadores del OIEA aprobó una serie de iniciativas, generadas a partir de los trágicos eventos del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York, con relación a la preocupación general y en particular de EE.UU. ante la posibilidad de la realización de atentados terroristas con armas nucleares.
Ante dicho peligro y ante la amenaza eventual de actos de terrorismo nuclear, el OIEA encaró un plan de acción amplio a fin de identificar vulnerabilidades y asignar a estos temas prioridad en el organismo.
El objetivo de dicho plan de acción del OIEA para prevenir el terrorismo nuclear es elevar el nivel de la seguridad nuclear de los Estados a parámetros internacionales a través de acciones de entrenamiento y Las principales amenazas que son discutidas en el marco del OIEA con miras a la elaboración de un plan de acción para combatir el terrorismo nuclear son: el robo de armas nucleares, adquisición de material con el propósito de construir un arma nuclear, adquisición de material radioactivo con el propósito de montar una "bomba sucia", que produce la dispersión de material radioactivo, y actos de violencia contra instalaciones nucleares.
En el marco de esas amenazas, la Secretaría del OIEA ha seleccionado 13 áreas de actividad, entre las que destacamos: protección física de material nuclear e instalaciones, prevención y detección de actividades ilícitas relacionadas con material nuclear (robo, tráfico, etc.), sistemas de contabilidad de material nuclear, fortalecimiento de la protección de material radioactivo y de la seguridad en las instalaciones nucleares e intercambio de información a efectos de consolidar la seguridad nuclear Las siguientes son las áreas identificadas por la Secretaría del OIEA como prioritarias: aumentar y ampliar los servicios internacionales de protección física, mejorar la seguridad de las instalaciones y de los materiales nucleares, la adhesión a instrumentos internacionales sobre seguridad nuclear y el aumento del entrenamiento de personal para mejorar la seguridad del material e instalaciones nucleares. Entre las medidas adicionales, ofrece además asistencia a los Estados para la implementación de legislación nacional sobre la materia en cuestión y garantiza el resguardo, bajo estricta confidencialidad, de la información obtenida en estos programas dada su naturaleza sensitiva.39 Cabe también mencionar el Servicio Internacional para la Protección Física del OIEA (IAEA's International Physical Protection Service), que brinda asesoramiento para el fortalecimiento de la protección física del material nuclear y sobre protección contra la radiación, la seguridad en la administración de residuos radioactivos y la seguridad del transporte de material nuclear. En materia de seguridad radiológica, la Junta de Gobernadores del OIEA ha aprobado un Código de Conducta y un plan de acción basado en un proyecto modelo cuyo objetivo principal es que las fuentes radiactivas estén bajo un efectivo control estatal.
TRATADO DE NO PROLIFERACIÓN DE ARMAS NUCLEARES
Un elemento fundamental del régimen de desarme y no proliferación es el "Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares" (TNP), que se negoció unos 10 años después de la creación del OIEA y que incorpora las salvaguardias del OIEA como mecanismo de verificación internacional de los compromisos de no proliferación.
El TNP se ha convertido en la piedra angular del régimen de no proliferación nuclear. La adhesión al mismo permite juzgar la sinceridad y la firmeza de la política de no proliferación de cada país.40 El TNP fue abierto a la firma el 1.° de julio de 1968 en Londres, Moscú y Washington; entró en vigor el 5 de marzo de 1970, cuando lo ratificaron los tres Estados depositarios y otros países de conformidad con el Art. IX del Hoy el Tratado cuenta con 187 Estados miembros. Quedan fuera del mismo India, Israel y Pakistán, que cuentan con importantes instalaciones nucleares no sujetas a inspección internacional a través de las salvaguardias del OIEA. La inestabilidad existente en el Medio Oriente, el Sur de Asia y la Península de Corea inhibe considerar factible alcanzar la plena universalidad del TNP. Hasta tanto no se alcance una distensión de dichos conflictos regionales, resulta improbable esperar la adhesión de esos tres Estados y una reconsideración de la denuncia al TNP realizada por la República Popular y Democrática de Corea.41 Objetivos y características
El Tratado define al Estado poseedor de armas nucleares como aquel que ha fabricado y hecho explotar un arma nuclear, u otro dispositivo nuclear explosivo, antes del 1.° de enero de 1967. Para dichos Estados, los principales principios del desarme en el marco del TNP están contemplados en el Art. VI del TNP.42 Este instrumento jurídico internacional permite a los Estados no poseedores de armas nucleares ratificar libremente su renuncia a tales armas de manera formal e internacionalmente vinculante y, al aceptar las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), verificar que dicho compromiso es fielmente cumplido.
El TNP no es exclusivamente un instrumento para verificar la no proliferación sino que también promueve la utilización de este tipo de energía con fines pacíficos.
El TNP consagra las siguientes obligaciones esenciales para los Estados
• los países poseedores de armas nucleares se comprometen a no traspasar ni alentar la adquisición y/o producción de tales armas por los países no poseedores de armas nucleares (Art. 1); • los países no poseedores de armas nucleares se comprometen a no adquirir ni producir dichas armas de destrucción en masa (Art. II) y, a tales fines, someter el material y las actividades nucleares que se encuentren o desarrollen bajo su jurisdicción a las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) (Art. III); • todas las Partes en el Tratado se comprometen a facilitar el más amplio intercambio de equipos, materiales y tecnologías y a no impedir el desarrol o de los usos pacíficos de la energía nuclear por parte de todos los Estados Partes de dicho Instrumento internacional (Art. IV); • las potencias nucleares se comprometen a detener la carrera armamentista nuclear y a negociar de buena fe un tratado general de desarme (Art. VI).43 El TNP establece una serie de derechos, entre los que resaltamos:
• una cuestión relevante para Argentina y sus vecinos se plasma en el artículo VII, donde se asienta que ninguna disposición de este Tratado menoscabará el derecho de cualquier grupo de Estados a realizar tratados regionales; • cualquiera de las Partes podrá proponer enmiendas al mismo (Art.
• cada Parte tendrá derecho, en ejercicio de su soberanía nacional, a retirarse del Tratado, notificando, con tres meses de antelación, a las demás Partes y al Consejo de Seguridad (Art. X).
La Argentina y el TNP
La Argentina rechaza totalmente la posibilidad de producción de armas nucleares y propugna la erradicación de esos armamentos. En este sentido, la Argentina comparte plenamente los objetivos del TNP.
El 22 de diciembre de 1994 el Congreso de la Nación Argentina aprobó el Tratado sobre la No Proliferación de Armas Nucleares (TNP). El 10 de febrero de 1995, la Argentina depositó el instrumento de adhesión al TNP en Washington.
En un principio la Argentina se había opuesto a la firma del TNP sobre la base de las siguientes objeciones: 1. Se lo consideraba un tratado discriminatorio porque en él se congela el número de potencias nucleares y se prohíbe el desarrollo de armas nucleares por otros países, estableciendo en consecuencia diferentes derechos y obligaciones para ambos;44 2. La segunda crítica se centraba en la preocupación ante el grado de exposición que sufrirían los secretos tecnológicos del país ante los estados miembros del TNP dado que debía someter todo el material y actividades nucleares que se encuentren o se desarrollen bajo la jurisdicción del Estado a los controles o salvaguardias del OIEA; 3. Una tercera dificultad estribó en la virtual prohibición de realizar explosiones nucleares con fines pacíficos por parte de los Estados no poseedores de armas nucleares; 4. Otro argumento se basaba en el incumplimiento de las potencias nucleares de celebrar negociaciones para detener la carrera de armamentos nucleares y orientar sus acciones hacia el desarme 5. También se criticaba la falta de acceso a tecnologías y equipos que estimularan el desarrollo pacífico por parte de los países no poseedores de armas nucleares.
Puede decirse que la posición que sustentaba la Argentina era comprensible en el marco del pasado contexto internacional de la Guerra Fría y su pertenencia al Grupo de Países No Alineados en el marco de los foros multilaterales de negociación sobre desarme y no proliferación (Primera Comisión de la AGNU y la Conferencia de Desarme en Ginebra). El fin de la guerra fría, el retorno a Gobiernos democráticos en la Argentina y el ingreso al Grupo Occidental en los mencionados foros de negociación impulsaron una revisión de dicha postura y la consecuente caída de las críticas por falta de sustentación: 1. En efecto, el diferenciar dos tipos de Estados Partes, no poseedores y poseedores de armas nucleares —siendo los segundos aquellos que hayan fabricado y hecho explotar un arma o dispositivos nuclear explosivo antes del 1.° de enero de 1967—, no implica discriminar sino reconocer un hecho y a partir de este trabajar hacia la no proliferación. De la misma forma el Consejo de Seguridad reconoce a sus miembros permanentes derechos y obligaciones en el área más sensible de la relación entre Estados: el monopolio del uso de la 2. La preocupación ante la falta de garantías de confidencialidad y de protección de los secretos tecnológicos cae ante la evidencia de los hechos. La Argentina adoptó las Salvaguardias del OIEA a través de un acuerdo apropiado con el organismo. A su vez, la Argentina y Brasil establecieron un régimen de inspecciones mutuas de todas las instalaciones nucleares. Estos acuerdos con Brasil cubren todos los requisitos para proteger el secreto y contienen obligaciones mayores a las establecidas por el TNP; 3. Respecto a la eventual realización de explosiones nucleares con fines pacíficos, la Argentina abandonó un reclamo retórico de derechos que no iría a ejercer, conforme lo demostró al incorporarse al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT); 4. En cuanto a la falta de acceso al desarrollo nuclear, resultaba más bien una consecuencia de no pertenecer al sistema que un producto del mismo. Los países que lo poseen están cooperando con aquellos Estados que aceptan y contribuyen con el régimen de no proliferación; 5. Finalmente, resulta preferible que si se comparten los objetivos y propósitos del Tratado se trabaje desde "adentro del mismo" en lugar de criticar como mero espectador, sobre todo cuando se trata de un Acuerdo Internacional de fundamental importancia para toda la Comunidad Internacional. Desde un punto de vista práctico, adherir al TNP no aumenta las obligaciones ya asumidas internacionalmente por la Argentina, mientras que mantenerse al margen del Tratado siembra dudas a esa misma Comunidad sobre los objetivos de un país. Dudas que en definitiva se traducirán en restricciones al acceso de tecnología y materiales nucleares.
En tal sentido, la incorporación al TNP significa abrir las puertas de la cooperación internacional en materia de tecnología, que representa uno de los intereses de la Nación Argentina.
Funcionamiento del TNP
Conferencias de Revisión del TNP: El artículo VIII, párrafo 3 del TNP
establece que 5 años después de su entrada en vigor, y en lo sucesivo a intervalos de 5 años, se celebrarán Conferencias para examinar el funcionamiento del Tratado, con el objeto de asegurar el cumplimiento de los fines del Preámbulo y las disposiciones del Tratado. Dichas Conferencias se realizaron en 1975, 1980, 1985,1990, 1995 y 2000.
A fin de no extendernos en la descripción sobre el funcionamiento de dichas Conferencias, sólo haremos una breve reseña de los resultados de las tres últimas.
En la Conferencia de Examen de 1990, las partes en el TNP afirmaron,
entre otras cosas, su determinación de fortalecer aún más las barreras contra la proliferación de las armas nucleares, pidieron la anexión universal al TNP, instaron a mejoras continuas en la eficacia y en la eficiencia de las salvaguardias e instaron al OIEA a no vacilar en valerse plenamente de sus derechos, incluido el uso de las inspecciones especiales previstas en los acuerdos sobre salvaguardias, a efectos de cumplir con sus funciones.45 El esfuerzo por fortalecer la eficiencia de las salvaguardias adquirió mayor importancia cuando la comunidad internacional tomó conocimiento, hacia fines de 1991, de la existencia de los programas clandestinos de Saddam Hussein, presidente de Irak. Esta fue la primera vez que se descubrió que un Estado parte del TNP había desarrol ado, secretamente y fuera de las salvaguardias, los elementos de un programa de armas nucleares basado en la tecnología de enriquecimiento de uranio.
La Conferencia de Examen de 1995 no solo fue para examinar el
funcionamiento del tratado sino que tuvo que resolver sobre la extensión indefinida del Tratado, ya que el artículo X, párrafo 2 del TNP disponía la celebración de una Conferencia para decidir sobre la extensión indefinida del Tratado 25 años después de su entrada en vigor. Esta Conferencia se realizó en Nueva York en 1995. La decisión adoptada por consenso por la Conferencia de prorrogar —en forma indefinida— el TNP constituye el acontecimiento más importante en materia de no proliferación desde que el Tratado entrara en vigor en 1970.46 La extensión indefinida del TNP facilita la continuación del proceso de eliminación de armas nucleares ya emprendido por las potencias nucleares.
Los principios del desarme consignados en el Art. VI del TNP resultaron fortalecidos a través del documento sobre los Principios y Objetivos para el desarme nuclear contemplados en el marco de esta Conferencia de Extensión del TNP de 1995 (párrafos tres, cuatro a, b, y c.).
La adopción por consenso de la decisión que estableció la prórroga indefinida del Tratado, al igual que su carácter prácticamente universal, fortalecen el régimen de no proliferación nuclear en general.47 La Conferencia de Examen del año 2000 se realizó en la sede de las
Naciones Unidas en Nueva York. En su última sesión la Conferencia adoptó un documento de consenso sobre los aspectos sustantivos analizados durante la misma, es decir la revisión de la aplicación del tratado teniendo en cuenta las decisiones y la resolución adoptada en la Conferencia de Extensión y Revisión del TNP del 1995.
El panorama estratégico internacional no era demasiado alentador. Los ensayos nucleares del Sur de Asia en 1998 van en contra de los esfuerzos de la comunidad internacional por eliminar las armas nucleares y disminuyeron el ritmo de los avances que se venían produciendo en materia de desarme por parte de los países poseedores de armas nucleares a comienzos de la década de 1990.
Luego de arduas negociaciones se aprobó dicho Documento Final que reflejó la renovación del compromiso entre los países poseedores de armas nucleares (EE.UU., Rusia, China, Francia y Reino Unido) y los países poseedores de esas armas, que es la base sobre la que se asientan el Tratado y, en general, el régimen internacional de no proliferación nuclear. El documento reafirma los elementos básicos del TNP y del régimen de no proliferación. Contiene 13 pasos para avanzar hacia el desarme nuclear, reconoce a las salvaguardias del OIEA como pilar fundamental del Régimen de No Proliferación Nuclear e incluye un llamado a la adhesión universal al Tratado para poder alcanzar sus objetivos.48 En materia de desarme y no proliferación, el clima favorable que produjo la Conferencia de Revisión del TNP de 2000 no tuvo posteriormente las consecuencias esperadas por la comunidad internacional, que se hubiera evidenciado, por ejemplo, a través de una plena aplicación de los acuerdos START II entre EE.UU. y Rusia, en una pronta conclusión del acuerdo START III, en la ratificación del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) por EE.UU. y con el inicio de negociaciones sobre una Convención para la Prohibición de producción de material fisionable para armas nucleares (FMCT). La mención al "compromiso inequívoco" de las potencias nucleares a avanzar en la eliminación de sus arsenales nucleares resultó uno de los principales logros de dicha reunión. También fue relevante haber evitado que el documento final considere que los avances en materia de desarme podrían quedar condicionados por la situación del "equilibrio estratégico", lo que hubiera significado incorporar una nueva condicionalidad al cumplimiento de las obligaciones del Art. VI por parte de las potencias Con referencia a los usos pacíficos de la energía nuclear, deben destacarse las menciones favorables al acceso a las tecnologías nucleares con fines pacíficos y la transferencia de dichas tecnologías hacia los países en desarrollo. La importancia de esta cuestión es la revalorización de la energía nuclear utilizada con fines pacíficos y la legitimidad de la cooperación internacional en este campo.
La Argentina participó en dicha reunión con el interés de avanzar hacia el pleno cumplimiento de los compromisos contenidos en el Tratado y de las decisiones adoptadas en la Conferencia de Revisión del TNP de 1995.
De manera general, la Argentina llevó a dicha Conferencia de Examen del TNP del 2000 objetivos en materia de universalidad, desarme nuclear, zonas libres de armas nucleares, garantías de seguridad, controles de las exportaciones de materiales nucleares y usos pacíficos de la energía nuclear. La Delegación argentina en la reunión sostuvo que la "enorme importancia que la no proliferación nuclear tiene para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y para la misma supervivencia de la humanidad daría lugar a interpretar que existe una obligación, cuando menos moral, de respetarla".49 A su vez, la Delegación argentina subrayó la necesidad de que los países poseedores de armas nucleares den ritmo sostenido a la reducción de sus arsenales nucleares en vistas a su total eliminación en fecha cercana.
La obligación de dar el ejemplo por parte de esos países se acentúa más porque el os mismos son los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
La coalición de países impulsores de la iniciativa "Nueva Agenda" tuvo un papel importante en la negociación con los P5 sobre los temas de desarme nuclear. En las instancias definitivas de la Conferencia la coalición Nueva Agenda cumplió el papel de interlocutor con los países poseedores de armas nucleares. En ese contexto resultó oportuno para la Argentina haber apoyado el documento sobre desarme nuclear preparado por la Nueva Agenda para dicha Conferencia.50 Comités Preparatorios de las Conferencias de Revisión: La Primera
Sesión del Comité Preparatorio (Prepcom) de la próxima Conferencia de Revisión del TNP del 2005 se realizó del 8 al 12 de abril del 2002. Este Prepcom inició el proceso de revisión del TNP y, por lo tanto, establece un precedente para las futuras revisiones del TNP y la interpretación y operacionalización del Documento Final de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000.
Estos Prepcoms integran un proceso preparatorio de la Conferencia de Revisión (2005) que se realizará luego de la adopción de 13 pasos establecidos en el documento final de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000 y que se realizará luego del cambio de actitud operado en EE.UU. respecto a los acuerdos de desarme: el rechazo del CTBT, la denuncia del tratado ABM, las expresiones de deseo en favor de una nueva base de acuerdos sobre reducción de armamentos nucleares y la probabilidad de mantener su armamento nuclear indefinidamente, la posibilidad de reanudar los ensayos nucleares y sus dudas referidas a continuar ligado a brindar Garantías Negativas de Seguridad.
El primer Comité Preparatorio del TNP (Prepcom I) fue presidido por el Embajador Henrik Salander (Suecia), miembro del Grupo Occidental y miembro de "Nueva Agenda", grupo que negoció (con los P5) los elementos cruciales referidos al art. VI del TNP que fueron consignados en la Declaración Final de la Conferencia de Examen del TNP del 2000. El Comité Preparatorio del TNP (Prepcom II) lo presidió el Embajador Laszlo Molnar (Hungría) miembro del Grupo de Europa del Este del 28 de abril al 9 de mayo del 2003. El Prepcom III del TNP se realizará del 26 de abril al 7 de mayo del 2004 y será presidido por un miembro del Grupo de Países No Alineados (NOAL) en el 2004. De haber otra reunión Prepcom en el 2005 sería presidida por un miembro del Grupo Occidental. La Conferencia de Revisión del TNP del 2005 probablemente será presidida por un miembro del grupo del NOAL. Los Comités Preparatorios del TNP son celebrados en forma alternada en Nueva York y Ginebra.
El producto final del Primer Prepcom (2002) fue un informe elaborado integralmente por el Embajador Salander, Presidente del Prepcom, que contiene una revisión factual de los temas discutidos en el marco de la reunión, entre ellos la reafirmación del TNP como piedra angular del proceso de desarme y no proliferación global, el llamado de los Estados Partes a una pronta ratificación sin condicionamientos por parte de los Estados aún faltantes (hoy: India, Israel y Pakistán), la necesidad de fortalecer el régimen de no proliferación para reducir el riesgo del uso de material nuclear por grupos terroristas, el énfasis puesto al valor del multilateralismo como principio fundamental en el campo del desarme y la no proliferación, la importancia de aumentar la transparencia respecto a los arsenales nucleares y cumplimentar los postulados del art. VI del TNP como parte interdependiente de los instrumentos que integran el régimen de no proliferación, la importancia y urgencia de la entrada en vigor del TNP y, hasta tanto no se produzca, se reafirma la importancia de mantener una moratoria de realizar explosiones nucleares, la preocupación por la denuncia del ABM por EE.UU., la importancia de profundizar el proceso de reducción de armas estratégicas emprendido por EE.UU. y Rusia, la necesidad de iniciar negociaciones sobre la prohibición de producir material fisionable para armas nucleares (FMCT) y la importancia de que los poseedores nucleares sometan a salvaguardias OIEA el material nuclear descartado para uso militar, el valor del régimen de control de armamentos a nivel global y regional. Tambien se reafirmó la obligación de los Estados Partes de producir informes sobre el estado de implementación del art. VI, el reconocimiento general al valor de las Zonas Libres de Armas Nucleares, las preocupaciones con las regiones del Medio Oriente, Sur de Asia y la península de Corea, y el incumplimiento de Irak de las Resoluciones de las Naciones Unidas, la importancia de las Garantías de Seguridad y las salvaguardias del OIEA y el reconocimiento de la labor del OIEA ante las cuestiones referidas a la seguridad nuclear y el transporte de material nuclear, y el apoyo a la cooperación y la transferencia de tecnología con fines pacíficos.
Si bien el informe del Presidente del Primer Prepcom reflejó acabadamente los temas abordados por las Delegaciones, la reunión careció de debates entre las delegación participantes. Los Representantes se limitaron a expresar posiciones nacionales y a realizar discursos sobre la base de los ítems de la agenda de dicha reunión. La delegación argentina participó de esta Prepcom con cautelosa expectativa sobre sus resultados teniendo en consideración el actual panorama estratégico internacional que no ha sido alentador en los últimos años y no ha producido avances a partir de las recomendaciones contempladas en el documento final de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000.
De manera general, la Argentina estimó que el Primer Comité Preparatorio estaba rodeado de un clima de retroceso respecto a la Conferencia de Revisión del 2000. Los sucesos del 11 de setiembre del 2001 afectaron el escenario global de seguridad y la política exterior de EE.UU., un contexto de agravamiento de los conflictos regionales (Sur de Asia y Medio Oriente), la ausencia de negociaciones sobre Desarme Nuclear en el marco de la Conferencia de Desarme, la falta de ratificación del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) por EE.UU. y la falta de inicio de negociaciones sobre una Convención para la Prohibición de producción de material fisionable para armas nucleares (FMCT). No obstante, la posición argentina reafirmó el valor de dar continuidad a la celebración de las reuniones tendientes a cumplimentar los objetivos del TNP sobre el desarme nuclear, la no proliferación y la importancia del acceso a las tecnologías nucleares con fines pacíficos y la transferencia de dichas tecnologías hacia los países en desarrollo.
Ante la denuncia del TNP por la República Popular y Democrática de Corea, la Segunda sesión del Comité Preparatorio (Prepcom II), realizada del 28 de abril al 9 de mayo del 2003 en Ginebra, comenzó con una declaración inicial del Presidente de la PrepCom II, Embajador Laszlo Molnar (Hungría) señalando que, de acuerdo con el mandato recibido, había mantenido consultas sobre el proceso de la Prepcom que pusieron en evidencia la existencia de divergencias de puntos de vista sobre la relación actual de Corea del Norte con el TNP. Estimó conveniente no abrir un debate sobre una mera cuestión de procedimiento y, en consecuencia, anunció que bajo su responsabilidad retendría en custodia la pancarta identificatoria de dicho país en la sala de conferencias durante la duración de la reunión. Este temperamento fue aprobado sin oposición de las La Argentina señaló que la denuncia del TNP por Corea del Norte constituyó una prueba sin precedentes para el régimen de no proliferación, manifestó la preocupación que este acontecimiento ha provocado en la comunidad internacional y, senaló la importancia que en el balance de dicha Prepcom se reflejara con claridad la condena a la conducta de Corea del Norte y , a la vez, se analizaran las consecuencias negativas que este tipo de conductas representan para el sistema y para el país que las protagoniza.
En tal sentido, estimó que se debía aprovechar la oportunidad para marcar las diferencias existentes entre pertenecer o no al régimen de no proliferación nuclear (entre las ventajas de pertenecer, se cuentan el acceso a mercados y la cooperación internacional en materia de usos pacíficos de la energía nuclear y entre las desventajas, la consecuente presión internacional, la posibilidad de verse aislados dentro de la comunidad internacional, etc.) de manera de incentivar a aquellos países que aún no son parte del TNP a adherir al mismo, marcando, por la misma vía, la inconveniencia de abandonarlo.
El Prepcom II tambien contó como producto final con un informe factual de los temas discutidos durante la reunión. Esta síntesis, circulada por el Presidente, Embajador Molnar, no fue un texto abierto a negociación y/o enmiendas, sino que lo presentó bajo su entera responsabilidad sobre la base de aquellos temas que gozaron de consenso y otros fueron reflejados a través de un delicado equilibrio entre sus diferencias con miras a servir de base al proceso del TNP de cara al próximo documento de la PrePcom III que deberá contar con recomendaciones aceptadas por consenso de los Estados Partes.
Respecto a los desarrollos nucleares no declarados por Irán, el informe final del Presidente de la Prepcom II, Embajador Molnar (Hungría), en el párrafo sobre conveniencia que los Estados Partes firmen el Protocolo Adicional sobre Salvaguardias y, a la luz de la extensión del programa nuclear de Irán, señala que ese país ha sido exhortado a firmar el Protocolo Adicional y brindar toda cooperación a la OIEA, organismos que debe suministrar un amplio informe en junio del 2003 al Consejo de Gobernadores. Asimismo, consignó que los Estados Partes tomaron nota de la declaración de Irán, del 29 de abril del 2003, que afirmó, solemnemente, que no procura adquirir armas nucleares y que responderá en detalle y substancialmente las preguntas formuladas sobre su programa nuclear.
Asimismo, continúa el Informe del Presidente, los Estados Partes han tomado nota de la declaración de Irán del 8 de mayo del 2003 que subraya la necesidad de no prejuzgar sobre su programa nuclear a fin de mantener la integridad del proceso que lleva a cabo por el OIEA.
Una vez adoptado el Informe, el Presidente dio la palabra a las delegaciones que agradecieron la síntesis y formularon comentarios o reservas sobre algunos de sus contenidos: Siria y Egipto expresaron desacuerdo a la referencia de "la hoja de ruta", en el párrafo 25, que trata la cuestión de Medio Oriente, señalaron que el cumplimiento de una Zona Libre de Armas Nucleares (ZLAN) en la región no debe supeditarse a dicho proceso, que Israel debe adherir al TNP y que la hoja de ruta no es parte del TNP, sino que sólo refleja la opinión de un Estado Parte.
La coalición Nueva Agenda reiteró la importancia que otorga al cumplimiento de los 13 pasos acordados en la Conferencia de revisión del TNP del ano 2000. Canadá, Nueva Zelandia y Japón destacaron en sus presentaciones la importancia de la educación para el desarme nuclear.
La síntesis factual del Presidente reflejó acabadamente los temas abordados por las delegaciones. En tal sentido, esta consignó los señalamientos realizados sobre el incumplimiento de Corea del Norte e Irak, expresó la preocupación sobre los desarrollos, no declarados al OIEA, del programa nuclear de Irán; reafirmó la interdependencia y complementariedad existente entre desarme nuclear y no proliferación nuclear y destacó el ingreso de Cuba y Timor Leste al TNP. A su vez, destacó el valor de la verificación y salvaguardias del OIEA, asi como las Zonas Libres de Armas Nucleares (ZLAN) para el régimen de no proliferación nuclear y otorgó importancia a la resolución de la cuestión de Oriente Medio.
Nuevamente en reunión, las delegaciones realizaron presentaciones basadas en la reiteración de sus posiciones nacionales. No obstante, el proceso contó con un espacio interactivo que permitió un diálogo, limitado aunque auténtico, a través de preguntas y comentarios sobre intervenciones. Las preguntas planteadas por algunas delegaciones carecieron de respuestas substantivas o fueron obviadas. Tal fue el caso de Cuba cuando requirió información de la delegación de EE.UU. sobre los contenidos de sus programas de armas nucleares, y de Canadá cuando solicitó a China brindar información sobre cantidad de armas nucleares en En esta Prepcom II, 26 informes nacionales fueron presentados que representa más del doble de los once (11) presentados en la Primer Prepcom del 2002. A su vez, se presentaron 19 documentos de trabajo.
En la III Prepcom del 2004 sería deseable alcanzar una profundización del proceso de discusión sobre la substancia del Tratado y actualizar aspectos del mismo, algo que no se pudo verificar durante los dos primeros Prepcoms. En tal sentido, es de esperar que las delegaciones participantes estén en condiciones de entablar un debate sobre las cuestiones substanciales con miras a identificar medidas y recomendaciones para una plena implementación de los postulados del TNP. No obstante cabe tener en cuenta que las grandes divisiones que se observan en temas tales como desarme nuclear y Medio Oriente hace difícil pronosticar que tales avances puedan ocurrir. Será necesaria una gran flexibilidad por parte de todas las delegaciones durante las próximas Prepcoms a fin de evitar el fracaso de la Conferencia de Revisión del TNP del 2005, que sería un traspié para todo el régimen internacional de no proliferación nuclear.
En suma, el producto final del III Prepcom del TNP debería reflejar una revisión del proceso de implementación del TNP (2000-2005), una visión proyectada hacia un plan de acción para mejorar el fortalecimiento del proceso de implementación del TNP, aumentar su universalidad y, una evaluación sobre la implementación del art. VI y el Medio Oriente.
Asimismo, los Informes de los Estados Parte deberían consignar las medidas adoptadas, a nivel nacional, referidas a la implementación del art. VI del TNP y del párrafo 4 (C) de la Decisión 2, sobre "Principios y Objetivos para la No Proliferación y el Desarme" establecidos por la Conferencia de Revisión del TNP del año 1995.
GARANTÍAS NEGATIVAS DE SEGURIDAD
Durante la negociación del TNP en 1968, los Estados no poseedores de armas nucleares manifestaron gran preocupación por los arsenales nucleares de las grandes potencias. Con el fin de aplacar tales inquietudes, los tres Estados poseedores de armas nucleares que eran Partes iniciales en el Tratado (Estados Unidos, Reino Unido y la URSS) se comprometieron a otorgar garantías obligatorias de seguridad por intermedio del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
En consecuencia, en su Resolución 255 (1968), patrocinada por las tres potencias, el Consejo de Seguridad reconoció que la agresión con armas nucleares o la amenaza de tal agresión contra un Estado no poseedor de armas nucleares crearía una situación que requeriría una acción inmediata por parte del Consejo y, por encima de todo, por parte de sus miembros poseedores de armas nucleares, de conformidad con la Carta; acogió con beneplácito la intención manifestada por ciertos Estados (los patrocinadores) en el sentido de que prestarían asistencia inmediata a cualquier Estado no poseedor de armas nucleares Parte en el Tratado; y reiteró, para el caso de tal agresión y amenaza, el derecho inmanente de legítima defensa individual o colectiva con arreglo al Artículo 51 de la Carta.
Esta garantía, definida como "positiva", fue acogida con satisfacción por los Estados que no poseían armas nucleares, pero muchos de ellos manifestaron su preferencia por una garantía "negativa", es decir, un compromiso por parte de los pocos Estados poseedores de armas nucleares de no utilizar dicho tipo de armamento contra Estados no poseedores de Desde aquel a época se han incorporado garantías negativas jurídicamente obligatorias a los siguientes instrumentos internacionales: el Protocolo II del Tratado de Tlatelolco de 1967, el Protocolo II del Tratado de Rarotonga de 1984, el Protocolo I del Tratado de Bangkok de 1995 y el Protocolo I del Tratado de Penlindaba de 1996. En estos casos, las garantías benefician a los Estados no poseedores de armas nucleares de las regiones Si bien el Protocolo II al Tratado de Tlatelolco de 1967 ha sido ratificado por todos los Estados reconocidos poseedores de armas nucleares (P5), no ha sido el caso en las demás ñonas Desnuclearizadas. EE.UU. firmó el Protocolo II del Pacífico Sur (Rarotonga) pero aún en el 2002 no lo ratificó y otros P5 lo ratificaron con reservas (Francia y Reino Unido). Además, los Estados poseedores de armas nucleares han formulado declaraciones individuales de carácter interpretativo de los citados La República Popular China emitió una declaración amplia e incondicional. Se comprometió a no ser el primer Estado en usar armas nucleares en un eventual conflicto, ni amenazar, ni utilizar esas armas contra Estados no poseedores o contra Zonas Libres de Armas Nucleares (Declaración formulada en 1964 y complementada en junio de 1978 y abril Francia, por su parte, condicionó su compromiso a que no mediara un acto de agresión en su contra por parte de Estados aliados a una potencia nuclear (junio de 1978 y junio de 1982).
Los Estados Unidos y el Reino Unido además de coincidir con Francia vincularon su compromiso a la calidad de miembros de los Estados beneficiarios del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP) o Acuerdos de alcance similar (Declaraciones de noviembre y junio de 1978, Rusia manifestó similares condicionamientos de su compromiso en el sentido de que no mediara un acto de agresión en su contra por parte de Estados aliados a una potencia nuclear y, en el marco del tratado de Pelindaba, declaró que no se consideraba sujeta a las obligaciones del Protocolo I respecto de las Islas del Archipiélago de Diego García. Durante la 47.a AGNU, el Presidente George Bush propuso que el Consejo de Seguridad debiera dar garantías inmediatas respecto de proporcionar asistencia a cualquier Estado que, no poseyendo armas nucleares, sea víctima de un acto de agresión con ese tipo de armas.
Finalmente, la ex-Unión Soviética extendió una garantía amplia con la significativa excepción de los Estados que no hubieran renunciado a la producción o adquisición de armas nucleares o tuvieran ese tipo de armas emplazadas en sus territorios, en clara alusión a Europa Occidental y Corea del Sur (mayo de 1978).
En el marco de la Conferencia de Desarme, los Estados poseedores de armas nucleares reconocen la necesidad de avanzar hacia una definición sobre la "fórmula común" que permita concluir una garantía jurídicamente vinculante; sin embargo, no parecen convenir los medios para traducir esta intención en un acuerdo tangible.51 La Conferencia de Revisión del TNP del 2000 reconoció que estas garantías fortalecen el régimen de no proliferación nuclear, pero solo acordó que el Comité Preparatorio elabore recomendaciones para la próxima Conferencia de Revisión (2005). Otras referencias a este tema se efectuaron en el contexto de las zonas libres de armas nucleares.
El informe del Presidente del Primer Prepcom, realizado del 8 al 19 de abril del 2002, destacó la importancia de las seguridades negativas. Este informe consigna que varias delegaciones reafirmaron los compromisos de la Resolución N.° 984 (1995) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la necesidad de realizar esfuerzos a fin de concluir un compromiso multilateral, universal, incondicional y jurídicamente vinculante sobre garantías de seguridad que podría conformarse en un Protocolo Adicional del TNP que no prejuzgue sobre los compromisos adoptados en los acuerdos de las Zonas Libres de Armas Nucleares. La Argentina favorece la adopción de un acuerdo otorgando garantías de esta naturaleza que no menoscaben las acordadas por los países poseedores de armas nucleares en el marco de las zonas libres de armas nucleares y en el marco de las Resoluciones del Consejo de Seguridad. En tal sentido considera de importancia el establecimiento de zonas libres de armas nucleares con relación a la extensión de seguridades negativas a los países no poseedores de armas nucleares de conformidad con las recomendaciones adoptadas durante la VI Conferencia de Revisión del TNP del 2000 con relación a los pasos prácticos para un sistemático y progresivo esfuerzo de implementar el Art. VI del Tratado y las partes pertinentes de la decisión sobre "Principios y Objetivos para la no proliferación nuclear y el desarme" de 1995.
TRATADO DE PROHIBICIÓN COMPLETA DE ENSAYOS NUCLEARES
Desde fines de la década de los años 50, el logro de un Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (TPCE), comúnmente llamado CTBT por sus siglas en inglés: "Comprehensive Nuclear Test Ban Treaty", ha sido un objetivo fundamental de la comunidad internacional.
El 26 de enero de 1994, en la Sesión Plenaria de la Conferencia de Desarme fue adoptado formalmente el mandato del Comité Ad Hoc encargado de la negociación de un CTBT. Este mandato se basó en el proyecto que la Delegación de Australia sometiera a la Conferencia de Desarme durante el período de sesiones de 1993. A través del mismo, la Conferencia encargó al Comité Ad Hoc la negociación de un Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos de Armas Nucleares, universal, multilateral y eficazmente verificable, que contribuya de modo eficaz a la prevención de la proliferación de las armas nucleares en todos sus aspectos, al proceso de desarme nuclear y, en consecuencia, al fomento de la paz y la seguridad internacionales.
El 28 de junio de 1996 concluyó el segundo período de sesiones de la Conferencia de Desarme (CD) con una reunión del Comité Ad Hoc para la prohibición de los ensayos nucleares. En la misma, el Presidente del Comité Ad Hoc, Embajador Ramaker (Países Bajos), presentó el documento CD/ NTB/WP.330/Rev.1, que contiene su propuesta final de texto de tratado.
El Comité Ad Hoc no pudo arribar a un consenso respecto de la remisión del mencionado Documento al Plenario de la CD debido al veto de la India, que fue acompañada por Irán.
El 22 de agosto de 1996 Australia requirió la convocatoria —mediante una carta enviada al Secretario General de la ONU— de una sesión especial de la Asamblea General a fin de considerar la adopción del Tratado concluido en la Conferencia de Desarme.
El objeto de la iniciativa australiana fue tratar —a pesar del veto indio— que el Tratado fuese abierto a la firma como consecuencia de la decisión que adoptase la Asamblea General. La iniciativa australiana contaba con el endoso de los cinco miembros permanentes del Consejo de En este contexto, Australia presentó el Proyecto de Resolución solicitando la adopción por parte de la AGNU del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares. Dicho Proyecto contó con 128 copatrocinadores (Argentina entre ellos). El 9 de septiembre de 1996 fue adoptada la Resolución 50/245 por 158 votos a favor, 3 en contra (Bhután, India, Libia), y 5 abstenciones (Cuba, Líbano, Mauricio, Tanzanía, Siria).
El 24 de septiembre de 1996, el Secretario General de la ONU, en su carácter de depositario del Tratado, abrió a la firma el Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares, de conformidad con lo establecido en la Resolución 50/245.
El CTBT fortalece la decisión adoptada en la Conferencia de Revisión y Extensión del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares de 1995 de cumplir con los objetivos y principios claramente definidos en materia de no proliferación nuclear y desarme nuclear.
La Argentina ha tenido una activa participación durante la negociación del CTBT, es país firmante original del mismo, lo ratificó el 4 de diciembre de 1998 y entregó su instrumento de adhesión al mismo en diciembre del mismo año. La Argentina ha venido apoyando el tratado desde su inicio y ha venido desarrollando una intensa actividad cooperativa, desde la participación en el Grupo de Expertos científicos en la Conferencia de Desarme hasta la contribución con ocho estaciones de detección sísmica de radionucleidos y de infrasonido que integran la red de vigilancia del cumplimiento del Tratado.52 A su vez, la Argentina participa en las reuniones de la Comisión Preparatoria en Viena, acompañando en ese ámbito la construcción del sistema internacional de verificación y otros aspectos de la futura Organización de la Convención para la Prohibición Total de los Ensayos Nucleares (CTBTO).
La firma del acuerdo entre la Secretaría Técnica Provisional de la Comisión Preparatoria de la Organización del TPCE y la República Argentina a fin de realizar una puesta a punto de las instalaciones de monitoreo internacional sito en la Argentina que facilitó el ingreso de tecnología para dichas instalaciones, otorga un sello de calidad y de reconocimiento internacional a la labor y capacidad instalada y representa un beneficio adicional por la incorporación a dicho instrumento de no Sin embargo, hasta la fecha el CTBT no ha entrado en vigor a causa de la carencia de las ratificaciones requeridas por la letra de su estatuto El tratado atraviesa un período difícil en tal sentido debido a una situación vacilante por parte de algunos actores importantes. La falta de ratificación de Estados Unidos, a pesar de que continúa contribuyendo con el sistema de monitoreo del CTBT, dificulta hasta la fecha la posibilidad de realizar avances substanciales en el proceso de impulsar la ratificación y firma del CTBT. La mayoría de las delegaciones (comprendida la Argentina) participantes de las reuniones multilaterales sobre negociaciones en materia de desarme y no proliferación nuclear han señalado la necesidad e importancia de ratificar el CTBT y procuran impulsar nuevos esfuerzos tendientes a que los 13 países cuya ratificación resulta indispensable para la entrada en vigor del CTBT lo hagan a la brevedad posible.53 El CTBT es uno de los 13 "pasos prácticos" identificados y consignados en el Documento Final de la Conferencia de Revisión del TNP del 2000.
Tras los trágicos atentados del 11 de septiembre de 2001, la lucha contra el terrorismo debe ser completa, incluyendo el control de los armamentos, el desarme y la no proliferación. El CTBT es de alta prioridad para fortalecer el TNP y un prerrequisito esencial para detener la aparición de nuevas armas nucleares en forma cualitativa.
Cabe consignar que los opositores al CTBT afirman que el mecanismo de verificación no es efectivo y es incapaz de detectar todos los ensayos posibles, incluidos los de baja explosión, y por lo tanto no puede ser disuasivo frente a eventuales violadores. La sinergia entre los métodos del SIV, las inspecciones in situ y otros procedimientos del Tratado hacen en la práctica inconcebible que una violación permanezca sin detección. Con el depósito del instrumento de ratificación en septiembre de 2001 por parte de Paraguay y Uruguay, el MERCOSUR ampliado (Bolivia y Chile) se constituyó en la primera subregión organizada institucionalmente que formalmente es parte de este Tratado. El MERCOSUR pasó a ser la primera subregión donde los ensayos nucleares están prohibidos. Las delegaciones que participaron en el Primer Prepcom de la Conferencia de Revisión del TNP del 2005, realizada en abril del 2002 en Nueva York, reiteraron la importancia de observar una moratoria de las explosiones de armas nucleares o de cualquier otra explosión nuclear hasta la entrada en vigor el CTBT.
ORGANIZACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ENERGÍA NUCLEAR EN
LA PENÍNSULA DE COREA

La Organización para el Desarrollo de la Energía Nuclear en la península de Corea, identificada según sus siglas en inglés: "KEDO" (Korean Peninsula Energy Development Organization), fue creada el 9 de marzo de 1995 por un acuerdo entre los Estados Unidos, Japón y la República de Corea para implementar aspectos del "Acuerdo Marco" que fuera firmado entre los EE.UU. y la República Democrática de Corea en octubre de 1994.
El KEDO constituye un esfuerzo concreto de la comunidad internacional para evitar la proliferación de las armas nucleares y se inscribe en el interés de mantener la paz y la seguridad en la península de Corea.
El propósito principal del KEDO consiste en financiar la construcción de dos reactores de agua liviana en Corea del Norte y proveer provisoriamente una fuente alternativa de energía en la forma de combustible pesado.
El KEDO tiene su sede en Nueva York, está dirigido por un Consejo Ejecutivo y celebra asambleas con la asistencia de sus miembros El 10 de septiembre de 1996 la República Argentina ingresó como miembro pleno al KEDO, participó en la segunda conferencia general de esa organización, realizada en Nueva York entre el 10 y el 12 de septiembre de 1996, y la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) realizó una contribución financiera a dicha organización de US$ 200.000,00. Se espera que este ingreso abra nuevas perspectivas en cuanto a la cooperación en materia de aplicaciones pacíficas de la energía nuclear y en proyectos de alta tecnología. Debe tenerse presente, sin embargo, que la contribución argentina tiene proporciones simbólicas frente a la magnitud total del proyecto (aproximadamente US$ 4.500 millones) y solo acompañan el real esfuerzo financiero asumido por los Estados Unidos, Japón, Corea del Sur y la Unión Europea.
Las posibilidades que ofrece el KEDO han quedado suspendidas ante la denuncia del TNP realizada por la República Popular y Democrática de Corea y su anuncio de que desarrollará un programa de armamentos ZONAS LIBRES DE ARMAS NUCLEARES
Las Zonas Libres de Armas Nucleares (ZLAN) contribuyen significativamente a la paz y seguridad internacionales al cerrar espacios para el uso o amenaza de uso de dichas armas: • ZLAN de América Latina y Caribe, firmada en Tlatelolco el 14 de febrero de 1967, que analizaremos seguidamente en el marco del régimen de no proliferación nuclear regional de América Latina. • ZLAN del Pacífico Sur, firmada en Rarotonga el 6 de agosto de 1985, entró en vigor el 11 de diciembre de 1986.54 • ZLAN del Asia Suboriental, firmada en Bangkok el 15 de diciembre de 1995, aún no entró en vigor.55 • ZLAN de África, firmada en Pelindaba el 11 de abril de 1996, aún no entró en vigor.56 La Conferencia de Revisión del TNP del año 2000 acogió con beneplácito el establecimiento de las ZLAN creadas desde la Conferencia de Revisión de 1995, reconociendo la importancia de estas zonas para el fortalecimiento de la paz y seguridad regional y global, y su contribución al régimen de no proliferación nuclear y para alcanzar los objetivos de desarme. Asimismo, resolvió requerir de los Estados Partes del TNP, particularmente de aquellos con armas nucleares, de los Estados de Oriente Medio y Estados interesados, informar a través de la Secretaría de Naciones Unidas al Presidente de la Conferencia de Revisión del TNP del 2005 respecto de los pasos dados en favor de la promoción de la constitución de una Zona Libre de Armas Nucleares en el Medio Oriente.
La Argentina ha brindado apoyo a su constitución y completa adhesión a las mismas por parte de los Estados de las respectivas regiones y de las potencias nucleares a través de los Protocolos respectivos. También alienta el intercambio de información en materia de proscripción de armas nucleares y no proliferación entre las varias zonas libres de armas nucleares constituidas en el mundo.
Los Estados Partes del TNP han reiterado el valor e importante contribución de las ZLAN en el aumento de la paz global y regional, la seguridad y en favor de la causa de la no proliferación nuclear global. Y destacaron la creación de ZLAN a través de los tratados de Tlatelolco, Rarotonga, Bangkok y Pelindaba como pasos positivos hacia el logro del desarme nuclear global.57 REGÍMENES DE CONTROL DE EXPORTACIONES NUCLEARES
Grupo de Proveedores Nucleares
El Grupo de Proveedores Nucleares, comúnmente l amado por sus siglas en inglés "NSG" (Nuclear Suppliers Group), es un acuerdo informal de 34 Estados que aceptaron un cuerpo de directrices con las que regulan sus exportaciones de materiales nucleares. La Misión de Japón en Viena actúa como su "Punto de Contacto".
El grupo cuenta entre sus miembros a los países más adelantados en el campo nuclear, y su objetivo es asegurar que la energía nuclear sea utilizada con fines pacíficos y que la transferencia de tecnología relativa a la misma no contribuya directa ni indirectamente a la proliferación de las armas nucleares.
El grupo procura que todos los Estados adhieran a los parámetros acordados sobre control de exportaciones, incluido el requisito de exigir al país que recibe tecnologías en el campo nuclear que tenga salvaguardias completas con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OEIA) como una condición previa para el suministro.
La Argentina es miembro del NSG desde 1994, habiendo participado como observador durante 1993; en el ámbito interno, las directrices del grupo fueron incorporadas al Decreto 603/92, que regula las exportaciones sensitivas y de uso dual.
Desde la sesión plenaria del NSG realizada en Buenos Aires (1996) hasta la sesión plenaria en Ottawa (1997), la Argentina estuvo a cargo de la Presidencia del Grupo (NSG). En este período se incorporaron al Grupo la República de Corea, Ucrania y Brasil. Cabe destacar la importancia que ello reviste para la consolidación del régimen del NSG, por tratarse de tres países con alto desarrollo nuclear y pertenecientes a distintas regiones A su vez, luego de años de deliberaciones sobre la cuestión de los criterios de aplicación para analizar la incorporación de nuevos miembros, en la sesión plenaria de 1996 (Presidencia de la Argentina) se aprobó el informe del Grupo de Trabajo respectivo, que contiene en su anexo la lista de los criterios que se toman en cuenta para analizar toda solicitud de incorporación al Grupo o para participar como observador en las reuniones Esta decisión tiene una especial relevancia en momentos en que el NSG ha decidido encarar el tema de la transparencia en materia de controles de exportación. Precisamente, el que se encuentren formulados por escrito los criterios que el grupo sigue en materia de admisión de miembros y de observadores constituye un punto esencial del análisis en cuanto a la transparencia y deja completamente aclarado que estas herramientas no se adoptan para discriminar o impedir el desarrollo técnico sino, por el contrario, ellas resultan necesarias para asegurar que las tecnologías de uso dual sean utilizadas con fines pacíficos.
El Comité Zangger, o Comité de Exportadores Nucleares, es un grupo informal de países que acordó una lista de bienes sobre los cuales, en caso de ser exportados a un país no poseedor de armas nucleares que no sea parte del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), se aplicarán las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA).
Este Comité se formó en 1971 bajo la presidencia de Claude Zangger (Suiza) con el propósito de redactar una "lista gatillo" de: a) materiales básicos y materiales fisionables especiales y b) equipamiento o materiales diseñados o preparados especialmente para procesar, usar o producir materiales fisionables especiales, los cuales, en virtud del Artículo III.2 TNP, deben estar sujetos a salvaguardias del OIEA si son transferidos por Estados Partes del TNP a Estados no poseedores de armas nucleares que no sean Partes de dicho Tratado. En suma, el Comité es un foro técnico que cumple el papel de intérprete del artículo III (2) del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP).
En 1974 el Comité llegó a un consenso sobre las directrices básicas, las que se han ido actualizando periódicamente. Las directrices son publicadas por el OIEA en el documento INFCIRC.209/Rev1./Mod.3.
El Comité se reúne en Viena dos veces el año, en mayo y octubre. Son encuentros informales y confidenciales. Los miembros también intercambian informes anuales en abril detallando las exportaciones y las licencias de exportación extendidas a países no poseedores de armas nucleares que no son Partes del TNP.58 La Argentina se incorporó como miembro pleno al Comité Zangger el 1.° de junio de 1995, pocos meses después de adherir al TNP.
El Comité de Coordinación para el control multilateral de exportaciones, llamado por sus siglas "COCOM", fue creado a fines de 1949 y disuelto a fines de marzo de 1994.
El COCOM era un régimen informal que establecía medidas de restricción de exportaciones que en caso de ser desviadas pudiesen contribuir de modo significativo al potencial militar y a la proliferación de armamentos, creando inestabilidad y tensión internacional. La preocupación histórica detrás de la creación de este foro estaba centrada en evitar contribuir con el aumento del poder militar de los países del Pacto Contaba con 17 miembros, todos los países de la OTAN, salvo Islandia, Japón y Australia. Cubría tres listados de control: a) material de guerra, b) de energía atómica y c) productos industriales de uso dual.
Con el fin de la Guerra Fría, a raíz de los cambios en la situación internacional en materia de política de seguridad, se comenzó a brindar ayuda a los países de Europa oriental con el propósito de frenar la proliferación de tecnología militar y la fuga de cerebros. Los Estados miembros del COCOM acordaron iniciar negociaciones para instaurar un nuevo régimen.
En la cumbre de Vancouver del 4 de abril de 1993, EE.UU. y Rusia acordaron trabajar en conjunto para remover los obstáculos que impedían el acceso ruso al mercado global de alta tecnología y servicios. Asimismo, coincidieron en la necesidad de cooperar en materia de no proliferación de misiles y tecnología misilística. Desde 1993 hasta 1996 se negoció el "nuevo foro" del que formaron parte Nueva Zelandia y los cinco Estados neutrales de Europa: Irlanda, Austria, Suecia, Finlandia y Suiza.
Asimismo, se estableció que Rusia y los Estados de Europa Central y Oriental debían ser admitidos en las negociaciones, y que en principio podrían participar de este foro todos los países productores de armas convencionales o de bienes de doble uso que lleven una política coherente de no proliferación y que dispongan de un sistema nacional eficaz de control de exportaciones.
En septiembre de 1995 se incorporaron la Federación Rusa, la República Checa, Hungría, Polonia y la República Eslovaca.59 Los días 11 y 12 de julio de 1996 se estableció el Acuerdo Wassenaar sobre Control de Exportaciones para Armas Convencionales y Mercaderías y Tecnologías de Uso Dual.60 El propósito del Acuerdo, reflejado en los "Elementos Iniciales", es contribuir a la seguridad regional e internacional a través de: • promover la transparencia y una mayor responsabilidad respecto de las transferencias de armas convencionales y mercaderías y tecnologías de uso dual, a fin de prevenir las acumulaciones desestabilizantes; • impedir a través de políticas nacionales que las transferencias de estos ítems no contribuyan al desarrollo o fortalecimiento de las capacidades militares que minan estos objetivos y que no sean desviadas para apoyar estas capacidades; • completar y reforzar sin duplicación los regímenes de control de armas de destrucción masiva y sus sistemas de lanzadores existentes, así como otras medidas reconocidas internacionalmente y diseñadas para promover transparencia y mayor responsabilidad, focalizados en las amenazas a la paz y la seguridad regionales e internacionales que pueden surgir de las transferencias de armas convencionales y mercaderías y tecnologías de uso dual, allí donde los riesgos sean juzgados como mayores; y • reforzar la cooperación para prevenir la adquisición de armamentos y de ítems sensitivos de uso dual para usuarios finales militares si la situación en una región o el comportamiento de un Estado es, o se convierte, en causa de seria preocupación para los Estados Este Acuerdo no está dirigido contra un Estado en particular o grupo de Estados y no impide las transacciones civiles de buena fe. Tampoco interfiere en el derecho de los Estados de adquirir medios legítimos con los cuales defenderse conforme el artículo 51 de la Carta de las Naciones Anualmente se realiza un plenario y se reúne el grupo de Trabajo General en el que se lleva a cabo un intercambio de información y se analizan los riesgos de proliferación existentes y los problemas administrativos del régimen. Se realizan reuniones periódicas a nivel de Grupo de expertos sobre listas para estudiar y elevar al plenario las posibles modificaciones a los listados de control basadas en adelantos tecnológicos o consideraciones de otro tipo que aconsejen la variación. El Grupo realiza recomendaciones al Plenario, como la consideración con especial preocupación que los miembros del Grupo deben prestar a la prevención del acceso a las armas por parte de los terroristas.
La Argentina es miembro del llamado "Wassenaar Arrangement" desde el 2 de abril de 1996. La admisión de la Argentina al Wassenaar es un reconocimiento a la política en materia de no proliferación y a la existencia de importantes desarrol os tecnológicos propios de este país. Los elementos sujetos a control del Wassenaar han sido incorporados al régimen del control transferencias sensitivas, de uso dual y Material Bélico a cargo de la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico establecida por el Decreto 603/92.61 RÉGIMEN DE CONTROL DE EXPORTACIONES EN LA ARGENTINA
Tradicionalmente la República Argentina mantuvo un control de las ventas de armamentos desde 1941. La ley 12.709, promulgada el 9 de octubre de 1941, creó la Dirección General de Fabricaciones Militares y trató aspectos referidos a la instalación, funcionamiento y autorización de exportación de material bélico y militar. El artículo 34 de dicha Ley señala que :"El Estado tiene el monopolio de la exportación de las armas, municiones y material de guerra. El Poder Ejecutivo, en acuerdo de ministros, podrá autorizar excepcionalmente la exportación de armas, municiones y material de guerra por un valor no mayor de 500.000 pesos a un mismo país por año. En cada caso el Poder Ejecutivo dará cuenta al Congreso de la operación autorizada. Cuando el valor de los materiales a exportar exceda de aquella cantidad, será necesaria la autorización expresa del Congreso".62 A partir de la ley 20.010 se produce un cambio, pasándose de un sistema que priorizaba el mercado interno a un sistema exportador. Se sustituyen los artículos 27 y 34 de la ley 12.709, quedando redactado el primer párrafo del Art. 34 de la siguiente manera: "La exportación de las armas y municiones calificadas como de guerra y otros materiales de carácter esencialmente militar a que hace referencia el primer párrafo del artículo 27 será autorizada por el Poder Ejecutivo Nacional. Cuando el valor de los materiales exportados a un mismo país por año , exceda el valor de 30.000 argentinos oro, el Poder Ejecutivo dará cuenta al Honorable Congreso de la Nación de la operación autorizada. La propuesta respectiva será del Ministerio de Defensa con la intervención de los ministerios de Relaciones Exteriores y Culto y de Comercio".
Con el objeto de reglamentar el sistema de control de exportaciones (Art. 34 de la ley 20.010), por el Decreto 1097 del 14 de junio de 1985 se creó "la Comisión de Coordinación de Políticas de Exportación de Material Bélico, determinando su intervención obligatoria con carácter de previo a la iniciación de cualquier negociación tendiente a la exportación de dicho material". La misma queda integrada por los Ministerios de Defensa, de Economía y de Relaciones Exteriores, siendo sus representantes titularizados en el ámbito de Secretarios de Estado. Por el Decreto 2697 del 20 de diciembre de 1991 se establece que la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa tiene a su cargo la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Coordinación de Políticas de Exportación de Material Bélico.
Por Decreto 603 del 9 de abril de 1992 se creó la "Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico", que reemplazó a la Comisión de Coordinación de Políticas de Exportación de Material El Régimen de Control del Decreto 603/92
Por el Decreto 603 se controlan las transferencias de materiales, equipos, tecnologías, asistencia técnica y/o servicios de naturaleza nuclear, química, bacteriológica o misilística.63 La Comisión creada por el Decreto 603 está integrada por los representantes de los Ministerios de Defensa, de Relaciones Exteriores y Culto, y de Economía y Obras y Servicios Públicos y por un funcionario de los Organismos Técnicos competentes en cada caso: la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), en lo relativo a exportaciones nucleares; la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE), en lo relativo a exportaciones de tecnología misilística; y el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas de las Fuerzas Armadas (CITEFA), en lo relativo a exportaciones de substancias químicas y bacteriológicas.
El Decreto N.° 1291/93, modificatorio del Decreto N.° 603/92, otorga a la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico la facultad de otorgar "Certificados de Importación".64 A su vez, el Decreto 1291/93 establece un mecanismo administrativo más ágil para la actualización periódica de las listas de productos sujetos al control de la Comisión, otorgando la facultad a los Ministerios que la integran (Defensa, Cancillería y Economía) de modificar los anexos (listados) a través del dictado de Resoluciones Conjuntas.
De conformidad a lo precedentemente expuesto, el control de las transferencias es ejercido a través de la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico mediante la intervención obligatoria, con carácter previo, sobre las exportaciones e importaciones que requieren, según corresponda, de una "Licencia de Exportación" o "Certificado de Importación".65 Están prohibidas las exportaciones de materiales, equipos, tecnología, asistencia técnica y/o servicios vinculados con la conversión y el enriquecimiento de uranio, el reprocesamiento de combustible, la producción de agua pesada y la fabricación de plutonio. Exportaciones, reexportaciones o transferencias que puedan contribuir en cualquier grado al desarrollo de misiles.66 Exportaciones, reexportaciones o transferencias de substancias comprendidas en el Anexo B, que en su mayor parte se trata de precursores de armas químicas o bacteriológicas, si existiere la presunción de que las mismas serán destinadas a la producción de armas de destrucción en El Decreto condiciona las siguientes operaciones Exportación de reactores y uranio enriquecido o de tecnología vinculada con ellos, y la asistencia técnica nuclear y exportación de ciertos productos no nucleares que potencialmente podrían tener utilidad para desarrollos nucleares no pacíficos. En tal sentido condiciona a que esté en vigor un acuerdo bilateral de cooperación nuclear con fines pacíficos con el país involucrado, que además deberá: a) ser parte de un acuerdo de salvaguardias completas con el OIEA; b) comprometerse expresamente a no usar el material exportado por la República Argentina para fines relacionados con explosivos nucleares; c) adoptar normas de seguridad idóneas para el material exportado; y d) comprometerse a solicitar el consentimiento del Gobierno Argentino, previo a la transferencia del material exportado o derivado de este último o al reprocesamiento de dicho material.
Asimismo, establece expresamente que la Comisión debe evaluar cada solicitud de licencia, teniendo en cuenta el firme compromiso argentino con la no proliferación y los criterios internacionales existentes; así como la coordinación de la política nacional en la materia con otros países productores de los elementos incluidos en el Decreto, a fin de contribuir al establecimiento de un sistema internacional efectivo de control sobre las exportaciones vinculadas con armas de destrucción.
El Decreto 603 dispone que la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico deberá cuatrimestralmente informar al Congreso de la Nación sobre las licencias otorgadas o El 30 de mayo del 2000, por Decreto 427/00 el Poder Ejecutivo incorporó dos nuevos Anexos al Régimen de Control del Decreto 603 para el material de uso dual y sensitivo y armamento convencional consignado en los listados del régimen de Wassenaar.68 La Autoridad Nacional para las Armas Químicas (ANCAQ) realiza un monitoreo sobre exportaciones de precursores químicos dado que tiene a su cargo la presentación de declaraciones anuales ante la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), de conformidad con las atribuciones otorgadas por Decreto 920 del año 1997.
En síntesis, la legislación argentina ha incorporado los controles estipulados por los más importantes regímenes de control existentes en el contexto internacional: MTCR, Grupo Australia, Grupo de Países Proveedores Nucleares (NSG) y Wassenaar.
Dichos controles nacionales responden al compromiso político en favor de la no proliferación de armas de destrucción masiva y el control de armamentos sustentado por la República Argentina.
CAPÍTULO 3
NO PROLIFERACIÓN REGIONAL: AMÉRICA LATINA
TRATADO DE TLATELOLCO
Una tendencia constante hacia la eliminación gradual de las armas nucleares no resultaría armoniosa si no se integran los actores regionales con desarrol os nucleares relevantes en este proceso de aumentar la seguridad a escala mundial.
Con la Crisis de los misiles cubanos en 1962, la posibilidad de que los avatares de la relación entre Washington y Moscú convirtieran a América Latina en un lugar de emplazamiento de armas nucleares, a fines de disuasión, no pertenecía ya al terreno de la ciencia-ficción.
Es el pronunciamiento conjunto de los presidentes Paz Estenssoro (Bolivia), Goulart (Brasil), Alessandri (Chile), Arosemena (Ecuador) y López Mateos (México), el 29 de abril de 1963, el que marca el primer hito en cuanto a la regulación regional frente a las armas nucleares. Su "Declaración sobre la Desnuclearización de la América Latina" es endosada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 1911 Una reunión preliminar y cuatro períodos de sesiones de una Comisión Preparatoria —COPREDAL— transitan desde el 23 de noviembre de 1964 hasta el 14 de febrero de 1967, cuando el Tratado para la prohibición de las armas nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco) fue firmado en Ciudad de México. Entró en vigencia el 22 de abril de 1968 y fue enmendado en 1990, 1991 y 1992.69 Una lectura actual del Tratado de Tlatelolco no puede ni debe estar ajena a los acontecimientos sucedidos en los últimos años. Es por eso que se deben resaltar los aspectos positivos del mismo, que se enmarcan en los esfuerzos de la comunidad internacional por evitar la proliferación y, más aún, por lograr la desaparición total de las armas nucleares.
El Tratado de Tlatelolco tiene por objeto la creación de una Zona Desnuclearizada en América Latina, cuyos límites vienen determinados en el texto del mismo (Art. 4, párrafo 2). De este modo, Centro y Sudamérica se convierten en la primera Zona Desnuclearizada con mayor densidad poblacional del mundo.70 En su articulado deja establecido el principio general de proscripción de la producción, almacenamiento, introducción o emplazamiento de armas nucleares en la región, quedando formalmente a salvo el derecho de los países de la misma al desarrol o pacífico de los usos de la energía Tlatelolco no es solamente un instrumento para la no proliferación horizontal de armas nucleares, ya que además de impedir a las partes su construcción, tenencia o utilización, impone taxativamente a todos sus miembros un régimen de ausencia total, absoluta y permanente de armas nucleares en la zona de aplicación.71 Además, otro aspecto importante del Tratado de Tlatelolco estriba en el hecho de que prohíbe que se estacionen armas nucleares en los territorios de los países miembros y, en virtud del Protocolo Adicional I, en aquel os territorios que se encuentran bajo la jurisdicción de los Estados extrarregionales, entre los que se cuentan las naciones que poseen armamento nuclear.72 A diferencia del Tratado de No Proliferación (TNP), Tlatelolco, en su artículo 5, introduce la definición de "arma nuclear", estableciendo que por ella se entiende "todo artefacto que sea susceptible de liberar energía nuclear en forma no controlada y que tenga un conjunto de características propias del empleo con fines bélicos. El instrumento que pueda utilizarse para el transporte o la propulsión del artefacto no queda comprendido en esta definición si es separable del artefacto y no parte indivisible del Establece un sistema de control compuesto por varios mecanismos de verificación del cumplimiento de ese principio. Al respecto, el artículo 13 establece que cada Parte negociará acuerdos con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) para la aplicación de salvaguardias a sus actividades nucleares. Los acuerdos de Salvaguardias suscriptos en virtud de los dispuesto en el artículo 13 se basan en el modelo de salvaguardias del TNP (es decir, en la INFCIRC/153 del OIEA), alegándose al respecto que la mayoría de los Estados Partes de Tlatelolco también lo son del TNP. Dichos acuerdos prohíben la realización de explosiones Las partes contratantes se comprometen a: utilizar exclusivamente con fines pacíficos todo el material e instalaciones nucleares sometidos a su jurisdicción (Art. 1); renunciar a toda forma de adquisición o posesión de toda arma nuclear; abstenerse de fomentar, realizar o autorizar, directa o indirectamente, cualquier ensayo, uso, fabricación, dominio o posesión de toda arma nuclear; someterse a un Sistema de Control destinado a verificar que todos los artefactos, servicios e instalaciones sean destinados exclusivamente al uso pacífico de la energía nuclear, que consiste en: negociar acuerdos de Salvaguardias con el Organismo Internacional de Energía Atómica, bilaterales o multilaterales, para su efectivización; informar al OPANAL y al OIEA en relación con la materia objeto del Tratado; enviar al OPANAL información suplementaria o complementaria que le fuera requerida respecto de cualquier hecho extraordinario que afecte el cumplimiento del Tratado; y a recibir inspecciones especiales del OIEA, según el procedimiento establecido.
Otras características esenciales del Tratado de Tlatelolco resultan del complejo mecanismo de entrada en vigor, que incluye varios requisitos, como la ratificación por parte de todos los países latinoamericanos, la ratificación de ambos protocolos por los países que corresponda en cada caso y la celebración de acuerdos de salvaguardias por las partes y los firmantes del Protocolo I con el OIEA. El artículo 28 establece la dispensa total o parcial de estos requisitos para que el Tratado entre en vigencia.73 El Tratado posee dos Protocolos a ser suscriptos por países extrarregionales. Por el Protocolo adicional I, los Estados (Francia, Reino Unido, Holanda y Estados Unidos) con jurisdicción sobre territorios ubicados dentro de la zona definida por el Tratado se comprometen a respetar el compromiso básico establecido por el Acuerdo. El Protocolo I debía ser firmado por los Estados extracontinentales o continentales con intereses de iure o de facto sobre territorios dentro del ámbito de aplicación del Tratado, comprometiéndose a respetar las obligaciones del mismo en dichos territorios. De acuerdo al Protocolo Adicional II, se dirige a obtener la observancia del estatuto de desnuclearización por las potencias poseedoras de armas nucleares, las que se obligan a no contribuir a que se produzcan violaciones del mismo y a no atacar o amenazar con armamento atómico a las Partes del Tratado. El Protocolo I ha sido ratificado por Gran Bretaña, los Países Bajos y Estados Unidos, y firmado por Francia, mientras que las cinco potencias nucleares son partes del Protocolo II.
El artículo 27 (aplicable al segundo Protocolo) prohíbe la formulación de reservas. Sin embargo, pueden considerarse como tales las declaraciones interpretativas de Gran Bretaña, Estados Unidos y Rusia. Estas declaraciones interpretativas formulan excepciones al compromiso asumido por dichas potencias en el no uso de armas nucleares en el marco del Tlatelolco, cuando: se presentan supuestos de legítima defensa o hay vínculos o alianzas de alguno de los miembros de Tlatelolco con países poseedores de armas nucleares. A su vez, Gran Bretaña, Francia, Estados Unidos y Rusia han interpretado que el tratado prohíbe las explosiones nucleares pacíficas, cuando en realidad el artículo 18 las permite expresamente. La posición de las cinco potencias constituyó una de las principales dificultades que encontró el Tratado y dichas declaraciones interpretativas de las potencias nucleares se consideraron como reservas prohibidas expresamente por él, estableciendo por otra parte distinciones a nivel de responsabilidades entre sus miembros. Ambas situaciones ponían en jaque el principio de igualdad de los Estados miembros originarios. A partir de 1991, por impulso de la Argentina y Brasil, al que se sumó Chile, se promovieron una serie de reformas al Tratado de Tlatelolco, con el objeto de actualizarlo y hacerlo realmente efectivo para toda la región.
El 26 de agosto de 1992 esas enmiendas fueron aprobadas y firmadas por los Estados Partes en Ciudad de México, durante el VII Período Extraordinario de Sesiones de la Conferencia General del OPANAL, organismo de aplicación del Tratado.74 Tlatelolco ha sido suscripto por todos los países de América Latina y el Caribe con la sola excepción de Guyana. No obstante, se estima que el gobierno de Guyana se incorporará próximamente.75 De los 31 Estados que lo han suscripto, habiendo realizado la ratificación del Tratado y presentado las dispensas correspondientes establecidas en el párrafo 2 de su artículo 28, se encuentra plenamente vigente para 27 Estados de la comunidad regional. Belice, San Kitts y Nevis y Santa Lucía han suscripto el Tratado y se encuentran en un decidido proceso para alcanzar su ratificación y consecuente presentación de las dispensas. Brasil ingresó con fecha 16.09.94 y Cuba con fecha 29.08.94 lo suscribió y ratificó el 23 de octubre Con el depósito de los instrumentos de ratificación por parte de Cuba, entra plenamente en vigor el área de aplicación del tratado de Tlatelolco que dispone el artículo 4 de ese instrumento y se completa por tanto el establecimiento de la primera zona habitada libre de armas nucleares del planeta que comprende, en la práctica, la región geográfica que va del Río Grande a la Patagonia.76 ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN
LA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (OPANAL)

Con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Tratado de Tlatelolco (arts. 1 y 7), las Partes contratantes establecieron un organismo internacional denominado "Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe", conocido por sus siglas "OPANAL", con sede en México.
El Organismo tiene a su cargo la celebración de consultas periódicas o extraordinarias entre los Estados Miembros en todo cuanto se relacione con los propósitos, las medidas y los procedimientos determinados en dicho Tratado y la supervisión del cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. Sus decisiones sólo tienen efectos sobre las Partes contratantes.77 La importancia del OPANAL radica en su contribución para avanzar en los objetivos del Tratado de Tlatelolco y a desarrollar una conciencia latinoamericana crecientemente identificada con la no proliferación. La experiencia de OPANAL en establecer y administrar un acuerdo sobre una zona libre de armas nucleares está colmada de enseñanzas que pueden ser aplicadas a otras situaciones regionales. En este sentido, la Argentina valora los contactos a nivel político que OPANAL lleva adelante con otras zonas libres de armas nucleares.78 La idea de una red del Hemisferio Sur que una las zonas libres de armas nucleares de América Latina y próximamente las de África fue aprobada por amplia mayoría durante la 49.a Asamblea General de las Naciones Unidas.79 Algunos de los miembros del Tlatelolco han manifestado el deseo de que OPANAL ocupe un importante papel en cuanto a brindar ayuda para la planificación y sistematización de los esfuerzos latinoamericanos hacia el logro de una completa y efectiva así como pacífica utilización de la energía nuclear en todas las naciones de América Latina, en consonancia con la letra del prefacio del Tratado. En tal sentido, durante la Conferencia General del OPANAL, celebrada en Viña del Mar (Chile) en marzo de 1995, México y Chile presentaron un documento señalando que existe un interés creciente por fortalecer ese organismo como único foro regional para la promoción de la utilización de la energía nuclear con fines pacíficos.
Y la Conferencia Extraordinaria del OPANAL, celebrada en México el 5 de diciembre del mismo año, decidió crear un Grupo de Trabajo ad hoc para tratar este tema.
Si bien el fortalecimiento institucional del OPANAL es un objetivo que no merece observaciones por parte de los Estados miembros, la Argentina y Brasil, países con los desarrol os nucleares más importantes de la región, no estiman conveniente la atribución de más funciones que aquellas ya previstas en la letra del Tratado de Tlatelolco. En tal sentido, consideran que la posibilidad de que OPANAL se involucre en cuestiones sobre la cooperación técnica no está prevista en el Tratado de Tlatelolco.80 La cooperación nuclear en América Latina se ha venido desarrollando a través del Acuerdo y Programa Intergubernamental para el desarrollo de la Ciencia y Tecnología Nuclear en América Latina (ARCAL), que es coordinado y cuenta con el apoyo institucional (patrocinio), logístico y financiero del OIEA. Cabe consignar que existen además varios acuerdos bilaterales sobre cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear entre varios países de la región Las cuestiones vinculadas al transporte de material radioactivo, la prevención de la contaminación radioactiva al medio ambiente marino, la seguridad de las instalaciones nucleares, etc., son objeto de una legítima preocupación por parte de los miembros del Tratado de Tlatelolco. No obstante ello, estos temas son objeto de tratamiento y —en varios casos— de normativas específicas adoptadas en el ámbito de los foros internacionales con competencia técnica en dichas temáticas, concretamente OIEA y OMI. Respecto del control sobre la producción del material fisionable, existe consenso para iniciar negociaciones acerca de una convención sobre la prohibición de la producción de material fisionable para armas nucleares ("FMCT" o "Cut-Off Treaty") en el ámbito de la Conferencia de Desarme.
RÉGIMEN DE NO PROLIFERACIÓN SUBREGIONAL
Si nos tenemos que referir a la situación particular de la subregión Cuenca del Plata, sin duda los principales acontecimientos en materia nuclear se vinculan a la relación mantenida por los dos países de mayor desarrollo nuclear en Latinoamérica: la Argentina y Brasil.81 Ambos países se encontraron en una situación de "distanciamiento" respecto a las tendencias generales que se registraban con los Tratados de Tlatelolco y el TNP.
Dichas tendencias, impulsadas por los EE.UU. y otros países con capacidades nucleares, fueron percibidas por la Argentina y Brasil como un sistema monopólico, cartelizado a partir de 1975 con la constitución informal del Club de Londres, cuyo objetivo era "ejercer el más severo control sobre la tecnología nuclear en todo el mundo, regulando estrictamente la producción y el comercio de bienes y servicios nucleares no sólo para hipotéticos fines bélicos sino fundamentalmente para concretas y pacíficas aplicaciones comerciales".82 Si bien los primeros pasos en la dirección hacia un proceso gradual de entendimiento de ambos países en el campo nuclear fueron iniciados por ambos gobiernos militares, seguido en 1979 por un importante acuerdo estableciendo el marco para la resolución de los problemas en las áreas del Río de la Plata, las oportunidades mutuas y las afinidades entre ambos países fueron identificadas y exploradas desde los años 80, lo que permitió un trabajo conjunto entre ambos países que dio por resultado la conformación de un gran proyecto movilizador e integrador de ambas sociedades, cuyo ejemplo más simbólico es el MERCOSUR. Este proyecto tuvo su sustento e impulso en el valor fundamental de la confianza mutua y, en tal sentido, los entendimientos logrados en el campo de la Cooperación Nuclear han cumplido un gran servicio en favor de la recuperación y el fortalecimiento de dicha confianza entre Brasil y la Dicho proceso comenzó a mediados de la década del 80, cuando ambos países adoptaron la trascendente decisión de asegurarse mutuamente y tambien a la comunidad internacional que sus políticas nucleares tenían objetivos exclusivamente pacíficos. Esta era la primera vez que dos partes sospechosas de estar participando en una carrera nuclear concordaron en cooperar entre sí. Este primer paso fue de una gran trascendencia ante las tradicionales percepciones de rivalidad entre ambos países, aliviando un foco la tensión regional y aumentando las posibilidades de desarrol o nuclear de cada país. La aproximación de Brasil y Argentina invirtió el signo de las relaciones bilaterales, que dejaron de constituir un factor de incertidumbre para el equilibrio estratégico de América del Sur y pasaron a ser lo contrario: una garantía de paz y estabilidad para la región. Se eliminaron progresivamente los factores que despertaban suspicacia recíproca que minaban la relación bilateral. Por la vía de la cooperación, precisamente en el área donde las sospechas podían resultar más nocivas —la nuclear—, resultó posible evitar que el dominio del ciclo completo de combustible nuclear fuera percibido equivocadamente y se tornara en riesgo mutuo. De la desconfianza producto del desconocimiento se pasó a la confianza basada en la Significativamente, la declaración de Brasil y la Argentina formulada por ambos países consigna que la cooperación bilateral en el campo de los usos pacíficos de la energía nuclear permitirá a los dos países enfrentar en mejores condiciones las crecientes dificultades encontradas en el suplemento a nivel internacional de equipamientos y materiales nucleares.
También se llegó a un acuerdo respecto a la conveniencia de coordinar posiciones en materia de las respectivas políticas nucleares sostenidas en el ámbito de los foros internacionales.84 Entre 1983 y 1989, en el marco de una política de amplio consenso nacional, se fortalece la confianza mutua respecto de los usos pacíficos de los respectivos programas nucleares a través de la adopción y puesta en práctica de una serie de importantes medidas tendientes a profundizar el desarrollo científico, tecnológico y económico de ambos pueblos.
Por la Declaración Conjunta de Política Nuclear de Foz de Iguazú de 1985, firmada por los presidentes Sarney y Alfonsín, ambos países se comprometen a desarrollar la energía nuclear sólo con fines pacíficos y se reafirma la voluntad de colaboración en ese campo. Esta cooperación nuclear fue abierta a todos los países latinoamericanos que deseen participar con los mismos objetivos de desarrollar con fines pacíficos y con el propósito de cooperar en todos los campos de la aplicación pacífica de la energía nuclear.85 La iniciativa de 1985 reflejó claramente que ambos países poseedores del mayor desarrollo nuclear en América Latina aspiraban en el largo plazo a desempeñar un liderazgo nuclear conjunto en lugar de competir por una hegemonía regional, lo que ha permitido reforzar la percepción de interdependencia y coordinación que marca las relaciones diplomáticas bilaterales desde el retorno de ambos países al sistema democrático.
Las declaraciones presidenciales firmadas en Brasilia (1986) y Viedma (1987) reafirman la voluntad de ambos gobiernos para superar los obstáculos que el proceso de cooperación nuclear pudiera plantear, así como demostrar la transparencia del mismo frente a otros actores internacionales. Asimismo, resuelven intensificar el intercambio de visitas técnicas a las instalaciones nucleares y fortalecer la coordinación de posiciones políticas en el ámbito internacional para la defensa de los intereses comunes y preservar a la región del riesgo eventual de introducción de armas nucleares.
La visita del Presidente de la República Federativa del Brasil a la planta de enriquecimiento de Pilcaniyeu (1987–Argentina), la visita del Presidente de la República Argentina a la inauguración de la planta de enriquecimiento de uranio de Iperó (Brasil–1988) y la visita del Presidente del Brasil a la planta de reprocesamiento de Ezeiza (1988–Argentina) constituyeron hitos en la relación bilateral que consolidaron la confianza mutua, la transparencia de los programas nucleares, el compromiso común en favor de la no proliferación y afianzaron la percepción de confianza internacional respecto al uso pacífico de las instalaciones nucleares de ambos países.
En el marco de ambas visitas se formularon declaraciones presidenciales que reafirman la plena coincidencia de ambos países en las principales cuestiones internacionales en materia nuclear (Declaración de Iperó, del 8 de abril de 1988) y se manifiesta la decisión de encarar un proyecto conjunto en materia de reactores reproductores rápidos, constituyendo el caso único de colaboración técnico-científica entre naciones en desarrollo (Declaración de Ezeiza, del 29 de noviembre de 1988). Ambas declaraciones fueron presentadas en las reuniones del OIEA, OPANAL y en todos los foros internacionales relacionados con el tema en cuestión a efectos de mostrar la profundidad alcanzada en materia de cooperación nuclear y a fin de evidenciar el grado de transparencia de los objetivos pacíficos de sus programas nucleares.
Las Declaraciones Presidenciales sobre Política Nuclear fueron registrando los avances logrados y estableciendo los mecanismos para llevar a la práctica los objetivos señalados por los gobiernos sobre los programas nucleares. La creación del Comité Permanente Argentino-Brasileño de Política Nuclear (año 1988) significó contar con un mecanismo político- técnico encargado de la consulta y la gestión del proceso de cooperación nuclear bilateral. Cabe reafirmar que dicho Comité, en este período tan importante en lo que a la política nuclear de ambos países se refiere, ha servido al fortalecimiento de la confianza mutua y de pilar fundacional de la integración de la subregión.
Este acercamiento en el campo de los usos pacíficos de la energía nuclear, producto del esfuerzo común de una década, se consolidó en la Declaración sobre Política Nuclear Común Argentino-Brasileña firmada el 28 de noviembre de 1990 en Foz de Iguazú. Esta Declaración, instrumento trascendental para la historia nuclear de América Latina y el fortalecimiento de la confianza y la seguridad en la región, sentó las bases para la institucionalización de la cooperación nuclear entre ambos países y anunció la aproximación de ambos países a las estructuras del régimen internacional de no proliferación nuclear.
La Declaración de Foz de Iguazú de 1990 prevé una serie de decisiones en el campo nuclear. Primero, consigna el compromiso de aplicar un Sistema Común de Contabilidad y Control (SCCC) sobre todos los materiales nucleares de todas las instalaciones de ambos países utilizadas para almacenarlos. Segundo, ambos países resolvieron entablar negociaciones con el OIEA para concluir un acuerdo de salvaguardias amplias que asegure una suerte de fiscalización universal del sistema bilateral de contabilidad y control. Y tercero, la adopción de medidas que permitan la total implementación y vigencia del Tratado de Tlatelolco en El establecimiento del SCCC y el anuncio de celebrar un acuerdo de salvaguardias amplias con el OIEA demandaban la creación de una entidad bilateral de aplicación que contara con la idoneidad técnica y la autonomía jurídico-internacional necesaria para asegurar el uso pacífico de los materiales nucleares de ambos países. A tal efecto se creó la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) a través del Acuerdo para el Uso Exclusivamente Pacífico de la Energía Nuclear, llamado "Acuerdo de Guadalajara" (Acuerdo Bilateral), del 18 de julio de 1991, que resuelve abrir las instalaciones nucleares de los firmantes a las inspecciones de la otra parte a través de un sistema de características similares al régimen de salvaguardias del EURATOM.87.
Este "Acuerdo Bilateral" entró en vigor el 12 de diciembre de 1991 establece, entre los dos países y ante la Comunidad Internacional, el compromiso de utilizar exclusivamente para fines pacíficos el material y las instalaciones nucleares sometidas a su jurisdicción y control de Brasil y Argentina. En tal sentido, consigna que las Partes se comprometen "a prohibir e impedir en sus respectivos territorios, así como abstenerse de: a) realizar, fomentar o autorizar, directa o indirectamente, o participar de cualquier manera en el ensayo, uso, fabricación, producción o adquisición, por cualquier medio, de toda arma nuclear; y b) en la recepción, depósito, instalación, colocación o cualquier forma de pose de cualquier arma nuclear". Además, por reconocer que no existe, actualmente, distinción técnica posible entre dispositivos explosivos nucleares para fines pacíficos y los destinados a fines bélicos, los países también se comprometen a renunciar, "mientras persista la referida limitación técnica", a cualquier dispositivo explosivo nuclear.
A partir de su ratificación, el Acuerdo Bilateral constituyó el compromiso de ambos países de renuncia a las armas nucleares. El mismo puede ser visto como un sucedáneo del Tratado de No Proliferación (TNP), ya que el compromiso es prácticamente idéntico al asumido por los países no poseedores de armas nucleares en el artículo II de ese Tratado. La Argentina, Brasil, la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) firmaron, el 13 de diciembre de 1991, un acuerdo de salvaguardias amplias llamado "Acuerdo Cuatripartito".88 El "Acuerdo Cuatripartito" contiene los siguientes compromisos: • Los Estados Partes se comprometen a aceptar la aplicación de salvaguardias a todos los materiales nucleares en todas las actividades nucleares realizadas dentro de sus territorios o en cualquier lugar bajo su jurisdicción o control, con la única finalidad de verificar que estos materiales no se desvían hacia armas nucleares u otros dispositivos • El OIEA tendrá el derecho y la obligación de cerciorarse de que se aplicarán las salvaguardias a todos los materiales nucleares en todas las actividades nucleares de los Estados Partes en cualquier lugar bajo su jurisdicción o control, con la única finalidad de verificar que estos materiales no se desvían hacia fines no autorizados.
• La ABACC se compromete a aplicar sus salvaguardias a los materiales nucleares en todas las actividades afines desarrol adas en los territorios de los Estados Partes y a cooperar con el OIEA.
• El OIEA aplicará sus salvaguardias de forma tal que le permita verificar los resultados del SCCC para comprobar que no existió ningún desvío de material nuclear. Esta verificación del OIEA incluirá, inter alia, mediciones independientes y observaciones de conformidad con los procedimientos especificados en el acuerdo. Durante su verificación, el OIEA considerará debidamente la eficacia técnica del sistema utilizado por la ABACC.
• Los Estados Partes, el OIEA y la ABACC cooperarán para facilitar la aplicación de las salvaguardias establecidas en el acuerdo.
• El OIEA y la ABACC deberán evitar la innecesaria duplicación de las actividades de salvaguardias.
El Acuerdo determina que las salvaguardias previstas deben implementarse de modo que sean preservados los secretos tecnológicos, industriales y comerciales de ambos países.
Al presente, todos los materiales nucleares en todas las actividades análogas del Brasil y la Argentina se encuentran bajo salvaguardias ABACC- OIEA. El esfuerzo de inspección que estas tareas implican obliga a que la coordinación de actividades entre el OIEA y la ABACC sea realmente Por lo tanto, los respectivos programas nucleares son transparentes no sólo para la Argentina y Brasil sino también para el resto del mundo.89 En suma, el compromiso para uso exclusivamente pacífico de la energía nuclear por parte del Brasil y la Argentina quedó establecido en el Acuerdo Bilateral y el Tratado de Tlatelolco. Y el mecanismo de verificación, consignado en el acuerdo Bilateral, es el SCCC, aplicado por las verificaciones internacionales de la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC). A ello se suma la aplicación del OIEA.90 AGENCIA BRASILEÑO-ARGENTINA DE CONTABILIDAD Y CONTROL
DE MATERIALES NUCLEARES (ABACC)

La ABACC tiene su sede en Río de Janeiro. Los órganos de la ABACC son: una Comisión (cuerpo directivo, formado por cuatro miembros, cada Gobierno designa dos ellos) y una Secretaría (cuerpo ejecutivo), que tiene a su cargo la aplicación del Sistema Común de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (SCCC).
El acuerdo entre Brasil y la Argentina otorga a la ABACC el carácter de un Organismo Internacional. Su personal lo integran técnicos civiles de ambos países que cuentan con inmunidades internacionales. Al estar integrada por personal técnico civil de ambos países se ha dado un paso más en el proceso de democratización de los mecanismos y asuntos de seguridad con material altamente sensitivo.91 El Acuerdo Bilateral establece que las instalaciones brasileñas sean inspeccionadas por inspectores argentinos y viceversa. La ABACC actúa independientemente del OIEA, pero coordina sus actividades de contabilidad e inspección con este organismo. Esta maquinaria bilateral cuenta con la confianza de ambas naciones, mientras que la comunidad internacional está respaldada por la relación entre el OIEA y el ABACC establecida a través del acuerdo Cuatripartito entre Argentina, Brasil, la ABACC y el OIEA.
Cualquier anormalidad detectada como resultado de las inspecciones realizadas in situ por personal de la ABACC o a partir de datos registrados en los informes presentados a la ABACC por Brasil o la Argentina debe ser informada por la Secretaría a la Comisión de la ABACC, que podrá requerir del Estado Parte que rectifique la situación en cuestión. El incumplimiento grave del acuerdo dará derecho a la otra Parte a denunciar el Acuerdo o a suspender su aplicación, lo que deberá ser notificado al Secretario General de las Naciones Unidas y al Secretario General de la Organización de Estados Americanos (art. XIX).
Además de las tareas propias de implementación del SCCC, la ABACC participa en numerosos encuentros y seminarios internacionales, y organiza seminarios y cursos para inspectores, operadores de instalaciones, etc.
Asimismo, tiene programas de cooperación con las autoridades nacionales de ambos países, con el Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE) y con el EURATOM y con otros Estados y organismos.
Con poco mas de diez años de existencia, la ABACC ha acumulado una importante experiencia en la aplicación de salvaguardias, ha perfeccionado sus procedimientos y al personal involucrado en sus actividades y ha alcanzado un alto nivel de reconocimiento internacional.
La ABACC ha trabajado incesantemente en mejorar la coordinación de actividades de salvaguardias con el OIEA. La credibilidad y seriedad profesional de la ABACC le han valido para el establecimiento de importantes vínculos de cooperación internacional. La labor del OIEA en materia de salvaguardias integradas ha recibido una particular atención y apoyo de parte de la ABACC. La Agencia binacional trabaja juntamente con Brasil y la Argentina en las actividades realizadas con relación al futuro Protocolo Adicional al Acuerdo Cuatripartito de Salvaguardias.92 La ABACC es producto de decisiones políticas sustentadas en los objetivos estratégicos de nuestras naciones y simboliza el proceso de convergencia en materia nuclear entre Argentina y Brasil. En el campo de la no proliferación, la ABACC es un órgano de control internacional que otorga transparencia a los programas nucleares e inhibe la peligrosidad de las viejas ilusiones hegemónicas en cualquiera de los dos países involucrados. En lo político, dicho mecanismo ha generado confianza mutua que no solo permea de estabilidad a la relación bilateral sino que resulta esencial para el éxito del proceso de integración regional y ha permitido considerar la elaboración de proyectos técnicos comunes y facilitado el acceso a nuevas tecnologías en el área de los usos pacíficos de la energía nuclear.
El Documento Final de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000 señala que los acuerdos de salvaguardias bilaterales y regionales juegan un importante papel en la promoción de la transparencia y la confianza mutua entre estados vecinos y brindan seguridades en materia de no proliferación nuclear. De hecho, las organizaciones regionales de salvaguardias, como la ABACC, han incorporado la ventaja de la proximidad física a los sistemas de control de no proliferación, con mejor conocimiento de la situación de los países en cuestión y un mayor grado de interés del Estado vecino de asegurarse de que no hay armas nucleares en sus alrededores.
El enfoque desarrollado por Argentina y Brasil para elaborar un régimen bilateral de contabilidad e inspección puede tornarse un modelo especialmente atractivo para aquellas naciones que por cualquier motivo que sea rechazan las salvaguardias del OIEA, ya que brinda los medios necesarios para establecer y ampliar la mutua confianza y seguridad, pudiendo conducir en una etapa posterior a un proceso de integración con el régimen internacional de no proliferación.93 En tal sentido, merece consignarse que como una contribución a fin de reducir las tensiones entre la India y Pakistán, la Argentina y Brasil manifestaron ante la Junta de Gobernadores del OIEA el 9 de junio 1998 en Viena que están listos para compartir con esos países su experiencia bilateral en materia de fomento de la confianza y mecanismos de no proliferación de armas nucleares, como la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC). Dicha propuesta fue formalmente ofrecida por carta de los Cancil eres de Brasil y Argentina a sus pares de India y Pakistán el 12 de julio de 1998. Tal como se ha señalado públicamente y se explicitó en la carta que los Cancilleres de ambos países dirigieran a sus pares de la India y Pakistán, las circunstancias de las relaciones argentino-brasileñas son substancialmente diferentes de las que gobiernan las relaciones de aquellos dos países. No obstante ello, se estimó que la experiencia bilateral en materia de no proliferación nuclear podía resultar de utilidad como corolario de la adopción de medidas de fomento de la confianza entre ambos y se decidió ofrecer compartirla con la India y Pakistán.94 Cabe consignar que el proceso de confianza mutua desarrollado por Brasil y la Argentina ha dado pruebas de ser una alternativa apropiada para una efectiva respuesta de los desafíos de todo régimen regional de no proliferación nuclear y podría resultar un modelo de posible aplicación en otras regiones. No obstante, ninguno de sus logros resulta alcanzable si no se cuenta con el compromiso y la voluntad política para concretar su Cabe señalar que el documento final de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000 considera que los acuerdos de salvaguardias bilaterales y regionales podrían ser de utilidad para otras regiones interesadas en la construcción de confianza mutua entre sus Estados miembros y una efectiva contribución para el Régimen de No Proliferación Nuclear.
VERIFICACIÓN REGIONAL: EURATOM Y ABACC
Un paralelo existente entre Argentina y Brasil y los países europeos es la iniciativa de establecer un mercado común que crea la necesidad de una mayor aproximación entre los países integrantes de esa comunidad. El establecimiento de un intercambio económico y técnico privilegiado entre naciones de una región presupone, entre esos países, una mayor confianza mutua, sobre todo cuando ese intercambio incluye el área nuclear. Esa necesidad de establecimiento de confianza en un cuadro de cooperación técnica y económica está en el origen de la EURATOM95.
El SCCC y su aplicación con la ABACC también nació dentro de un cuadro de cooperación técnica y política establecido en el Acuerdo de Cooperación Bilateral en el área nuclear de 1980 y que fue gestado dentro del Comité Permanente, que es el ente de integración técnica y política entre Brasil y Argentina. La confianza entre Brasil y Argentina en el área nuclear fue, por otro lado, condición necesaria para el establecimiento de los acuerdos que originaron el MERCOSUR.96 Hasta la constitución de la ABACC la única agencia regional de aplicación de salvaguardias sobre materiales nucleares era la Comunidad Europea de Energía Atómica o EURATOM, que actúa como la máxima autoridad de las salvaguardias, inclusive la recolección y la verificación de los informes contables enviados a la sede del OIEA. Los inspectores de EURATOM realizan inspecciones de rutina y los inspectores del OIEA no se encuentran presentes durante todas las inspecciones realizadas en las instalaciones de los miembros de la EURATOM, a pesar de que los inspectores del OIEA ejecutan inspecciones de los "puntos estratégicos", tal cual ha sido estipulado en los acuerdos subsidiarios. En ciertas instalaciones sensibles, que involucran el uso de plutonio o uranio enriquecido, los inspectores de la EURATOM y del OIEA trabajan en un equipo de inspección conjunto.97 El Acuerdo Cuatripartito se asemeja e incorpora las mismas responsabilidades equiparables al Acuerdo de Salvaguardias EURATOM- OIEA que se basó en el INFCIRC/153. Salvando diferencias en magnitud y extensión de las actividades del EURATOM (que abarcan la cooperación técnica entre países miembros, la propiedad de plantas nucleares y el control hasta del Yellow Cake regional), las responsabilidades en materia de salvaguardias de la ABACC son similares a las desempeñadas por la EURATOM y cuentan con un procedimiento de inspección comparable al existente entre la EURATOM y el OIEA).98 La EURATOM fue creada en 1957 como parte integrante de la Comunidad Económica Europea (CEE). Sus responsabilidades actuales evolucionaron a través del tiempo (casi 20 años), como resultado de profundas discusiones mantenidas entre sus miembros, así como entre la EURATOM y el OIEA. La ABACC es una nueva creación que resulta del tratado firmado entre Argentina y Brasil. Sus responsabilidades están siendo implantadas con mayor rapidez en comparación con la experiencia de POLÍTICA EXTERIOR ARGENTINA DE NO PROLIFERACIÓN NUCLEAR
En el ámbito del desarme y la no proliferación nuclear, la República Argentina postula el desarme general y completo a fin de alcanzar un mundo libre de armas nucleares y que los beneficios de los usos pacíficos de la energía nuclear se encuentren al alcance de todos. En base a dichos objetivos, la Argentina ha desarrollado una política activa que ha contribuido a dar seguridad a la región.
La Argentina firma el 3 de setiembre de 1971 y ratifica el 21 de marzo de 1983 el tratado sobre la prohibición de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucción masiva en los fondos marinos y sus subsuelos.
Asimismo, la Argentina ratifica en Washington el 31 de octubre de 1986, en Londres el 14 de noviembre de 1986 y en Moscú el 17 de noviembre de 1986 el tratado sobre la prohibición de ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el espacio ultraterrestre y bajo agua (Tratado de Moscú).
La Argentina firmó el Tratado de Tlatelolco en 1967 y lo ratificó en enero de 1994, luego de que se aprobaran una serie de enmiendas que permitieron la entrada en vigencia del Tratado para nuestro país, Brasil y La Argentina accedió al TNP en 1994. Es parte de este Tratado desde febrero de 1995, lo que le permitió intervenir por primera vez en la Conferencia de Extensión celebrada ese año.99 Tambien participó en las sesiones del Comité Preparatorio de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000, de la Conferencia de Revisión del año 2000 y de las sesiones del Comité Preparatorio de la Conferencia de Revisión del TNP del año 2005, celebradas en Nueva York en el 2002 y en Ginebra en el 2003.
Lo más destacado en esta materia ha sido la serie de pasos dados durante más de una década, que resultaron en una política nuclear común con el Brasil, que aun con algunos matices que las distinguen a una de la otra, evidencian un estrecho intercambio informativo, un alto grado de coordinación y consulta en las cuestiones de la agenda política nuclear en los foros multilaterales, se integran ambos en el MERCOSUR y cuentan con la ABACC como mecanismo de verificación que cumple con el fiel objetivo de suministrar transparencia a los programas nucleares y reviste características similares al régimen de salvaguardias universales.
En febrero de 1993, Argentina fue admitida en el Grupo de Países Proveedores Nucleares (NSG) en carácter de observador, en abril de 1994 participa como miembro pleno y en 1996 el plenario del NSG tiene lugar en Buenos Aires, asumiendo la Argentina la presidencia del grupo hasta En la Conferencia General del Korean Energy Development Organization (KEDO) realizada en Nueva York en 1995, la Argentina expresó su apoyo a los objetivos de evitar la proliferación nuclear en la península de Corea, ha realizado una contribución financiera en el año 1996 y participado desde entonces como miembro pleno en las reuniones que realiza esta Organización. La Argentina ingresó como miembro pleno al Comité Zangger (o Comité de Exportaciones Nucleares) el 1.° de junio de 1995. Este Comité es un grupo informal de países que ha acordado una lista de bienes sobre los cuales, en caso de ser exportados a un país no poseedor de armas nucleares que no sea parte del tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), se generará la aplicación de salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA).
Asimismo, la Argentina participó activamente en la consideración del Proyecto de Protocolo Adicional a los Acuerdos de Salvaguardias Amplias.
El texto fue aprobado en el Comité de Redacción a principios de 1997 y considerado por la Junta de Gobernadores del OIEA en mayo del mismo año. Nuestro país apoya esta iniciativa, conocida como Programa 93+2, tendiente a reforzar el sistema de salvaguardias a la luz de la experiencia recogida con los casos de Irak y la República Democrática y Popular de En el marco de la Conferencia de Desarme, la Argentina sustenta una firme posición en favor del desarme nuclear general y completo y apoya la realización de negociaciones para concluir una Convención sobre la Prohibición del Material Fisionable ("Cut-Off Treaty").
La Argentina ha reiterado el deseo de una pronta entrada en vigor del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (TPCE), que ratificó en 1998 y con el que colabora a través de la puesta en funcionamiento en su territorio de estaciones sísmicas, de radionucleidos e infrasonido para el monitoreo internacional de las obligaciones del TPCE.100 La Argentina ha participado en el Grupo de Tareas sobre el Sudeste de Asia (Task Force/India-Pakistan), creado por iniciativa del G8, que refleja la preocupación internacional ante la proliferación nuclear en Asia Por otro lado, la política de no proliferación nuclear llevada a cabo por la Argentina ha permitido el emprendimiento de diversos proyectos de cooperación en el campo nuclear con países que cuentan con avanzado desarrollo en ese tema (ver listado en anexos). En tal sentido, cabe consignar el Acuerdo de Cooperación Nuclear con los Estados Unidos de 1996; con una duración inicial de treinta años, provee un marco comprensivo para la cooperación nuclear pacífica en áreas tales como investigación, tecnología y desarrollo, seguridad nuclear, protección radiológica, salvaguardias nucleares y permite la concreción de acuerdos subsidiarios entre organismos nacionales con competencia específica en la energía nuclear.101 En julio de 1992 se iniciaron conversaciones para un acuerdo de cooperación nuclear con Canadá. El mismo fue firmado el 21 de junio de El 19 de septiembre de 1992, los Ministros de Relaciones Exteriores de Francia y Argentina firmaron la Declaración de Intención Relativa a la Cooperación Nuclear. El 21 de abril de 1994 se firmó un Acuerdo de Cooperación Nuclear con la República Francesa.
El 11 de junio de 1996 se firmó, luego de doce años de haber caducado el anterior, un nuevo convenio nuclear con la EURATOM, el cual entró en vigor el 29 de octubre de 1997. El mismo permite avanzar en la cooperación sobre las áreas de investigación y desarrollo, seguridad nuclear, protección radiológica, gestión de desechos y salvaguardias nucleares. En el mismo año se firmaron acuerdos con la República de Corea, Marruecos y Tailandia.
Cabe destacar que sobre la base de la confianza y transparencia en materia nuclear alcanzada mediante el sistema de salvaguardias y controles mutuos, que se plasma en la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC), la Argentina y Brasil se plantearon ahora un horizonte de mayor alcance consistente en la integración de las aplicaciones de la energía nuclear con fines pacíficos con la creación de la Agencia Brasileño-Argentina de Aplicaciones de la Energía Nuclear (ABAEN). La ABAEN busca mantener abierta la opción nuclear en ambos países, potenciar la capacidad competitiva en el escenario nuclear internacional y preservar los intereses nacionales y comunes dentro del mundo globalizado.102 Los objetivos permanentes de la ABAEN son promover e intensificar la cooperación entre ambos países en el campo de las aplicaciones de la energía nuclear, identificando áreas para elaborar y ejecutar proyectos conjuntos y estableciendo mecanismos para facilitar su implementación. La ABAEN tiene una organización virtual y están representadas en ella las entidades gubernamentales y las principales empresas del sector nuclear de cada país. La ABAEN debe preparar, como primer cometido dentro de los ciento ochenta días de su creación, escenarios de mediano plazo en el contexto del planeamiento gubernamental de cada país para el sector nuclear y un programa de acción para el primer año.
Los esfuerzos multilaterales realizados en los 90 han perdido su ritmo en los 2000, no obstante que el desarme, la no proliferación y el control de armamentos continúan teniendo una importancia crucial en la "Agenda La necesidad de contar con acuerdos negociados, sujetos a mecanismos de verificación, ha comenzado a ser cuestionado, principalmente en EE.UU., el principal actor de la mayoría de los acuerdos celebrados en el pasado. Por primera vez, un acuerdo sobre control de armamentos finalizó por denuncia de uno de los Estados Partes. Esta acción puede socavar la validez de otros varios tratados y crear un clima de desconfianza que debilitará la estructura del régimen de desarme y control de armamentos. En los últimos años, varias negociaciones sobre medidas de no proliferación han quedado paradas.
La denuncia del TNP por la República Popular Democrática de Corea, la dispersión de nuevas tecnologías devastadoras (especialmente de precursores y equipos de uso dual), el incumplimiento de determinados Estados Partes de las obligaciones asumidas en materia de desarme y no proliferación, la "violencia privatizada" de terroristas y señores de la guerra, la posibilidade que puedan amenazar y eventualmente emplear ADM son todos factores que se incorporan al desalentador cuadro de seguridad Hace poco más de 10 años, el 31 de enero de 1992, el Consejo de Seguridad hizo un histórico pronunciamiento en el que reconoció el carácter de amenaza a la paz y la seguridad internacionales que reviste la proliferación de las armas de destrucción masiva.
El control de armamentos continúa siendo un ladrillo esencial para el edificio de la Paz que las Naciones Unidas procura construir desde que asumió la tarea de liberar al mundo del flagelo de la guerra. La comunidad internacional debe desarrollar respuestas eficaces ante dichos desafíos que logren incrementar la seguridad internacional a través del fortalecimiento de los regímenes de desarme, de no proliferación y de control de armamentos.103 Con miras a alcanzar dicho objetivo resulta de todo punto de vista conveniente la adhesión universal a los tratados de desarme y no proliferación de ADM y el fortalecimiento de los regímenes vigentes de control de armamentos. En tal sentido, la calidad de miembro de dichos regímenes conlleva beneficios para los Estados que se involucran con él.
En primer lugar porque se elimina la amenaza a la seguridad causada por determinado tipo de armamento. Ejercen un control sobre el direccionamiento del comercio internacional con el objeto de evitar el desvío inadvertido hacia programas de producción de armamentos de aquel os equipamientos de uso dual y de precursores de ADM. Las industrias y comercio afectados por dichas regulaciones tienen como contrapartida a su transparencia un sello de reconocimiento internacional que les facilita el intercambio de productos, insumos, equipamientos e información científica y tecnológica de dichos bienes de uso dual con fines En segundo lugar, los países medios cuentan con la posibilidad de sentarse con países mayores a la misma mesa de negociación, hacer valer su opinión, proponer modalidades de implementación de medidas que se debaten en reuniones de Expertos Gubernamentales de los Estados Partes y, en última instancia, cuentan con la regla del consenso requerida para la adopción de una decisión que pudiera afectar sus intereses nacionales.
Cabe consignar que los mecanismos de verificación de dichos regímenes exigen un alto nivel de capacitación técnica y entrenamiento específico, particularmente en los casos de inspecciones por denuncia. Se trata de procedimientos costosos que, para muchos países en desarrol o, resulta un obstáculo insalvable que superan con la asistencia de la organización a cargo de la implementación del régimen en cuestión.
También cuentan con mecanismos de asistencia para situaciones de emergencia, detección, protección o descontaminación causadas por hechos encuadrados por dichos regímenes (v. gr.: Convención sobre armas químicas, Convención sobre Armas Biológicas, el OIEA y la Convención para la Proscripción de los Ensayos Nucleares).105 Resulta indispensable que las negociaciones, tanto bilaterales como multilaterales, en materia de desarme y no proliferación sean verdaderamente complementarias y los foros regionales y globales sean empleados en toda instancia con el propósito de alcanzar el cumplimiento de sus objetivos. A escala global, la extensión indefinida del TNP, al igual que su carácter prácticamente universal, han generado expectativas que permiten sin lugar a dudas augurar algún futuro al objetivo de la eliminación definitiva de las armas nucleares. No obstante, el Régimen de No Proliferación Nuclear es un conjunto de medidas que resultan indispensables para con el todo; no resulta posible otorgar valor al TNP mientras se dejan caer otras medidas que integran el Régimen de No Proliferación Nuclear. Dicha actitud no solo perjudica al régimen en general sino que se desvía del cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Art. VI del TNP y por lo tanto se viola el Tratado mismo.
La entrada en vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) será un acontecimiento que surtirá considerables efectos de fomento de la confianza porque refuerza la creciente convicción sobre la inutilidad de las armas nucleares para la seguridad de las naciones y facilitará la negociación de otras medidas multilaterales de desarme, no proliferación y control de armamentos. Por ello, no debemos perder de vista que si bien el CTBT constituye una auténtica medida hacia la eliminación de las armas nucleares, resulta necesario continuar trabajando porque este Tratado es solo un escalón en el programa de acción que conducirá a la plena aplicación de las obligaciones de desarme nuclear contenidas en el artículo VI del TNP.
El inicio, cuanto antes, de negociaciones para concluir una convención no discriminatoria, multilateral e internacional y efectivamente verificable, como la Convención para la prohibición de la producción de material fisionable (FMCT), comúnmente denominada "Cut-Off", no solo será un avance para satisfacer las expectativas de la comunidad internacional sino que también constituirá una muestra de la firme determinación, seriedad y responsabilidad de los Estados Partes para continuar efectuando progresos tangibles en el campo de la no proliferación de armas nucleares en todos Con vistas a alcanzar resultados concretos en las negociaciones que se desarrollen para esta convención, y de manera análoga a lo ocurrido con la moratoria declarada sobre ensayos nucleares, estimamos conveniente que los países productores de material fisionable estudien la posibilidad de declarar una moratoria en tal sentido.
Sin embargo, somos plenamente conscientes de que no alcanzaremos un mundo libre de armas nucleares con un "CTBT" y un "Cut-Off Treaty".
Son pasos importantes, cruciales, pero aún hace falta más. Solo con medidas realistas, siendo cada una de ellas una preparación para la siguiente, podremos lograr nuestro objetivo.
En este contexto, estamos persuadidos de que resulta de vital importancia la adopción de instrumentos que contribuyan al desarme nuclear general y completo. Sin embargo, no podemos sumarnos a la cultura del "todo o nada" en el ámbito de las negociaciones de desarme.
Cuando resulta imposible lograr soluciones totales debemos apoyar la adopción de medidas parciales que abran el camino hacia enfoques más comprensivos. En tal sentido, si bien resulta utópico alcanzar en breve plazo el desarme nuclear general y completo, un paso más en el proceso de restar legitimidad a las armas nucleares ha sido dado con el documento aprobado en la Conferencia de examen del TNP del año 2000 que se inscribe en la lenta y siempre lineal tarea de construcción de consensos multilaterales y podría avanzarse aún más a través de un primer paso, orientado hacia la prohibición de su empleo, consistente en una Declaración de los P5 estipulando que no se emplearían dichas armas en primer término ("Not Todo Estado que continúe fuera del TNP y posea capacidad de armamento nuclear podría ser considerado una amenaza al régimen de no Con respecto a las potencialidades nucleares de India y Pakistán, la cuestión radica en alentar a dichos países a abandonar sus programas nucleares. En tal sentido, los Estados Partes del TNP deberían evaluar cómo pueden sostener una posición de no reconocimiento sin evidenciar ignorancia de una realidad política y ser tildados de incapaces de afrontar el problema central que es la proliferación nuclear. Resulta imperativo que ambos países adopten una política similar a la adoptada por Francia antes de 1992: actuar como si fueran Partes del TNP y sostener la existente moratoria unilateral de no realizar pruebas con explosiones nucleares.
Respecto de Israel, resulta más un tema que se encuentra en manos de EE.UU. e Israel que del TNP ya que aquí no se trata de reconocer un status de potencia nuclear (v. gr.: India y Pakistán) ya que Israel no reclama para sí dicha categorización.
Después de 1991, dos Estados Partes del TNP fueron sujetos de denuncias de incumplimiento de las obligaciones de no proliferación (Corea del Norte e Irak). En el proceso de revisión del TNP se deben considerar acciones que se adoptarían ante un incumplimiento de las obligaciones del TNP y determinar el papel que deben adoptar colectivamente los Estados Partes del TNP. La dificultad existente con el TNP sobre adopción de medidas ante eventuales incumplimientos resulta peligrosa para el TNP y el régimen de no proliferación dado que alienta la adopción de acciones unilaterales (caso Irak).108 El éxito de los regímenes en gran medida se vincula al grado de sumisión o cumplimiento de los Estados Partes a sus postulados. Por ello, el valor del régimen se dirime a través del sistema de verificación que implementa y su eficacia en el cuerpo de sanciones que contienen sus normas. Si bien no existe forma de prever que algunos Estados puedan llegar a desviarse del cumplimiento de sus postulados, la eficacia del régimen se demuestra con la prueba y la verificación de dicho incumplimiento que legitiman la sanción al Estado trasgresor. A fin de reducir las posibilidades de que actores no estatales logren acceder a material fisionable se requiere del fortalecimiento de las medidas existentes: iniciación de las negociaciones del FMCT, análisis de la cuestión del almacenamiento existente de material fisionable, establecimiento de medidas de seguridad para las instalaciones que cuentan con material fisionable y la creación de instituciones y medios para asistirse mutuamente ante emergencias nucleares, compartir información referida a eventuales amenazas, brindar asistencia técnica en caso de emergencias, facilitar medios de descontaminación y detección de material radioactivo, brindar asistencia médica, financiera y revisar la Convención de Asistencia Mutua para casos de accidentes nucleares.
Por último, la agenda de desarme debe ser del dominio no solo de políticos y diplomáticos sino que debe estar abierta a la sociedad civil. Las Organizaciones No Gubernamentales han cumplido un remarcable papel en la generación de consensos populares para la reducción y eliminación de determinadas armas (v. gr.: minas antipersonales, proyectiles dum-dum) y se han involucrado en el control del acatamiento de los Estados a los compromisos internacionales; un nuevo tipo de diplomacia multilateral está emergiendo, basada en la asociación entre las autoridades y la sociedad civil. Es por ello que se debe respaldar una mayor participación de la sociedad civil y de los ciudadanos que impulsan el proceso de desarme y control de armamentos con miras a lograr la estabilidad y la seguridad indispensables para el desarrollo económico y social de toda la A manera de reflexión final, resulta oportuno recordar lo señalado por el Secretario General de las Naciones Unidas en un "Programa de Desarrollo", que de alguna manera estaría indicando un camino hacia la solidaridad y el desarrollo: "El control de los armamentos y el desarme reducen las amenazas de destrucción, de declinación económica y de tensiones que pueden desembocar en una Guerra. Un mundo menos militarizado y donde las actividades militares no causen tanta destrucción ambiental no solo es conveniente en sí mismo sino que además es propicio para el desarrollo".
Excepto la relación entre las grandes potencias con "intereses globales", el resto de las situaciones en que deben aplicarse mecanismos de verificación y medidas de fomento de confianza como las descriptas en los capítulos precedentes tienen un ámbito regional. La Argentina y Brasil lideran la participación en dichos regímenes de desarme y no proliferación entre los países latinoamericanos con su pertenencia a los siguientes marcos internacionales: Régimen de Control de tecnología Misilística (MTCR), Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT), Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), TLATELOLCO y Convención de las Armas Químicas (CAQ) y de las Armas Biológicas (BWC), Grupo de Países Proveedores Nucleares (NSG) y El Grupo de Tareas/India Pakistán (South Asia Task Force).
El MERCOSUR Político (Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile y Bolivia) se ha erigido en el grupo subregional con mayor participación en regímenes de desarme y no proliferación de ADM, a partir de su pertenencia a los siguientes tratados: CAQ, TNP, BWC.109 En tal sentido, son emblemáticas la Declaración del MERCOSUR, Bolivia y Chile como Zona de Paz y Libre de Armas de Destrucción Masiva (1998) y la Declaración de América del Sur como Zona de Paz y Cooperación, firmada por los Presidentes de la Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Venezuela, Uruguay, Guyana y Surinam en Guayaquil, Ecuador, el 27 de julio del 2002, como corolario de la determinación regional de evitar la proliferación de armas de destrucción Con la ratificación de Cuba del Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco) y de adherir al Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP) finalmente entró en vigor la Zona Libre de Armas Nucleares en la Región latinoamericana, contribuyendo de este modo a la creación de un mundo más estable y seguro.111 El Compromiso latinoamericano con la paz y la seguridad ha sido registrado en múltiples experiencias, algunas realmente inéditas. El régimen de contabilidad y control del uso pacífico del material e instalaciones nucleares acordado entre Brasil y la Argentina permitió lograr, en su oportunidad, entendimientos que facilitaron el proceso de integración del MERCOSUR y proyectaron un marco de estabilidad a toda la región.
Este régimen de control nuclear adquiere una importancia creciente por lo ventajoso que resulta para el monitoreo de actividades sensitivas, pues reduce los costos de inspección in situ dada la proximidad geográfica entre países vecinos y, en general, redunda en una disminución de posibles hipótesis de conflictos regionales, ofreciendo un grado mayor de estabilidad a los procesos de integración (v. gr.: MERCOSUR).112 Cabe destacar que hoy dos funcionarios latinoamericanos ocupan posiciones de significativa importancia en la estructura de organizaciones internacionales vinculadas a la seguridad internacional, el desarme y el control de armamentos en un marco internacional donde es latente la preocupación por la amenaza del empleo de armas de destrucción masiva por terroristas. El Embajador argentino D. Rogelio Pfirter como Secretario Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) con sede en La Haya y el Embajador peruano D. Enrique Román Morey, Director General del Departamento de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas y Secretario General Adjunto de la Conferencia de Desarme con sede en Ginebra. Estas designaciones constituyen no solo un reconocimiento a la capacidad técnica y diplomática de ambos profesionales sino una distinción para la región alejada de conflictos armados con potencial uso de ADM y comprometida con el desarme y la no proliferación de los armamentos en cuestión.
En síntesis, el multilateralismo es el camino más prometedor para Latinoamérica, que ha hecho notables avances en esta dirección. Las medidas de confianza mutua, la participación en los principales regímenes de desarme, no proliferación de ADM y la creación de mecanismos de consulta regulares en materia de seguridad han constituido un marco institucional de confianza y transparencia que ha sido fundamental para preservar la paz y la amistad entre los países, en tiempos en donde las instituciones democráticas han sido puestas a prueba como consecuencia de la crisis económica que azota a muchos países de la región y han ofrecido un contexto de seguridad que posibilita la concentración de esfuerzos en un progreso de desarrollo pacífico y seguro de los países de la ÁMBITO NACIONAL: POLÍTICA EXTERNA ARGENTINA
La inserción internacional de un país en la estructura de poder mundial se decide de acuerdo con el contexto histórico, las características del sistema político interno y los condicionamientos económicos.
La Argentina optó por la opción nuclear en 1950 y la adoptó como fuente energética para cubrir las necesidades de provisión de electricidad, creó la Comisión Nacional de Energía Atómica y desarrolló un potencial científico-tecnológico alrededor del átomo. La actividad nuclear desarrollada durante casi cincuenta años hizo posible que la Argentina alcanzara el dominio del llamado "ciclo de combustible nuclear".
La participación argentina en los regímenes analizados, extensivamente reflejada en estos capítulos, ha sido la opción que ha elegido esta Nación como evidencia que la posiciona entre los países comprometidos con la auto-limitación de cualquier ambición de poseer armas de destrucción masiva, embarcandose en una amplia y activa participación en dichos regímenes internacionales y regionales. A partir de la década del 90, la Argentina se incorporó a 15 de estos regímenes de desarme y no proliferación, adoptó legislación en materia de control de transferencias internacionales de materiales y equipamientos sensitivos y de uso dual, implementó mecanismos de verificación y, accedió a recibir inspecciones in situ en sus instalaciones industriales (vg: inspecciones de la OPAQ) y nucleares (v.g. ABACC y OIEA).
En el ámbito regional, la clara política de transparencia adquirió un impulso decisivo en 1990 con la "Declaración sobre Política Nuclear Común Argentino-Brasileña de Foz de Iguazú", cuando los Gobiernos de Brasil y Argentina asumieron el compromiso de contribuir firmemente con la no proliferación ADM e iniciaron el proceso que hizo operativo el Tlatelolco como una Zona Libre de Armas Nucleares. Para 1995, ambos países sudamericanos tuvieron a todas las instalaciones nucleares bajo salvaguardias bilaterales y de la OIEA. Un acuerdo de salvaguardias totales con la OIEA fue ratificado por los parlamentos de ambos países y una agencia bilateral para el control de materiales nucleares, llamada ABACC, inicia su trabajo desde una oficina central en Río de Janeiro. La continuada labor de la ABACC simboliza el proceso de acercamiento nuclear entre los dos países de la región con desarrollos nucleares autónomos y es una parte fundamental del compromiso más amplio de la política en favor de la no proliferación y la promoción de los usos pacíficos de la energía nuclear. Ambos países, de supuestos proliferantes pasaron a liderar la verificación nuclear con la implementación de un mecanismo integrado por cuatro controles que realizan los gobiernos de Brasil y la Argentina, respectivamente, un tercero realizado por la ABACC y el cuarto ejecutado En el ámbito internacional, la Argentina ratificó el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), ingresó al Grupo de Países Proveedores Nucleares (NSG), al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) y colabora con estaciones sísmicas, de radionucleidos y de infrasonido de control del cumplimiento internacional del CTBT.115 En los foros internacionales de desarme y no proliferación, la Argentina apoya el desarme nuclear general y completo. En tal sentido, ha venido requiriendo una efectiva puesta en práctica de los 13 pasos para la implementación del artículo VI del TNP acordados en la Conferencia de Revisión del TNP del año 2000 y el inicio inmediato de las negociaciones en la Conferencia de Desarme para la conclusión de una Convención sobre la Prohibición de la Producción de Material Fisionable para Armas Nucleares y Otros Dispositivos Nucleares Explosivos (Cut-Off).116 El compromiso argentino con la no proliferación nuclear ha contribuido en los últimos años al establecimiento de vínculos con países que se encuentran a la vanguardia de los desarrollos en el campo nuclear.
En tal sentido, la Argentina ha firmado acuerdos de cooperación en materia de usos pacíficos de la energía nuclear con Francia, Canadá, EE.UU. y la Comunidad Europea de Energía Atómica (EURATOM).117 La experiencia acumulada permitió que la República Argentina se convirtiera en un exportador serio y responsable de materiales, equipos e instalaciones nucleares. La Argentina exportó reactores de investigación a Perú, Argelia, Egipto y actualmente a Australia y, en materia de agua pesada, a Canadá, Corea del Sur, Noruega, Alemania y EE.UU.118 El modelo de inserción argentino en el escenario internacional post- Guerra Fría ha dado sus frutos en función de uno de sus objetivos: el de contribuir a reducir las amenazas a la seguridad en el ámbito global y regional y consecuentemente de colaborar al desaliento de aquellos proyectos que puedan deteriorar las bases de la estabilidad sistémica necesaria para el desarrollo nacional.119 La autolimitación nuclear argentina ha sido moralmente reconocida en la invitación de los Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de los 8 a la Argentina para que se uniera al Grupo de Tareas (Task Force) que se constituyó ante la preocupación por los efectos adversos de los ensayos nucleares y misilísticos de la India y Pakistán.120 Esta acción nacional, resultado de una política de Estado, puede ser vista como simbólica carta de presentación extensiva a los países de la región dado que un escenario de estabilidad, transparencia y seguridad permite incrementar los lazos de cooperación y las posibilidades de acceso a tecnologías de uso dual sobre la base del aumento de la credibilidad internacional cimentada en una generalizada adhesión regional a los regímenes de desarme y no proliferación y al freno de una eventual carrera nuclear entre los principales actores regionales (la Argentina y Brasil) y la adopción de un marco jurídico que inhibe el empleo de armas de destrucción masiva en la región.121 Hoy, la Argentina es el país de la Región que integra el Grupo Occidental no solo a través de su calidad de miembro de los regímenes de control de exportaciones sensitivas (Grupo Australia) sino a través de su activa participación en el Grupo Occidental de la Conferencia de Desarme, la Convención sobre la Prohibición de las Armas Biológicas, la Primera Comisión de las Naciones Unidas.122 Se ha experimentado dolorosamente a través de los atentados de Nueva York, Washington, Djerba, Bali y Moscú que los procesos de modernización e interrelación del mundo actual no transcurren indefectiblemente en forma pacífica ni conducen automáticamente a más libertad y democracia. Por ello, es aún mayor la obligación de la Argentina de dar forma —de manera política activa— al proceso de globalización y no solamente aceptarlo. Conforme con su vocación democrática y la convicción de la responsabilidad colectiva frente a la intervención en los conflictos internacionales, la Argentina debe militar por el fortalecimiento del monopolio del uso de la fuerza mediante instituciones internacionales fuertes y legitimadas, ante todo las Naciones Unidas. Bajo esta premisa y los principios que guían su Política exterior y su vocación por el desarrollo del derecho internacional humanitario, la Argentina debería impulsar iniciativas multilaterales de desarme y no proliferación que tuvieran por finalidad el establecimiento de un balance entre necesidades de seguridad de los Estados y el uso de determinados armamentos con sanciones predeterminadas por incumplimiento para Ejemplo de la lucha por frenar la proliferación ha sido el nacimiento del COCOM, Régimen de control de transferencias de equipamiento de uso dual y sensitivo que integraron los países más desarrol ados de Occidente con el objeto de evitar la fuga de tecnología estratégica hacia los países que integraban el ex bloque socialista.
Una Convención que prohibiera este tipo de producción, negociada en el círculo restringido de aquel os que la detentan, sería un ejercicio fútil, tanto como lo sería meramente declarativo si partiera de un cónclave de países no poseedores de Armas Nucleares, por más legítimos que fuesen sus reclamos y su preocupación. Para ponerlo en términos claros, un acuerdo que no fuera resultado de un compromiso multilateral no fortalecería la seguridad de nadie y, por el contrario, afectaría la de muchos.
La posibilidad de adquisición de armas radiológicas y ADM y la amenaza de su empleo por grupos terroristas han sido expresamente señaladas en las sesiones plenarias de la Conferencia de Desarme del 2002 y 2003.
El acuerdo alcanzado entre E.U.A. y la Federación Rusa en mayo del 2002, ratificado por el Congreso de E.U.A. en 2003, establece la reducción, en el término de diez años, a un tercio del número de ojivas nucleares operables que poseen ambos países. Este acuerdo constituye un hecho auspicioso y debe ser recibido como un valorable instrumento de convivencia internacional que reviste de nuevas esperanzas el proceso de desarme y limitación de armamentos.
Si bien estas medidas fueron importantes en su momento, años después fueron reemplazadas por las Medidas de Fomento de la Confianza de segunda generación. Ello ocurrió en la Conferencia de Estocolmo sobre Medidas de Fomento de la Confianza y Seguridad y Desarme en Europa, que se inició en enero de 1984 y concluyó en septiembre de 1986.
Se acordó que ningún Estado estaba obligado a aceptar más de tres inspecciones por año y no más de una inspección por el mismo Estado.
El Estado que solicitaba la inspección tenía que indicar las razones para su pedido y el Estado requerido debía permitir la inspección en 36 horas. La inspección era posible hacerla en tierra, desde el aire o de ambas maneras. La inspección debía terminar en 48 horas.
A fin de contar con una detección temprana de cualquier intento de ataque por sorpresa egipcio o israelí, Estados Unidos instaló tres estaciones, manejadas exclusivamente por personal civil, y cuatro campos de censores remotos equipados con censores de punto, de línea y de imagen para cubrir las entradas de los pasos. Estas medidas constituirían un sistema de verificación, pero también pueden ser consideradas como Medidas Electrónicas de Fomento de la Confianza pues les brindan seguridad a las partes sobre el comportamiento militar de sus oponentes.
La Argentina y Brasil han ofrecido a la India y Pakistán su experiencia bilateral en la implementación de dichas medidas de confianza mutua en el campo de la no proliferación nuclear en 1998, no habiendo recibido aún reacción alguna de ambos países al respecto.
Stephen Krasner, "Regímenes Internacionales", Cornell University Press, 1983.
Robert O. Kohane, "Demanda de regímenes internacionales", págs. 170 y ss., cap. V.
Andrew Hurrel , "Teoría de Regímenes Internacionales —Una perspectiva europea", Foro Internacional, Vol. XXXII, N.° 5, diciembre de 1992, Edición Colegio de México, pág. 650.
El final de la Guerra Fría, la desaparición del mundo bipolar y el progresivo entendimiento entre los Estados Unidos de América y la Federación Rusa llevaron a un creciente espéritu de cooperación entre ambas potencias, estructurando un nuevo clima internacional a mediados de la década de los 80. En el campo de la no proliferación nuclear se han efectuado notables progresos. Los tratados de reducción de armas estratégicas (START I y II) y el Tratado de Moscú, ratificado por el Congreso de E.U.A. en abril del 2003, son una prueba de la reducción de los arsenales. El reto consiste en que EE.UU. y la Federación de Rusia logren nuevas y más profundas e irreversibles reducciones, de modo de l egar al nivel más bajo posible de armamentos y que los restantes tres Estados poseedores de armas nucleares se sumen al camino iniciado por los dos países mencionados y efectúen reducciones proporcionadas.
Desde el final de la Guerra Fría emerge un nuevo concepto de seguridad. Antes la seguridad era considerada de acuerdo con la acumulación de poderío bélico y las medidas de desarme adoptadas; hace más de una década, la comunidad internacional ha comprendido que no se puede alcanzar la seguridad en un mundo cada vez más interrelacionado si se permite fermentar la injusticia, la opresión y el subdesarrollo. Sobre dicha premisa se ha comenzado a adoptar un enfoque más comprensivo, centrado en la seguridad humana ante los peligros de la violencia, el hambre y las enfermedades. La seguridad no se construye hoy con medios militares exclusivamente. Para crear y mantener la seguridad se debe combatir por un lado la violencia, pero por otro se debe pacificar el campo en el que esta surge mediante una preventiva solución de los conflictos, la creación de seguridad social y ecológica, la cooperación económica y la defensa de los derechos humanos y de las minorías.
Cabe destacar los esfuerzos realizados por el Comité Especial, establecido por Resolución 52/210 en 1996 por NU, para elaborar un Convenio sobre Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear.
Este cambio de orientación en materia de seguridad de alguna manera ha sido reflejado en la adopción de la Resolución 44/21 de las AGNU titulada "Aumento de la paz, la seguridad y la cooperación internacional en todos sus aspectos de conformidad con la carta de las Naciones Unidas", Embajador Vladimir Petrovsky, ex-Director General de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra y Secretario General de la Conferencia de Desarme. Artículo publicado en la revista de la OPAQ, mayo, 2000, La Haya, Países Bajos.
La "seguridad hemisférica" era sólo la cobertura legitimadora de un eventual socorro estadounidense frente a una intervención del "Este" en la región (Andrew Hurrel, "Los Bloques Regionales en las Américas", traducido al portugués por Jono Roberto Martins Filho, Ed.
RCBS, N.° 22, año 8, junio 1993, Brasil).
La región define su compromiso con la democracia y lo consigna en el Compromiso de Santiago de 1991, la reunión de marzo de 1994 sobre Medidas de Confianza Mutua en Buenos Aires, la Cumbre de Miami en 1994, la declaración de Santiago de Chile en noviembre de 1995 y la constitución de una Comisión dedicada a estos temas en el marco Entre estas medidas aparece como relevante en el ámbito multilateral —además de los Encuentros entre los Estados Mayores Conjuntos— la realización de la primera reunión de los Ejércitos del MERCOSUR. La misma se llevó a cabo en junio de 1993 en la ciudad de Buenos Aires y contó con la asistencia en calidad de observadores de los agregados militares de Chile y Bolivia. A ello se une el proceso de resolución de las diferencias limítrofes chileno-argentinas. Y en el ámbito diplomático también se ha producido un cambio esencial: el diálogo presidencial y la concertación y coordinación de políticas se incrementan día a día. Véanse Claudia Giaccone, "La Cooperación Estratégico-Militar en el MERCOSUR", 1994 (comp.), y "La Política Exterior del Gobierno Menem", del Centro de Estudios de Relaciones Internacionales de Rosario, Rosario, Argentina, Ed. CERIR.
Ponencia de Oscar Camilión, Ministro de Defensa de la República Argentina, en el Seminario Argentina-OTAN, 1994, Buenos Aires.
La Argentina estuvo presente en la guerra del Golfo y es el país latinoamericano con mayor presencia en operaciones de mantenimiento de la paz. Participa con efectivos militares en UNPROFOR y UNFICYP y, con observadores o unidades médicas en las operaciones de mantenimiento de la paz en Mozambique, Angola, el Sáhara Occidental, las fronteras entre Irak e Irán y entre Irak y Kuwait, y habremos de contribuir a la fuerza internacional de Naciones Unidas para Haití, y se comprometió a participar en la operación militar contra Irak en 1998. Actualmente existen 16 operaciones de mantenimiento de la paz (OMP) con 13.400 efectivos. La Argentina participa en 10 de el as, con un total de 663 efectivos, siendo de ese modo el 7.° contribuyente de tropas en el marco de la Organización de las Naciones Unidas. El total de personal argentino desplegado en fuerzas de paz está distribuido del siguiente modo: 453 efectivos militares, 201 policías civiles y 9 observadores militares.
El logro del interés nacional no se resuelve más a través del acuartelamiento en el Estado-Nación o en la autarquía de la sustitución de exportaciones, sino en correspondencia con los aportes al crecimiento comercial externo, con un apoyo en la estabilidad propia y compartida con sus vecinos y su región en un contexto de "La Argentina ha hecho de la renuncia a este tipo de armas un criterio fundamental de su política externa." Oscar Camilión, Ministro de Defensa de la Argentina, en el seminario Argentina-OTAN, 1994, Buenos Aires.
Véanse: Declaración de Mendoza sobre Prohibición de armas químicas y bacteriológicas, Tlatelolco, el Acuerdo Bilateral celebrado con Brasil sobre el uso pacífico de la energía nuclear y la creación de ABACC, sobre control de material nuclear, que se exponen seguidamente en este trabajo.
El retorno a la democracia: desde comienzos de la década de 1980 es lo que permitió superar la visión de los vecinos como potenciales rivales que prevaleció durante décadas en la Región y le permitió también encarar proyectos comunes en todos los campos, inclusive los de seguridad y defensa. A partir de 1983, la Argentina retorna a sus bases fundacionales. Una sociedad identificada con los valores de la comunidad occidental: de respeto a los derechos humanos, el sistema democrático de gobierno, la resolución pacífica de los conflictos. Estos elementos integran la imagen que refleja la Argentina de acuerdo con los principios tradicionales de su política exterior: la preservación de la paz y la justicia internacional, el acatamiento al derecho internacional, la no intervención en los asuntos internos de otros Estados, la solución pacífica de las controversias, una estrategia de integración regional y una activa participación en el concierto de las naciones. En los 90, la Argentina salió del Grupo de Países No Alineados y se alinea con el Grupo Occidental. Su admisión es el resultado del realineamiento de la política exterior argentina, iniciada con el fin de la Guerra Fría, que reafirmó la coincidencia de valores de nuestro país con los de países occidentales en materias que como el desarme, la no proliferación y la seguridad internacional contribuyen a preservar los intereses vitales de la comunidad internacional. El estallido de la Guerra del Golfo a principios de 1991 fue un acontecimiento en que la Argentina mostró la redefinición de su alianza con Washington y los países industrializados. Asimismo, esta participación argentina en la Guerra del Golfo como miembro de la Coalición simbolizó el inicio del compromiso con operaciones para el mantenimiento de la paz. Esta primigenia participación puso a la Argentina en una posición de liderazgo entre los países de América Latina que participan de dichas operaciones, que se acrecentó al constituirse en el primer país en establecer un Centro de Entrenamiento Regional para el mantenimiento de la Paz. La Argentina coordina con: el Grupo Mason de la Asamblea General de las Naciones Unidas; el Grupo Occidental en el ámbito de la Conferencia de Desarme, en la Conferencia de Revisión y Extensión del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares y en el marco de las actuales deliberaciones en torno a la Convención sobre la prohibición de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas —coordinación de posiciones—; y el Grupo Barton en el ámbito de la Primera Comisión y de la Comisión de Desarme de la Asamblea General de las Naciones Unidas —consulta y coordinación de posiciones en materia de desarme y seguridad John Lewis Gaddis, "Estados Unidos y los Orígenes de la Guerra Fría", 1941-1947, GEL, Buenos Aires, 1989, pág. 284.
La evidencia de la fragilidad del monopolio nuclear norteamericano se haría dolorosamente obvia el 30 de septiembre de 1945, cuando el Primer Ministro de Canadá William Mackenzie King informó al presidente (Trumman) que funcionarios de Ottawa habían descubierto una compleja red de espionaje soviético, que operaba tanto en Canadá como en los Estados Unidos, que ya había logrado transmitir una no determinada información sobre la bomba atómica a la Unión Soviética. John Lewis Gaddis, "Estados Unidos y los Orígenes de la Guerra Fría", 1941-1947, GEL, Buenos Aires, 1989, pág. 292.
Hans Blix, "Panorama de la No Proliferación", en Desarme, Revista Periódica de las Naciones Unidas; Nueva York: Naciones Unidas, 1993, Vol. XVI, N.° 2.
El Reino Unido se vio "beneficiado" por su estrecha relación con los Estados Unidos, al punto que para los ensayos que efectuaba, utilizaba las instalaciones en Nevada, las mismas que utilizaba el gobierno de los Estados Unidos para sus ensayos. En Francia, De Gaulle había llegado al poder a fines de los 50, luego del golpe militar en Argelia y la posterior crisis de la 4.a República. Washington intenta impedir que París desarrolle su poder nuclear independiente. La línea de conflicto más fuerte se da por la decisión francesa de seguir su propio desarrol o nuclear. El desarrollo de la fuerza nuclear francesa, la "Force de Frappe", se convirtió en el símbolo de la política exterior independiente. Con De Gaulle, Francia no abandona la alianza con los EE.UU., sino que la política exterior independiente de Francia representa un aumento de las diferencias con respecto a lo que podríamos llamar la cabeza de bloque. Paralelamente, en China, ya desde fines de los 50, mucho más claramente cuando comienza la década de los 60, se comienzan a notar las discrepancias con respecto a la Unión Soviética.
El 17 de junio de 1967 prueba su primera bomba de hidrógeno (Termonuclear) en Lop Nor (Provincia de Xinjiang), en el nordeste del país. Entre diciembre de 1968 y 1980, China realiza otras 21 pruebas atmosféricas de armas nucleares (Atómicas y Termonucleares). En 1980 decide realizarlas bajo tierra. Según autoridades estadounidenses, en 1988 China probó su primera bomba neutrónica.
Esta información nunca fue confirmada por el gobierno chino. El 29 de julio de 1996, China realiza la última detonación de un arma nuclear.
El 15 de julio de 1999, China anuncia que posee la tecnología para producir armas neutrónicas y miniaturización de armas nucleares.
Según expertos, China tendrá unas 500 armas nucleares disponibles de todo tipo.
Los objetivos descriptos servirían de antecedente para los posteriores organismos y regímenes de no proliferación, tales como el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP).
La crisis de los misiles cubanos pudo resolverse sobre las base de intensas gestiones realizadas por el Secretario General de las Naciones Unidas U Thant, lo que permitió facilitar el alcance de un acuerdo entre los dos "K" (Kennedy y Kruschev). Paul Bracken, op. cit., p. 89.
Originariamente el TNP fue suscripto por 62 Estados y cuenta actualmente con 187 Estados Partes, con la excepción de Cuba, India, Israel y Pakistán.
Declaración del señor John Bolton, Subsecretario de Estado para el Control de Armamento y la Seguridad Internacional del Departamento de Estado de EE.UU., en la reunión plenaria de la Conferencia de Desarme del 24/01/02, Ginebra.
Declaración del Embajador Leonid Skotnikov, Representante Permanente de la Federación de Rusia ante la Conferencia de Desarme, 28/03/02, Ginebra.
FMCT: La idea de una Convención global para detener la producción de uranio altamente enriquecido y plutonio (materiales fisionables) para explosivos nucleares ganó "momentum" luego de haber sido levantada por el Presidente Clinton en su discurso a la AGNU en septiembre de 1993. El 23 de marzo de 1995 se constituyó el Comité Ad Hoc sobre este asunto en el marco de la Conferencia de Desarme sin que se pudiera reunir por falta de acuerdo en el mandato. Si bien el Comité se restableció en 1998 y se adoptó el informe del Coordinador Especial sobre este tema que contiene un mandato que consta en el documento de la Conferencia de Desarme CD/1299, aún no se han iniciado dichas negociaciones. Varias delegaciones (China y varios países del grupo de No Alineados) de la Conferencia de Desarme requieren que el inicio de negociaciones sobre FMCT sea paralelo a las negociaciones sobre Desarme Nuclear y las medidas para evitar una Carrera de Armamentos en el Espacio Ultraterrestre John Simpson, "El Régimen de No Proliferación Nuclear: opciones y oportunidades", en Desarme, revista periódica de las Naciones Unidas, Nueva York: Naciones Unidas, 1993, Vol. XVI, N.° 2, pág. 32.
Hans Blix, "Panorama de la No Proliferación", en Desarme, Revista Periódica de las Naciones Unidas, Nueva York: Naciones Unidas, 1993, Vol. XVI, N.° 2, págs. 5 y 8.
Hans Blix, Director del OIEA, considera que las salvaguardias son ante todo una medida de consolidación de la confianza que una barrera infranqueable para la proliferación.
El OIEA ha solicitado la suma de US$ 33,5 millones para costear dichas actividades en el curso de los próximos tres años.
El Embajador argentino, Julio C. Carasales, se refirió al Tratado como "la piedra angular en la que descansa el sistema mundial de la no proliferación, y es lógico que se preste gran atención al futuro de ese instrumento internacional y que siga expresándose gran interés por aumentar el número de partes en él hasta incluir a toda la comunidad Estados Parte y/o firmantes: Afganistán, Albania, Alemania, Argelia, Antigua y Barbuda, Andorra, Angola, Arabia Saudita, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaidján, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Benín, Bután, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brasil, Brunei, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Camerún, Canadá, Cabo Verde, Corea del Norte, Corea del Sur, Chad, Chile, China, Colombia, Islas Comoras, Congo, Costa Rica, Costa de Marfil, Croacia, Chipre, República Checa, Cuba, Dinamarca, Djibuti, Dominica, República Dominicana, Ecuador, Egipto, El Salvador, Emiratos arabes Unidos, Eritrea, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Estados Unidos de América, Etiopía, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Grecia, Granada, Guatemala, Guinea, Guinea- Bissau, Guinea Ecuatorial, Guyana, Haití, Holanda, Honduras, Hungría, Islandia, Indonesia, Irán, Irak, Irlanda, Islas Marshal , Islas Salmón, Italia, Jamaica, Japón, Jordania, Kazahkstán, Kenia, Kiribati, Kuwait, Kyrgyzstan, Laos, Letonia, Líbano, Lesotho, Liberia, Libia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Madagascar, Malawi, Malasia, Maldivas, Malí, Malta, Marruecos, Mauritania, Mauricio, México, Micronesia, Moldavia, Mónaco, Mongolia, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Omán, Palau, Panamá, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido, República Centroafricana, Rumania, Rusia, Ruanda, Saint Kitts (Christopher) y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa Occidental, San Marino, Santa Sede, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Singapur, Somalia, Sudáfrica, Sri Lanka, Sudán, Surinam, Swazilandia, Suecia, Suiza, Siria, Taiwan, Tajikistán, Tanzanía, Tailandia, Togo, Tonga, Trinidad y Tabago, Túnez, Turquía, Turkmenistán, Tuvalu, Ucrania, Uganda, Uruguay, Uzbekistán, Vanuatu, Venezuela, Vietnam, Yemen, Yugoslavia, Zaire, Zambia, Zimbabwe.
El TNP carece de un aspecto relevante, que es la ausencia de una definición sobre "dispositivos nucleares explosivos".
Muchos analistas internacionales coinciden en señalar que una de las falencias del Tratado es la ausencia de alguna disposición absoluta referente a la eliminación total de las armas nucleares por los Estados que las poseen.
De allí la famosa frase acuñada por José María Ruda: "el desarme de los desarmados".
Hans Blix, "Panorama de la No Proliferación", en Desarme, Revista Periódica de las Naciones Unidas; Nueva York: Naciones Unidas, 1993, Vol. XVI, N.° 2, pág. 6.
La Argentina apoyó la extensión indefinida del mismo. A su vez, la Argentina realizó una muy activa actuación durante la Conferencia de Extensión del mismo en 1995, a través del llamado "Grupo de Países Amigos del TNP". Dicho grupo constituyó la mayoría crítica en favor de una extensión indefinida del tratado. En la referida Conferencia del TNP de 1995 la Argentina ejerció la presidencia del grupo de trabajo sobre zonas libres de armas nucleares.
Una mención especial merecen los países de América Latina ya que la gran mayoría (21) figuró entre los 103 copatrocinadores del proyecto de decisión canadiense (Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Bolivia, Costa Rica, Dominica, Rep. Dominicana, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Honduras, Jamaica, Panamá, Paraguay, Perú, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y San Vicente y Grenadinas). México se pronunció al promediar la Conferencia por la extensión indefinida, viéndose obligado primero a modificar y luego a retirar su proyecto de resolución. Venezuela, luego de ser el promotor original de la extensión por 25 años, cambió su posición pronunciándose por la indefinida, lo que motivó la renuncia de su Jefe de Delegación, Embajador Adolfo Taylhardat. Finalmente Colombia, que en su carácter de futuro presidente del Movimiento de países no alineados había indicado su intención de copatrocinar la resolución de Indonesia, decidió no hacerlo, dejando a la resolución sin copatrocinador de América Latina. El Medio Oriente se constituyó en una cuestión con peso propio, mereciendo arduas negociaciones que culminaron en un texto de los tres depositarios del Tratado (EE.UU., Federación Rusa y Reino Unido) que no menciona por nombre a Israel y que obligó al retiro de un proyecto de máxima presentado por los países árabes. Países que no son Partes del TNP: Andorra, Angola, República Federativa de las Comoras, Djibouti, Emiratos arabes Unidos, India, Israel, Omán, Pakistán, Tayikistán y Vanuatu.
El compromiso inequívoco de los países poseedores de armas nucleares para cumplir con la eliminación total de sus arsenales nucleares forma parte de los 13 pasos que integran el plan de acción del desarme consignado en dicho documento final: 1) la entrada en vigor del Tratado para la Prohibición Total de los Ensayos Nucleares (CTBT), 2) la declaración de una Moratoria de los ensayos nucleares, 3) el inicio inmediato de negociaciones de una Convención para la Prohibición de material fisionable para la elaboración de Armas Nucleares (FMCT), 4) el inicio de negociaciones en la Conferencia de Desarme sobre el desarme nuclear, 5) la aplicación del principio de Irreversibilidad a las medidas de desarme nuclear de otras vinculadas al control de armamentos, 6) compromiso inequívoco de los poseedores de armas nucleares para cumplir con la total eliminación de sus arsenales nucleares, 7) reducciones de armamentos bajo los acuerdos START y Tratado ABM, 8) iniciativas trilaterales sobre material fisionable, 9) los pasos para la estabilidad internacional basada en el principio de seguridad para todos comprenden reducciones unilaterales de arsenales nucleares, transparencia, reducción de armas nucleares no estratégicas, reducción de status operativo de los sistemas de armas nucleares, la disminución del papel de las armas nucleares en las políticas de seguridad de los Estados Partes, un compromiso activo de los cinco países nucleares con el proceso de desarme nuclear, 10) exceso de material fisionable bajo salvaguardias, 11) el objetivo último es un desarme completo y general, 12) la presentación en el marco de las reuniones del TNP de informes regulares de los Estados Partes sobre los progresos realizados en el proceso de desarme de cada Estado Partes, y 13) la verificación.
Intervención del Ministro Luis Cappagli, Representante Permanente Alterno de Argentina ante las Naciones Unidas, Nueva York, 26 de abril de 2000.
Integrantes de la coalición Nueva Agenda: África del Sur, Egipto, Irlanda, México, Nueva Zelanda y Suecia.
Dado que las cinco potencias nucleares no están dispuestas a firmar un documento vinculante que confiera garantías negativas de seguridad a Estados no nucleares, dichas potencias se inclinaron en favor de negociar un compromiso que se formalizaría a través de una Resolución del Consejo de Seguridad. De esta forma, teóricamente, no quedarían vinculados de igual modo que si firmaran un Protocolo adicional al TNP. Este proyecto contiene dos capítulos fundamentales: A) Compromiso de asistencia ante ataque nuclear perpetrado contra un país no nuclear Parte del TNP. B) Endoso del Consejo de Seguridad a las Declaraciones Unilaterales sobre garantías negativas de seguridad, que darían las cinco potencias nucleares. Dicho contenido va más allá que la Resolución 255 del Consejo de Seguridad de 1968, toda vez que la misma plasma por primera vez garantías de seguridad positivas y negativas de los Estados nucleares a favor de los Estados no nucleares signatarios del TNP.
En noviembre de 1995, la Argentina fue la sede del primer Tal er de Trabajo para América Latina del Grupo de Expertos Sísmicos de la Conferencia de Desarme. El mismo se realizó en la Provincia de San Juan, en las instalaciones del INPRES.
Para que el CTBT entre en vigor deben ratificar los siguientes Estados: Alemania, Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bangladesh, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, China, Colombia, Egipto, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Hungría, India, Indonesia, Irán, Israel, Italia, Japón, México, Noruega, Países Bajos, Pakistán, Perú, Polonia, Reino Unido, República de Corea, República Popular Democrática de Corea, Rumania, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania, Vietnam y Zaire.
Ha sido firmado y ratificado por Australia, Fiji, Islas Cook, Islas Salomón, Kiribati, Nauru, Niue, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Samoa, Tonga, Tuvalu, Vanuatu. Contempla tres Protocolos adicionales. El Protocolo I ha sido firmado —no ratificado— por los Estados Unidos, Francia y Reino Unido. Los Protocolos II y III han sido firmados por los Estados Unidos, Francia y Reino Unido y ratificados por China y la Federación de Rusia con respectivas declaraciones que consignan el derecho a la liberación de los compromisos asumidos por dicho tratado en razón del ejercicio inmanente de los Estados a la legítima defensa.
Ratificado por Brunei Darussalam, Malasia, Myanmar, República Democrática Popular Lao, Vietnam y firmado por Camboya, Filipinas, Indonesia, Singapur y Tailandia.
Ratificado por Gambia, Mauricio y cuenta con la firma de los siguientes Estados: Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Côte d'Ivoire, Djibouti, Egipto, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Libia, Kenya, Lesotho, Liberia, Malawi, Malí, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Mozambique, Nambia, Níger, Nigeria, República Centroafricana, Tanzanía, Rwanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona y Sudáfrica, Sudán, Swazilandia, Togo, Túnez, Uganda, Zaire, Zambia y Zimbawe.
Contempla tres Protocolos adicionales. El Protocolo I cuenta con las firmas de China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Reino Unido y la ratificación de Francia; el Protocolo II tambien ha sido firmado por China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Reino Unido y ratificado por Francia; y el Protocolo III firmado por España y ratificado por Informe del Embajador SALANDER, Presidente de la Primera Prepcom de la Conferencia de Revisión del TNP del 2005, realizada el 18 de abril de 2002 en Nueva York.
Integran dicho Comité: Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bulgaria, Canadá, República Checa, China, Corea del Sur, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Rusia, Eslovaquia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Reino Unido, Ucrania y Estados Unidos. Observador: Comisión Europea.
Forman parte del Acuerdo Wassenaar: Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bulgaria, Canadá, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, República de Corea, Rumania, Federación de Rusia, República Eslovaca, España, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido, Ucrania y Estados Unidos.
Se decidió llamarlo "Wassenaar Arrangement" teniendo en consideración que las reuniones del citado Foro se realizaron en la localidad de Wassenaar, cerca de La Haya, Holanda.
Entre el 29 de abril y el 1.° de mayo de 1992, una delegación presidida por el Embajador Reginald Bartholomew (Subsecretario para Asuntos de Seguridad Internacional del Departamento de Estado) realizó una visita a Buenos Aires. En ella se decidió avanzar en la asociación argentina al Comité de Coordinación para el Control Multilateral de Exportaciones (COCOM). Con tal motivo, los días 10 y 11 de septiembre de 1992 una misión técnica de los Estados Unidos, presidida por William Skok —Jefe de la División de Seguridad y Otorgamiento de Licencias del Departamento de Estado— e integrada por Richard Galbraith, Byron Evans y Rodney Joseph, visitó nuestro país, discutiéndose las modalidades de un memorándum de entendimiento que acordaría el carácter de la relación entre la Argentina y el COCOM. El 12 de febrero de 1993 se firmó el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y la República Argentina sobre la transferencia y protección de tecnología estratégica. A través del mismo la Argentina tendría un amplio acceso a las licencias de exportación estadounidenses y a un mayor intercambio de productos y datos estratégicos, como asimismo podría adquirir en el futuro la categoría de "País Cooperador" con el COCOM (Comité Coordinador para el Control Multilateral de Exportaciones) y recibir los beneficios del La Ley 12.709 fue modificada sucesivamente por la ley 4047 de 1951 "Secreta" y la Ley 20.010 promulgada el 11 de diciembre de 1972. El artículo 27 de dicha ley se refiere a la instalación y funcionamiento en el país de fábricas de armas y municiones y otros materiales de carácter La Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico, creada por este Decreto, conserva las competencias otorgadas por el Decreto 1097, a las cuales se incorpora la facultad de otorgar la "licencia previa de exportación".
Se otorgan cuando el país exportador así lo requiera por tratarse de una sustancia de uso dual que puede ser empleada en actividades La misma norma legal incorporó al mecanismo del Decreto 603/92 el Certificado de Importación, previsto por el régimen del COCOM. Por la Resolución Conjunta N.° 26 (26.01.93) se incorporó la lista de productos nucleares o de uso nuclear que serán controlados. Por el Decreto 1291, del 24 de junio de 1993, se incorporó al Decreto 603/ 92 el Anexo C, que incluye la lista de los productos nucleares o de uso Se incluyen dentro de esta categoría aquel os componentes destinados al desarrol o de vehículos lanzadores, de conformidad con el MTCR.
En el Anexo A del Decreto 603 se consignan las listas de productos y criterios recomendados en el Régimen de Control de Tecnología Misilísitica (MTCR) y se incluyen las ventas al exterior, reexportaciones o transferencias de materiales, equipos, tecnología, asistencia técnica y/o servicios. Dicho listado fue actualizado por la Resolución Conjunta MD N.° 26 del 26 de enero de 1995 —MRECIyC N.° 23, MEyOySP Por la Resolución Conjunta MD N.° 1373 —MREyCIyC N.° 3728— MEyOySP N.° 1634 del 15 de diciembre de 1993, se sustituyó el Anexo B del Decreto 603/92, incluyéndose, además de las sustancias químicas, los equipos químicos. El 22 de enero de 1998, por Resolución Conjunta MD 125/98, MRECI YC 2097/9, MEYOSP N.° 41/ 98, se renovaron los listados del Anexo B, incorporándose los nuevos elementos considerados en el marco del Grupo Australia y las listas de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el almacenamiento y el empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ).
Al entrar en vigor dicha normativa, el Gobierno de EUA elevó a la Argentina al nivel de los países que no necesitan autorización previa para acceder a la denominada tecnología dual (v. gr.: computadores de alta velocidad). Nota de prensa titulada "Nueva señal de Confianza de EUA", publicada en el diario "El Cronista" del 9 de agosto de 2000, Buenos Aires, pág. 8.
En 1991 se realizaron enmiendas por impulso de Argentina y Brasil y contó con el apoyo de Chile.
Una Zona Libre de Armas Nucleares es toda zona establecida por los Estados que se encuentran geográficamente comprendidos en sus límites mediante un Tratado internacional en virtud del cual se consagra un estatuto de ausencia de armas nucleares; se establece un mecanismo de control internacional pertinente para asegurar el cumplimiento de las obligaciones convenidas; se instrumenta el compromiso de los Estados que poseen armamento nuclear de respetar tal estatuto y de no amenazar ni atacar con armas nucleares a los Estados Partes en ella. Con la finalidad de conseguir su efectividad frente a terceros se procura el reconocimiento internacional, que en principio procede de la Asamblea General de la ONU.
El Tratado de Tlatelolco: su misión pacifista, Exposición del Embajador Enrique Román-Morey, Secretario de OPANAL, en el Seminario citado ut supra, Bariloche, 1994.
A. Guerrero, Jefe de la División de Propiedad Intelectual y Tecnologías Delicadas de Itamaraty, ponencia presentada en el Seminario sobre temas a tratar en la Conferencia/95 sobre el TNP. Caracas, del 3 al 6 de mayo de 1994.
Luis Fernando Calviño, "La Argentina y el Régimen Internacional de la No Proliferación Nuclear", 1973, Argentina en el Mundo, 1987 (comp.). Rubén M. Perina y Roberto Rusell, 1988, GEL, pp. 230-231, Buenos Aires.
Durante la XIV Reunión de la Conferencia General del OPANAL celebrada en Viña del Mar, Chile, del 28 al 30 de marzo de 1995, la Argentina fue elegida como miembro del Consejo del organismo para el período 1996-1999. El Tratado de Tlatelolco, con las enmiendas de 1990, 1991 y 1992, fue aprobado por el Congreso Nacional de la República Argentina el 10 de noviembre de 1993, habiéndose depositado el instrumento de ratificación el 18 de enero de 1994 en México. Chile lo ratificó en la misma fecha y Brasil lo hizo el 30 de mayo de 1994.
La reivindicación de Caracas respecto a una gran parte del territorio de Guyana se remonta a muchos años atrás, ya que la misma fue una colonia británica. Ningún miembro puede acceder al tratado mientras persista en su papel de litigante contra otro miembro.
Partes del Tratado: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Saint Kitts (Christopher) y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam, Trinidad y Tabago, Uruguay, Venezuela.
Partes del Protocolo Adicional I: Estados Unidos de América, Francia, Holanda, Reino Unido. Partes del Protocolo Adicional II: China, Estados Unidos de América, Francia, Reino Unido, Rusia.
La Argentina participó como miembro del Consejo del OPANAL durante el período 1996-99.
El establecimiento de una zona libre de armas nucleares que abarque la región del Atlántico Sur contó con el expreso apoyo del Cancil er argentino ingeniero Guido Di Tella en la reunión de los 28 países del Atlántico realizada en agosto de 1994 en Brasilia.
Esta prognosis representa el próximo y a la vez lógico paso en el proceso de evolución previsto por el padre del Tratado de Tlatelolco, el Sr. Alfonso García Robles, cuando pidió: ". una gradual ampliación de las zonas del Mundo en las cuales las armas nucleares estén prohibidas, hasta llegar a un punto en que los territorios de poder que posean estas terribles armas de destrucción en masa se conviertan en pequeñas islas contaminadas sujetas a cuarentena".
En 1992 la Argentina y Brasil promovieron —junto con Chile— la reforma del Tratado de Tlatelolco con el objeto de reducir el papel del OPANAL en materia de control de las actividades nucleares que desarrollen las partes, facultad prevista en la anterior redacción original del Tratado (arts. 14,15 y 16). La adopción de dicha reforma fue condición previa para que en ambos países entrara en vigencia el Tratado en 1994.
Cabe destacar que Brasil y la Argentina constituyen el ámbito geopolítico más importante del continente latinoamericano, con más del 50 % del PBI de toda América Latina y el Caribe, y su población resultaser el 35 % de esta misma zona geográfica.
Jorge Sábato, El Plan Nuclear Brasilero y la Bomba Atómica, Estudios Internacionales, Santiago de Chile, año XI, enero-marzo, 1987, N.° 41.
Discurso del Señor Ministro de Estado de Relaciones Exteriores Embajador Celso Lafer en la ceremonia de los diez años de la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC), el 14 de agosto de 2001.
Brasil y Argentina siempre participaron en las principales discusiones sobre desarme y control de armas emprendidas desde la década de los sesenta en el ámbito de las Naciones Unidas.
Héctor Eduardo Bocco, "La cooperación nuclear Argentina-Brasil, Notas para una evaluación política", FLACSO, Buenos Aires, octubre Georges Lamazière y Roberto Jaguaribe, "Argentina and Brazil Nuclear Non-Acquisition and Confidence-Building", 1992, Rev. Disarmament, Nueva York: Naciones Unidas, Vol. XV, N.° 3.
Ruth Stanley, "Co-operation and Control: The New Approach to Nuclear Non-proliferation in Argentina and Brasil", Arms Control, Vol. 13, N.° 2, septiembre 1992, publicado por Frank Cass, Londres, El Acuerdo Cuatripartito, en vigencia desde el 4 de marzo de 1994, es un acuerdo "sui géneris" de salvaguardias de amplio alcance (full scope), basado en INFCIRC/153 de la OIEA.
La evolución de la relación entre la ABACC y el sistema del OIEA representa un cuidadoso equilibrio entre las prerrogativas del mecanismo regional y los requisitos del sistema internacional.
El acuerdo otorga a la ABACC el carácter de Organismo Internacional y sus funcionarios cuentan con inmunidades internacionales. Los órganos de la ABACC son: una Comisión (cuerpo directivo, formado por cuatro miembros, cada Gobierno designa dos ellos) y una Secretaría (cuerpo ejecutivo). El Acuerdo Bilateral establece que las instalaciones brasileñas sean inspeccionadas por inspectores argentinos y viceversa.
El presupuesto de la ABACC para cumplir con el programa de trabajo de 1996 fue de US$ 3.050.000.
Hasta la fecha la ABACC ha realizado más de 950 inspecciones, ha recolectado y analizado más de 250 muestras de material nuclear, más de US$ 1.444.000 se han invertido en equipamiento y se han empleado más de 5.600 días de entrenamiento técnico para el personal de la Organización. Más de 3.200 informes de contabilidad nuclear han sido remitidos al OIEA, más de 770 informes de inspección se enviaron a ambos Estados Partes, más de 30 de estos fueron a la OIEA, más de 19 declaraciones a Brasil y Argentina; de estas, 11 se relacionaban con el cumplimiento del Tratado de Tlatelolco y por lo tanto fueron remitidas al OPANAL.
Roberto Abdenur, A Política Externa Brasilera e o "Sentimento de Exclusão", Temas de Política Externa Brasilera (comp.), Ed. Paz e Terra, V. 1, pág. 43, Brasil.
Los gobiernos de Brasil y la Argentina no han recibido aún respuesta de India y Pakistán sobre el ofrecimiento en cuestión.
La Comunidad Europea para la Energía Atómica (Euratom) es producto de un Tratado firmado en Roma, juntamente con el de la Comunidad Económica Europea, el 25 de marzo de 1957. Debidamente ratificado por los seis Estados firmantes (Bélgica, Alemania Federal, Francia, Italia, Luxemburgo y Holanda), entró en vigor el 1.° de enero de 1958.
Su objetivo general es contribuir, mediante el establecimiento de las condiciones necesarias para la formación y el crecimiento rápido de las industrias nucleares, a la elevación del nivel de vida entre los Estados miembros y al desarrollo de los intercambios con otros países.
Asimismo, uno de sus principales objetivos se refiere a establecer, con los demás países y las organizaciones internacionales, todas las relaciones susceptibles de promover el progreso en la utilización pacífica de la energía nuclear.
Julio C. Carasales, "Argentina and Brazil: Nuclear Non-Acquisition and Confidence Building. Nuclear Cooperation: One of the Pil ars of the New Argentinian-Brazilian Relationship", Disarmament, New York: United Nations, EUA, Vol. XV, N.° 3, págs. 91 y ss.
The Euratom Nuclear Safeguards System, 1985-86, Energy in Europe, J. R. Redick, Nuclear Confidence Building in Latin America, publicado en Verification Technology Information Center (VERTIC), enero (1993), Londres. John R. Redick, Nuclear Confidence-Building in Latin America, pág. 12.
Durante dicha Conferencia, la Argentina ejerció la Vicepresidencia del Comité II, en representación del Grupo Occidental.
100 La Argentina aprobó por Ley 25.022 y ratificó el 4 de diciembre de 1998 el Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (TPCE). A su vez, en noviembre de 1995 la Argentina fue sede del primer Taller de Trabajo para América Latina del Grupo de Expertos 101 El Acuerdo de Cooperación Nuclear con los Estados Unidos fue firmado el 29 de febrero de 1996 y entró en vigor el 16 de octubre de 102 El Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina, Sr. Adalberto Rodríguez Giavarini, y el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil, Sr. Celso Lafer, firmaron el día 14 de agosto de 2001 la Declaración Conjunta concerniente a la creación de la Agencia Brasileño-Argentina de Aplicaciones de la Energía Nuclear (ABAEN). La Declaración también fue suscripta por el Ministro de Ciencia y Tecnología del Brasil, Sr. Ronaldo Sardenberg, y por el Presidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica, Sr. Aldo Ferrer.
103 La lucha contra el terrorismo internacional no debería desviar la atención de los Gobiernos de los peligros de la carrera de armamentos entre Estados. La impasse en el proceso de desarme y control de armamentos puede resultar una ventaja para los terroristas. El reto del terrorismo internacional requiere de soluciones multilaterales que permitan la construcción de una red de información y de mecanismos con sanciones internacionalmente aceptadas.
104 La Saxitoxina, ingrediente indispensable para la industria de la curtiembre, es un agente químico que puede ser usado como arma química y tiene prohibida su libre comercialización internacional en el marco de la Convención para la prohibición de las armas químicas. Sin embargo, se podrá comercializar entre los Estados Partes de la Convención cumpliendo ciertos requisitos en cuanto a notificación previa de la transferencia a la OPAQ y sobre la base de razones médicas y/o humanitarias.
105 Esta dificultad financiero-operativa impuesta a los países en desarrollo al incorporase a los regímenes en cuestión pone en evidencia el interés de contar con regímenes como la Convención de Armas Químicas, el CTBT y el TNP, que cuentan con organizaciones internacionales que cubren gastos de verificación de inspecciones, asisten a los Estados para que participen en cursos de aprendizaje, entrenamiento y en seminarios de perfeccionamiento técnico, de modo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de la Convención.
106 Algunos de las dificultades para iniciar negociaciones sobre FMCT se relacionan con los debates sobre la inclusión o no de existencias de material fisionable o comprender solo la producción futura de material fisionable a su vez, China y Pakistán sostienen un vínculo entre una eventual negociación sobre el FMCT y el requisito previo de otorgar igual tratamiento a una negociación para evitar una carrera armamentista en el Espacio Ultraterrestre (PAROS) en el marco de la Conferencia de Desarme. Como alternativas a la impasse existente en la Conferencia de Desarme (CD), que inhibe toda posibilidad de iniciar una negociación sobre FMCT, en opinión de la Prof. Rebecca Johnson, Directora de Acronym Institute for Disarmement Diplomacy de Londres, cabría analizar la posibilidad de negociar un FMCT entre los P5, iniciar discusiones entre los P5 y los tres Estados "no conceptuados" poseedores nucleares (Pakistán, India e Israel), y retornar a la CD o procurar su adopción a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) o el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) (intervención de la Prof. R. Johnson realizada en el Seminario sobre TNP organizado por Programme for Promoting Nuclear Non Proliferation (PPNN) el 8 de marzo de 2002, Annecy, Francia).
107 El Embajador Celso Amorin (Brasil) destaca el valor del documento acordado en la Conferencia de Revisión del TNP y sus contenidos en un artículo de su autoría titulado "Rumbo hacia un mundo libre de armas nucleares: el significado del compromiso inequívoco", publicado en la Revista Política Externa, Vol. 9, N.° 3, dic./feb. 2000, 108 Hasta la fecha, la denuncia del director del OIEA respecto de un incumplimiento se traslada al Consejo de Seguridad y a la Asamblea General de Naciones Unidas. Desde este punto de vista, resulta que es el Consejo de Seguridad quien adoptaría las acciones correspondientes antes que la propia Convención del TNP.
109 La Argentina ha jugado un papel inicial importante en la promoción de la seguridad en la región reduciendo posibilidades de conflicto con Chile y Brasil, firmando el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), el Tratado de Tlatelolco, prohibiendo las armas químicas y biológicas y enviando fuerzas de paz a varias partes del mundo. Chile aún no ha ratificado el CTBT.
110 La Declaración de América del Sur como Zona de Paz y Cooperación, del 27 de julio del 2002, proscribe el emplazamiento, desarrol o, fabricación, posesión, despliegue, experimentación y utilización de todo tipo de armas de destrucción masiva, incluyendo las nucleares, químicas, biológicas y tóxicas, así como su tránsito por los países de la región, de acuerdo con el Tratado de Tlatelolco y demás convenciones internacionales sobre la materia. Dicha Declaración tiene por antecedente la Declaración de Mendoza (1991), que proscribió las Armas Químicas y Biológicas. La "Declaración política del MERCOSUR, Bolivia y Chile como Zona de Paz" y libre de armas de destrucción masiva, firmada en julio de 1998, reafirmó el compromiso contra la proliferación de las ADM en la región. Esta declaración estimula y fortalece la percepción de seguridad de todos los Estados de la región, al tiempo que constituye un claro mensaje de nuestros países sobre nuestros objetivos de transparencia, cooperación y paz.
111 El 18 de agosto del 2002, la Cancil ería argentina expresó la satisfacción del Gobierno argentino por las la voluntad de Cuba de ratificar los tratados de Tlatelolco y TNP.
112 Gore, Bush and Argentina's place in the US foreign policy", por Martin Murphy, artículo de opinión publicado en el Buenos Aires Herald el 2 de noviembre del 2000, Buenos Aires.
113 Los países de la Región han comenzado a informar a las Naciones Unidas de sus asignaciones al sector Defensa. La CEPAL, por encargo de la Argentina y Chile, produjo un trabajo sobre una Metodología Estandarizada Común para la Medición de los Gastos de Defensa en ambos países. Chile y Perú han iniciado conversaciones para desarrollar trabajos similares. Se ha ampliado la participación sudamericana en los seminarios conjuntos y aumentan las consultas mutuas en materia de seguridad y defensa. Ello ha redundado en una disminución de tensiones en áreas geográficas específicas.
114 La ABACC, al llevar un inventario de materiales nucleares, centros de fabricación y almacenamiento de materiales nucleares, funciona como mecanismo que evita el contrabando y el tráfico ilegal de elementos y materiales nucleares. Con ese mismo objetivo EE.UU. y Rusia firmaron un acuerdo específico para el control de dicho material recién el 1.° de octubre de 1999.
115 El 4 de diciembre de 1998 la Argentina depositó su instrumento de ratificación ante el Secretario General de las Naciones Unidas en 116 Dicha posición la viene manifestando tanto en el proceso preparatorio de la próxima Conferencia de Revisión del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) del 2005 como en la Conferencia de Desarme a través de la ratificación del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos 117 En general, la Argentina ha suscripto cerca de treinta acuerdos en esta materia con países de todas las regiones del mundo.
118 Véase artículo de prensa "Impulso al Desarrollo Nuclear", por el Embajador Atilio Molteni, Director de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales, publicado en el matutino Clarín del 23.10.02. Asimismo, véase información sobre "Acuerdo para que reinicie su actividad la planta de agua pesada (PIAP)", publicada por la agencia Telam de Buenos Aires el 17 de abril del 2002. Cabe consignar que el sector nuclear argentino ha exportado también a Egipto, Cuba, Rumania y Alemania.
119 El papel que ha venido desempeñando la Argentina en materia de seguridad internacional desde los años 90, recibió el agradecimiento de importantes actores de la comunidad internacional. En reconocimiento a la conducta ejemplar de la República Argentina sobre la base de la contribución a los esfuerzos de las NU para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, como en el caso del Golfo Pérsico y de Haití, el Gobierno de los Estados Unidos la calificó único aliado extra-OTAN en el Hemisferio Occidental, lo que sumado al valor simbólico que refleja dicha identificación origina una relación especial entre ambos países y da acceso a una serie de beneficios en el campo de la defensa.
120 Tom Cox MP Laborista británico y Presidente del Grupo Parlamentario Británico-Argentino sostuvo en la Cámara de los Comunes (22.07.98) que "las reformas en la Argentina han sido no solo económicas sino políticas. La retórica no alineada anti-Occidente del pasado ha desaparecido y desde hace algunos años la Argentina ha estado jugando un importante papel en el escenario mundial. Se evidencia en la invitación cursada por el Grupo de los 8 a unirse a ellos para considerar esfuerzos a fin de coordinar la respuesta ante las pruebas nucleares de India y Pakistán. Esto fue un reconocimiento del papel que la Argentina ha jugado en favor de restringir la proliferación de armas nucleares. En efecto, la Argentina inició el camino al abandono del desarrollo nuclear en el continente latinoamericano, haciendo de América del Sur una parte del mundo genuinamente libre de 121 Un mejor posicionamiento de la Argentina en el concierto de las naciones también se refleja en la reciente decisión del gobierno de Bélgica de designar a la Argentina como país de referencia regional para América Latina (julio 1999).
122 La Argentina es el único país latinoamericano que integra el Grupo Australia (92), el Grupo Occidental (GO) de la Conferencia de Desarme (95), GO de la Convención sobre la Prohibición de las Armas Biológicas y GO de la Convención para ciertas Armas Convencionales que causan daños indiscriminados, y es miembro del Wassenaar Arrangement (96). También participa del Grupo Occidental del Protocolo II Enmendado sobre Minas y Armas trampa de la CAC.
123 EUA tendría decidido dejar abierta la posibilidad del primer uso de ADM en caso de amenaza a la seguridad del Estado (Disarmement Times, 777 UN Plaza, Room 3-b- NY 10017, EE.UU. pág. 4). El Presidente Putín de Rusia respondería con ADM al desafío terrorista (matutino El País, 29/10/02, Madrid, España, pág. 3). Teniendo en cuenta lo expuesto y en el entendimiento que la seguridad no se puede apoyar en la crueldad, la amenaza del uso de ADM contra un Estado que carece de dichas armas contraría el derecho humanitario y su empleo tendría un efecto indiscriminado contra la población civil.
Actas Protocolares y Anexos del Programa de Cooperación e Integración entre Argentina y Brasil (publicados por la Cámara de Comercio Amadeo, Mario, Política Internacional, los Principios y los Hechos, Instituto Argentino de Cultura Hispánica, 1970, Buenos Aires.
Araujo Castro, Luiz Augusto de, Brasil-Argentina: medidas bilaterais de fortalecimento de confiança na área do controle de armamentos, Ed.
Política Externa, Vol. 2, setiembre, 1993, Brasil.
Azambuja, Marcos Castrioto de (comp.), O Relacionamento Brasil- Argentina: de Rivais a Sócios, Temas de Política Externa Brasileira II, 1994, Vol. 2, Ed. Paz e Terra, Río de Janeiro.
Barreto Moniz, Antonio Emilio, Argentina / Brasil —130 anos de comércio (1800-1930), Meridional, EMMA, 1982, Porto Alegre.
Bocco, Héctor Eduardo, La Cooperación Nuclear Argentina-Brasil, notas de una evaluación política, Revista FLACSO, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, octubre 1989, Buenos Aires.
Boron, Atilio A., Las Transformaciones del Sistema Internacional y las Alternativas de la Política Exterior Argentina, La Política Exterior Argentina en el Nuevo Orden Mundial, FLACSO-GEL, 1992, Buenos Brigagáo, Clovis, Margens do Brasil, Ensaios de Política Global, Ed.
Topbooks, 1995, Río de Janeiro.
Bukart, Alex R., United States Department of State, Ponencia "US Policy and Actions to Strengthen AIEA Safeguards: Constructing a Regime for the 21st Century", 1994, Seminario sobre los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear y la No Proliferación, Bariloche, Argentina. Busso, Anabel a & Bologna, Alfredo Bruno, La Política Exterior Argentina a partir del Gobierno de Menem: una presentación (comp.), Ed. CERIR, 1994, Rosario, Argentina.
Busso, Anabel a, Menem y Estados Unidos: Un nuevo rumbo en la política exterior argentina (comp.), Ed. CERIR, 1994, Rosario, Argentina.
Calviño, Luis Fernando (comp.), "La Argentina y el Régimen internacional de No Proliferación Nuclear. Argentina en el Mundo (1973/1987)", Perina M. Rubén y Rusel Roberto, Ediciones GEL, 1988, Buenos Aires.
Camilión, Oscar H., Relaciones Argentino-Brasileñas, Estrategia, Instituto Argentino de Estudios Estratégicos, marzo/abril 1973, año 4, N.° 21, Buenos Aires.
Carasales, Julio C., "Argentina and Brazil: Nuclear Non-Acquisition and Confidence Building. Nuclear Cooperation: One of the Pil ars of the New Argentinian-Brazilian Relationship", Disarmament, Vol. XV, N.° 3, New York: United Nations.
Carasales, Julio C., "The Non-Proliferation Treaty, Tlatelolco and the Regional Contribution, Strengthening the NPT and the Nuclear Non- Proliferation Regime", Disarmament, Vol. XVI, N.° 2, New York: United Nations, 1993.
Carasales, Julio C., Lamazière, Georges y Jaguaribe, Roberto, "Argentina and Brazil: Nuclear Non-Acquisition and Confidence Building", revista Disarmament, Vol. XV, N.° 3, New York: Naciones Unidas, 1992.
Carasales, Julio C., El Desarme de los Desarmados: Argentina y el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares, Buenos Aires: Ed. Pleamar, 1987.
Carasales, Julio C., "La Convención sobre las Armas Químicas", Revista del Círculo Militar, N.° 750, diciembre 1994, pág. 57, Buenos Aires.
Cardoso, Fernando Henrique, "Política Externa: fatos e perspectivas", Política Externa, Vol. 2, N.° 1, junio/julio/agosto, 1993.
Cavallo, Domingo, "El informe Okita y la Argentina", La Nación, 30 de agosto de 1990.
Cervo, Luiz Amado & Bueno Clodoaldo, História da Política Exterior do Brasil, São Paulo: Ed. Ática, 1992.
Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), Presidencia de la Nación, 1993, Buenos Aires, Argentina.
Col , Jorge A., Secretario de la ABACC, Sistemas Regionales, el SCCC y la ABACC, 1994, exposición en el Seminario sobre No Proliferación, De la Torre, Enrique, El fin de la Guerra Fría: Una encrucijada para la Argentina. La Argentina y la Situación Internacional, Buenos Aires: Ed.
Agora-Centro de Estudios Internacionales, GEL, 1993.
Diamint, Rut, "Medidas de confianza mutua. Realizaciones y propuestas para la Argentina", Seguridad Estratégica Nacional, N.° 2, septiembre Di Tella, Guido, La República Argentina en el Nuevo Contexto Internacional, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, ISEN, 1992, año 1, N.° 1.
Escudé, Carlos, Realismo Periférico, Fundamentos para la Nueva Política Exterior Argentina, Buenos Aires: Ed. Planeta y Sociedad, 1992.
Escudé , Carlos, Gran Bretaña, Estados Unidos y la Declinación Argentina 1942-1949, Buenos Aires: Ed. Belgrano, 1983. Escudé, Carlos. Cultura Política y Política Exterior: el salto cualitativo de la política exterior argentina inaugurada en 1889. La Política Exterior Argentina en el Nuevo Orden Mundial (comp.), Roberto Russell, Buenos Aires: Ed. FLACSO-GEL, 1992. Escudé Carlos, El Nacionalismo Territorial Argentino. (comp.) Argentina en el Mundo, 1973-1987, Perina M. Rubén y Rusel Roberto. Ed. GEL (1988), Buenos Aires.
Felicio, José Eduardo M., Os Regimes de Controle das Tecnologias Avançadas e a Inserção do Brasil na Nova Equação do Poder Internacional. (comp.) Temas de Política Externa Brasileira II, Vol. I, 1994, Río de Janeiro: Ed. Paz e Terra.
Ferrari, Gustavo, Constantes en la Política Exterior Argentina, ediciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, N.° 14, diciembre 1976, Buenos Aires.
Gaddis, Johgn Lewis, Estados Unidos y los orígenes de la Guerra Fría, Buenos Aires: Ediciones GEL, 1989.
Gamba Stonehouse, Virginia, "Alternativas para el logro de una Seguridad Colectiva en Sudamerica", Seguridad Estratégica Regional, N.° 2, septiembre de 1992.
Giaccone, Claudia, Cooperación Estratégico Militar en el MERCOSUR (comp.), Rosario, Argentina: Ed.CERIR, 1994, pág. 156.
Gorman, Stephen M., "Security, Influence and Nuclear Weapons:The Case of Argentina and Brazil", Parameters, Vol. 9, marzo 1973, EUA.
Grabendorff, Wolf, "La Política Nuclear y de No Proliferación de Brasil", Estudios Internacionales, N.° 80, año XX, octubre-diciembre 78, Santiago de Chile.
Krasner, S. D., Regimes and the Limits of realism; regimes as autonomous variables, International Regimes, Itaka: Cornel University Press, 1986.
Luddeman, Margareth K., "Nuclear Power in Latin America", Journal of International Studies and World Affairs, Vol. 25, 1983, EUA.
Malheiros, Tania, Brasil, A bomba Oculta, O Programa Nuclear Brasileriro, 1993, Gryphus, 1993, Río de Janeiro.
Menem, Carlos Saúl, Estados Unidos, Argentina y Carlos Menem, San Isidro, Provincia de Buenos Aires: Ed. CEYNE (1990).
Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales, Informe sobre la Política en Materia de No Proliferación de la República Argentina, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (1993), Buenos Aires.
Moniz Bandeira, Luiz Alberto, O Eixo Argentina-Brasil – O processo de Integração da América Latina, Ed. Universidad de Brasilia, 1987.
Moniz Bandeira, L. A, Estado Nacional e Política Internacional na América Latina: O Continente nas Relações Argentina-Brasil (1930/92), Ed.
Universidad de Brasilia, 1993.
Paradiso, J., La Era de las Superpotencias, Buenos Aires: Editora Foro del Pedro, Marta y Pouget, Martín G. Mario, El Plan Nuclear del Gobierno del Proceso de Reorganización Nacional y su Proyección Global, Regional y Nacional, en Investigaciones de Política Internacional, Mendoza, Argentina: Univ. Nacional de Cuyo, 1985.
Pinguelli Rosa, Luiz, A Política Nuclear e o Caminho das Armas Atômicas, Río de Janeiro: Jorge Zahar Editor, 1985, pág. 33.
Raffo, Ana Claudia y MARZO, Marco Antonio, As Salvaguardas e o Sistema Utilizado pela ABACC para Controlar os Materiais Nucleares em Centrais Nucleares do Brasil e Argentina, presentación en Simposio sobre Planeamiento Energético: La opción nuclear. Sesión Latinoamericana de la American Nuclear Society, 30 de junio (1994), Buenos Aires.
Redick, John R., Nuclear- Weapon-Free Zones, Tlatelolco and Regional Non-Proliferation Initiatives, Seminar on Non-Proliferation, Points of View of Latin America and the Caribbean, OPANAL, 11 de enero, 1995, Cancún, México.
Redick, John R., Carasales, Julio C. y Wrobel, Paulo S., "Nuclear Rapprochement: Argentina, Brazil, and the Non-Proliferation Regime", The Washington Quarterly, Vol. 18, N.° 1, Winter 1995, pág. 14, Washington: The Center for Strategic and International Redick, John R., Argentina and Brasil, An Evolving Nuclear Relationship, PPNN Occasional Paper, N.° 7, Ed. Center for International Policy Studies, Dpt. of Politics, University of Southampton, 1990.
Redick, John R., Nuclear Confidence Building in Latin America, publicado en Verification Technology Information Center (VERTIC), enero 1993, Redick, John R., Nuclear Restraint in Latin America, Argentina and Brazil, junio 1988, editora cit. ut supra.
Reis, Fernando Guimarães, O Brasil e a América Latina (comp.), Temas de Política Externa Brasileira II, Vol. 2, 1994, Río de Janeiro: Ed. Paz e Ricupero, Rubens, "Brasil, América Latina e os Estados Unidos desde 1930:60 anos de uma Relação Triangular", IV Seminario Nacional, Brasilia, 1993 —60 años de Política Externa. IPRI, Fundação Alexander de Gusmão/USP— Política Internacional Comparada.
Rusel , Roberto, Los Ejes Estructurales de la Política Exterior Argentina: Apuntes para un debate, FLACSO, 1994, Buenos Aires.
Rusel , Roberto, El Contexto Externo de la Política Exterior Argentina: notas sobre el "nuevo Orden Mundial", La Política Exterior Argentina en el Nuevo Orden Mundial, FLACSO-GEL, 1992, Buenos Aires.
Sábato, Jorge A., "El Plan Nuclear Brasilero y la Bomba Atómica", Estudios Internacionales, N.° 41, enero/marzo 1978.
Silveira de Aragão e Frota, Luciara, Brasil-Argentina, Divergencias & convergencias, Brasilia, Ed. Centro Gráfico del Senado Federal, 1991.
Simpson, John, "El Régimen de No Proliferación Nuclear: opciones y oportunidades, Desarme: revista periódica de las Naciones Unidas, Vol. XVI, N.° 2, Nueva York: Naciones Unidas, 1993, pág. 32.
Stanley, Ruth, "Co-operation and Control: The New Approach to Nuclear Non-proliferation in Argentina and Brasil", Arms Control, Vol. 13, N.° 2, setiembre 1992, publicado por Frank Cass, Londres.
Viegas Filho, José, "Não-Proliferação e Tecnologias Sensíveis", Rev. Política Externa, Vol. 1, N.° 4, marzo 1993, Brasil.
Wrobel, Paulo S., A Diplomacia Nuclear Brasileira: A Não-Proliferação Nuclear e o Tratado de Tlatelolco (1993), Revista: Instituto de Relações Internacionais, Vol. 5, N.° 1, Brasil: Pontificia Universidad Católica do Rio de Janeiro.
Zaluar, Achilles, "Não-Proliferação e Tecnologias Sensíveis II," Rev. Política Externa, Vol. 2, N.° 2, setiembre 1993, Brasil.
Acuerdos de la Argentina sobre usos pacíficos de la energía nuclear
Acuerdos de la Ratificación
Argentina sobre
usos pacíficos
de la energía
1. Para el desarrol o y aplicación de los usos pacíficos de la energía 2. Protocolo sobre Protocolo N.° 1 notificación inmediata y al Acta de asistencia recíproca en Integración Arg.- caso de accidentes nucleares y emergencias cooperación nuclear N.° 17 al Acta de Integración Arg.- 4. Protocolo sobre intercambio de bienes y Protocolo N.° 17 servicios argentinos y brasileños destinados a Integración 23/ las centrales nucleares 08/1989 Angra II y Atucha II Acuerdos de la Ratificación
Argentina sobre
usos pacíficos
de la energía
Ley N.° 22.886 01/09/1983 EURATOM Comunidad 11/06/1996 Europea de Energía Acuerdos de la Ratificación
Argentina sobre
usos pacíficos
de la energía
Estados Unidos de Ley N.° 25.286 12/12/2000 Ley N.° 24.645 05/03/1997 Ley N.° 24.161 23/03/1993 Ley N.° 24.980 Falta Ley N.° 18.436 20/01/1970 Acuerdos de la Ratificación
Argentina sobre
usos pacíficos
de la energía
Ley N.° 18.255 13/07/1969 Ley N.° 24.217 29/07/1993 Ley N.° 24.253 18/11/1993 Ley N.° 24.861 25/06/1998 Ley N.° 23.914 24/02/1992 Ley N.° 17.938 30/12/1972 Ley N.° 22.314 17/11/1980

Source: http://www.unidir.ch/files/publications/pdfs/desarme-nuclear-regimenes-internacional-latinoamericano-y-argentino-de-no-proliferacion-305.pdf

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The Vermont Tobacco Evaluation & Review Board Annual Report the Governor the General Assembly January 2008 TABLE OF CONTENTS EXECUTIVE SUMMARY I. VERMONT TOBACCO CONTROL PROGRAM OVERVIEW Program Goals Program Components and Structure Program Funds

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Osteoporos IntDOI 10.1007/s00198-011-1528-y Skeletal mineralization defects in adulthypophosphatasia—a clinical and histological analysis F. Barvencik & F. Timo Beil & M. Gebauer & B. Busse &T. Koehne & S. Seitz & J. Zustin & P. Pogoda & T. Schinke &M. Amling Received: 14 April 2010 / Accepted: 3 January 2011 # International Osteoporosis Foundation and National Osteoporosis Foundation 2011